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Algunas entidades financieras bonifican el tipo de interés aplicable en cada periodo de revisión, según nuestra vinculación y productos asociados contratados en el ejercicio anterior. Esta práctica es perfectamente legal. Lo que no es legal y, desgraciadamente muchas entidades financieras siguen haciéndolo, es condicionar la concesión de la hipoteca a la contratación de seguros y otros productos o servicios.

Si buscas una hipoteca con la mínima vinculación posible, no dudes en solicitar información a nuestros brokers colaboradores rellenando nuestro formulario.

El banco utiliza su poder de negociación para intentar que nos vinculemos lo máximo posible, pero esta realidad no debería esconder la obligatoriedad de contratar seguros más caros a cambio de obtener la hipoteca. A más negocio tengamos con la entidad, más dinero ganará con nosotros. El préstamo hipotecario siempre ha sido la forma más sencilla de captar un nuevo cliente, bien mediante la concesión de una hipoteca para comprar una casa o mediante una subrogación; si además del préstamo ofrecemos más negocio, muchas entidades financieras están dispuestas a ofrecernos mejores tipos de interés.

Tenemos que tener claro el coste de los productos vinculados y hacer números, para ver si nos conviene no tenerlos contratados, pese a perder parte o el total de la bonificación, por el sobrecoste que ello supone. La reducción de la cuota debería compensar su contratación.

  1. Los productos y vinculación más habitual que bonifican el tipo de interés son:
  2. Domiciliación de nómina y de recibos domésticos, que no tiene coste alguno (además hay cuentas nómina con condiciones muy ventajosas).
  3. Contratación de tarjetas de crédito y débito (con un gasto anual determinado, normalmente).
  4. Tener el seguro de hogar y vida con la aseguradora que selecciona el propio banco. El problema es que suelen tener primas más caras que el mismo seguro en un aseguradora independiente.
  5. Aportaciones anuales a un plan de pensiones o un fondo de inversión. Aquí el problema es que no sean competitivos y perdamos rentabilidad.

En todo caso, la bonificación del tipo de interés y los productos que se toman en cuenta debe estar bien especificado en la escritura de préstamo hipotecario. Se calcula en cada revisión el tipo de interés que se nos aplicará, en función de lo que hayamos tenido contratado en el ejercicio anterior. Muy importante que lo revisemos, ya que no es extraño que apliquen un tipo de interés superior al que nos corresponde. Tal vez nos hayan pasado la nómina cada mes pero no en concepto de nómina y el banco no lo haya tenido en cuenta de forma automática, por ejemplo.