Es muy usual que en la sucursal bancaria nos digan que para aprobarnos el préstamo hipotecario es obligatorio que contratemos con la aseguradora de la entidad determinados seguros y productos asociados (tarjetas, domiciliar nóminas, aportaciones a planes de pensiones, gasto mínimo de tarjeta de crédito, etc).
Como suele ser habitual en el lenguaje bancario comercial de oficina, esta frase es cierta sólo a medias. Seguros obligatorios por Ley hay sólo uno: el seguro de incendios (conocido como seguro de hogar); y es obligatorio contratarlo y poner como beneficiario al banco en primer lugar, con la aseguradora que queramos, no necesariamente la que nos dice el banco. Ningún otro seguro es obligatorio en base a la normativa hipotecaria.
Lo que quieren decir con “obligatorios” es que si no los firmamos, no nos conceden la hipoteca. Un cierto “chantaje” que, por desgracia a nuestro parecer, se considera legal y parte de la negociación entre entidad financiera y cliente. Lo que recomendamos si el banco nos quiere obligar a contratar seguros que no nos hacen falta o más caros de lo que podríamos encontrar en el mercado, es que comparemos con otras hipotecas. Contratar una hipoteca es comprar financiación y negociar es cosa de las dos partes, no sólo del banco.
Otra pregunta usual que se nos formula es si es legal que el banco bonifique el tipo de interés en función de los seguros y productos financieros contratados. La respuesta es afirmativa; la entidad financiera puede incluir en la escritura de préstamo hipotecario una cláusula que recoge una bonificación del tipo de interés variable aplicable en cada revisión en función de los productos que tenemos contratados.
Lo que hay que calcular es si vale la pena contratar determinados productos a cambio de la bonificación. A veces es mejor que el seguro lo tengamos con otra aseguradora, por ser más económico que la del banco, pese a perder esa bonificación puntual del interés.
En los seguros, al igual que con el resto de productos financieros que nos quiere vender el banco, aprendamos a negociar. Lo de obligatorio es una forma de hablar, que podemos y debemos argumentar al bancario. De obligatorio, nada. Lo que pasa es que si no lo contrato no me aprueban la hipoteca, en este banco (y bancos hay muchos).


