¿De verdad los bancos son empresas privadas?

Interesante pregunta, ¿verdad?

Y me refiero a los bancos comerciales privados, no sólo a las cajas de ahorro. Estoy preparando mi primera incursión en el mundo del papel impreso y, por tanto, documentando al máximo mis ideas. En este proceso de mejora intelectual, buscando información sobre la diligencia exigida al buen comerciante o bonus argentarius, me he topado con un artículo de José Miguel Andreu García titulado “Crisis financiera, reordenación del crédito, nacionalizaciones y responsabilidades” publicado en el Boletín económico del ICE número 2963 (recomiendo su lectura, en PDF).
El autor cuestiona que se pueda considerar a un banco comercial como una entidad privada al uso. Al gestionar en buena medida un servicio público, los medios de pago, tenemos que considerar y supervisar a la banca con parámetros de servicio público, aunque sean gestionadas con criterios de eficiencia privados.
Los medios de pago son un servicio público que, además, es obligatorio en muchos casos; entre otros servicios de medio de pago están:

 

  1. Pagar el sueldo por transferencia.
  2. Limitación del uso de efectivo a cantidades inferiores a 2.500 en operaciones entre empresas con profesionales o personas físicas.
  3. Cobrar o pagar con cheques.
  4. Domiciliar los tributos o recibos habituales.

 

Evidentemente también los bancos ofrecen servicios exclusivamente privados, pero el gestionar un servicio público y su creciente tamaño, que provoca que sus quiebras afecten al sistema financiero en su conjunto, le otorgan una naturaleza híbrida singular y muy peligrosa si no se controlan adecuadamente.
Os recomiendo la lectura del citado artículo de  José Miguel Andreu García para profundizar en el tema y entender un poco mejor los problemas bancarios actuales.
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