Hipotecas de Banco Santander para funcionarios

El Banco Santander es una de las entidades que está apostando más fuerte para captar clientes solventes de crédito hipotecario. Tanto es así que a mayor cuantía de la nómina domiciliada, mayor porcentaje de bonificación, como veremos más adelante.

Eso sí, no debemos perder de vista el hecho de que las hipotecas que se conceden en la actualidad son, salvo excepciones, por el 80% del valor de compra o tasación, así que deberemos contar con ahorros para adquirir una propiedad.

Por ello, si somos funcionarios y estamos buscando una hipoteca debemos estudiar las que ofrece el Santander, con especial atención a todas las bonificaciones que ofrece, a ver si se ajustan a nuestras necesidades y capacidades o no. Veamos qué tipo de hipotecas de Banco Santander para funcionarios se ofrecen.

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A día de hoy, sus hipotecas a tipo variable y a tipo fijo bonificada son interesantes siempre y cuando cumplamos el máximo de vinculaciones para alcanzar ese 1 % de bonificación tope. Veamos las condiciones de las hipotecas de Banco Santander para funcionarios y resto de colectivos solventes:

Condiciones a tipo variable

  • Desde TIN 1,59% / TAE 1,80 (1º año), TIN Euríbor + 0,79% / TAE 1,12% (2º año y cumpliendo condiciones).
  • Hasta un 80 % del valor de tasación en caso de primera vivienda y hasta un 70 % en caso de ser segunda residencia.
  • Hasta un máximo de 30 años para la primera vivienda y de 25 años en caso de no serlo.
  • El plazo de la hipoteca más la edad del titular a la firma no podrá superar los 80 años de edad.

Condiciones a tipo fijo

  • Desde TIN 1,55% / TAE 2,68 (1º año), TIN 1,55% / TAE 2,17% (2º año y cumpliendo condiciones)
  • Hasta un 80 % del valor de tasación en caso de primera vivienda, y hasta un 70 % en caso de ser segunda residencia.
  • Hasta un máximo de 30 años para la primera vivienda, y de 25 años en caso de no serlo.
  • El plazo de la hipoteca más la edad del titular a la firma no podrá superar los 80 años de edad.

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Requisitos para bonificación de la hipoteca Banco Santander

Para acceder al tipo de interés bonificado a partir del segundo año podemos elegir los productos o servicios que a continuación detallamos hasta una bonificación máxima del 1%:

  • Ingresos domiciliados:

Domiciliar una nómina o prestación por desempleo, o pensión, o pago Seguridad Social Autónomo o Ayudas de la PAC:

  1. Bonificación de 0,15% aplicable si la nómina o prestación por desempleo de alguno de los prestatarios es de al menos 600 €/mes, o la pensión es de al menos 300 €/mes, o el pago a la Seguridad Social en concepto de Autónomos de al menos 175€/mes o, las Ayudas de la PAC por un importe mínimo de 3.000 €/año.
  2. Bonificación de 0,25% aplicable si la nómina o prestación por desempleo de alguno de los prestatarios es de al menos 1.200 €/mes, o la pensión de al menos 600€/mes, o pago Seguridad Social autónomos de al menos 250 €/mes.
  3. Bonificación de 0,40% si la nómina es de al menos 2.400 €/mes.
    La bonificación máxima por este concepto será de 0,50% sobre el tipo de interés nominal en vigor, independientemente de los productos o servicios que puedan tener contratados.
  • Recibos:

Domiciliar y pagar al menos 3 recibos con distinta referencia, a través de una cuenta domiciliada en el banco de la que el prestatario sea titular, en los 3 meses anteriores a la revisión del préstamo, que no sean devueltos y cuyo importe sea superior a 0 euros. Bonificación: 0,10%.

  • Tarjetas:

Utilizar 6 veces tarjetas de débito o crédito Santander en los tres meses anteriores a la revisión del tipo de interés. Bonificación: 0,15%.

  • Seguros:

- Tener contratado y en vigor algún seguro comercializado por Santander Generales Seguros y Reaseguros, S.A. o por Santander Vida Seguros y Reaseguros, S.A. o Santander Seguros y Reaseguros, Compañía Aseguradora, S.A.4 en las siguientes condiciones:

- Seguro de Vida Riesgo o Salud: bonificación del 0,15% por cada póliza contratada si la prima anual es igual o superior a 300 €.

- Seguro de Hogar o Accidentes o Incapacidad Laboral Temporal: bonificación del 0,10% por cada póliza contratada si la prima anual es igual o superior a 199 €.

- Resto de Seguros: bonificación del 0,01% si la prima anual es igual o superior a 50 €.

- Plan de Previsión Asegurado (PPA) con saldo mayor o igual a 50.000 € en los últimos 12 meses: bonificación del 0,05%.

  • Productos de inversión:

- Planes de Pensiones/ EPSV de la Entidad Gestora Santander Pensiones, S.A. EGGP; comercializados y promovidos por el Banco: bonificación de 0,05% saldo superior a 5.000 € e inferior a 50.000 €, o una bonificación del 0,10% saldo igual o superior a 50.000 €.

- Fondos de Inversión o Carteras gestionadas de la Entidad Gestora Santander Asset Management, S.A, comercializados por el Banco5: bonificación de 0,05% si el valor liquidativo del Fondo o de la cartera gestionada es superior a 5.000 € e inferior a 30.000 €, o una bonificación del 0,10 % si el valor liquidativo del Fondo o de la cartera gestionada, o de cada uno de los Fondos de Inversión o carteras gestionadas si tiene contratados varios, es igual o superior a 30.000 €.

  • Certificado de Eficiencia Energética:

El solicitante deberá aportar al banco un Certificado de Eficiencia Energética del inmueble o alguno de los inmuebles objeto de hipoteca, con categoría A o A+ o de acuerdo con los certificados oportunos emitidos por empresas homologadas del sector: bonificación: 0,10% sobre el tipo de interés nominal en vigor.

En definitiva, y siguiendo la misma línea que la gran mayoría de entidades financieras, las vinculaciones cobran especial importancia si queremos rebajar ese 1% que convierte una hipoteca mediocre en una buena hipoteca.

Además, tenemos la ventaja de que son muchos los productos y servicios vinculados entre los que elegir, eso sí, no nos olvidemos de computarlos en la TAE para saber de manera precisa si nos interesan unos productos u otros. Como siempre, hay algunos servicios o productos que no nos penalizan ya que pensábamos contratarlos igualmente, en este caso sólo debemos cerciorarnos se que son buenos productos. Otros, en cambio, merecen de un estudio más pormenorizado por la complejidad de los mismos y las repercusiones que tendremos si desistimos de estos productos o servicios, perdiendo la bonificación con la que contábamos.

El hecho de que bonifique especialmente aquellas nóminas de importe superior a 2.400 € al mes puede favorecer claramente a los funcionarios de carrera de los niveles más altos, que ya contarían con un 40 puntos de bonificación sobre el máximo de 100 posibles (1%), teniendo pocas vinculaciones restantes que cumplir. En todo caso, las hipotecas de Banco Santander para funcionarios no son la mejor opción al alcance de los mejores perfiles de empleados públicos.