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Vivir la dramática situación de trabajar y no cobrar es algo que no deseo a nadie pero que muchos, por desgracia, hemos vivido o viviremos. Por esta razón, creo que es muy útil conocer los conceptos básicos de este proceso y como actuar si un trabajador se encuentra trabajando en una empresa insolvente que no le paga sus nóminas:

¿Qué hacer si la empresa empieza a adeudarnos nóminas?

Por otra parte hemos continuado con nuestra serie de indicadores y conceptos económicos explicados con sencillez; en esta ocasión ha tocado el turno a la inflación:

La inflación, el IPC o el porqué las cosas valen más con el tiempo

Me encantaría poder leer vuestros comentarios al respecto.

Esta semana que dejamos atrás hemos dejado dos participaciones de cariz muy distinto en el blog de Actibva:

Tratamos de comparar los comparadores on-line de seguros y los profesionales que se dedican al tema:

Comparadores de seguros on-line y agentes: internet contra el hombre

Por otra parte, comentamos el peligro que tiene para un administrador no instar un concurso voluntario de acreedores si la empresa que administra se encuentra en situación de insolvencia:

La responsabilidad de los administradores de una sociedad insolvente

Esperamos que ambos artículos sean de vuestro interés.

 La semana que dejamos atrás nos ha dejado dos participaciones en el blog de Actibva:

Por una parte un post sobre la definición del Producto Interior Bruto y su relación con el crecimiento económico
 
Crecimiento económico y PIB

Por otra una definición de el juicio universal llamado concurso de acreedores, destinado a solucionar o liquidar las empresas en situación de insolvencia

En el concurso de acreedores no se gana nada

Esperamos que estos temas sean del interés de nuestros lectores

Hace un tiempo que ronda por mi mente este título y el fondo de la entrada; me faltaba la forma.

El concurso de acreedores de la inmobiliaria Nozar me ha dado la excusa y la actitud espartano-caciquil de muchos bancos en sus análisis de riesgos para la concesión de hipotecas ha sido el estimulante.

Nunca en mi relativamente larga vida profesional en el mundo bancario había visto lo que se está viendo ahora. Mira que yo he sido analista de riesgos del Zaragozano hace como 10 años, que eran otros tiempos. Pero tan increíblemente exigentes y desinteresados en aprobar operaciones de activo (préstamos), jamás lo había visto.

La última operación en la que intervine, una hipoteca de unos buenos amigos, de obra nueva y con aportación importante de fondos, no fue aprobada por la Caja que tenía el préstamo promotor (de hecho aún están esperando que el director les llame para ver si tasan o no), muchas entidades la denegaron aportando avalistas y además se acabó firmando aportando una segunda garantía (la casa de uno de los padres). Y los titulares eran fijos y con antigüedad suficiente.

Nos faltó dar piruetas y bailar la Conga.

Las hipotecas que hoy en día se aprueban son al 80 % de tasación (con tasaciones que han caído un 30%), con aportación de fondos y, al ser tan bajas las tasaciones e ir al 80%, casi siempre hace falta una doble garantía. ¿Cuántas parejas hay en España que cumplan con estos requisitos?

Muchas menos que viviendas sin vender, creo yo.

Si me indigna que la Banca no ejerza una de sus funciones económicas y sociales (canalizar el ahorro hacia la inversión), más me indigna la estrategia que intuyo por lo que veo y oigo. Se quedan las viviendas de los promotores (entre otras cosas por que no conceden las hipotecas de subrogación a los clientes finales) y solo sacan al mercado inmuebles malos y caros.

¿Estará parte de la Banca esperando un cambio de ciclo y la subida del precio de la vivienda para sacar su stock al mercado y empezar a financiar como es debido?

Es exagerado decirlo, pero en algunos casos a esto le llamarían apropiación indebida (bueno, Echevarri, no es el término jurídico adecuado pero sirve para escenificar el fenómeno que explico). En lugar de refinanciar a los particulares ex-solventes (antes buenos pagadores) y subrogar las hipotecas del promotor (con rebajas, me parece bien), cierran el grifo y se quedan las casa.

Claro que este no es su negocio y pierden liquidez; ¿pero un poco más de apuros que más da, «ya nos enchufará liquidez barata el Banco Central Europeo o nos rescatarán si la apuesta sale mal», pensarán algunos altos ejecutivos escondidos en sus despachos?.

Si sale bien, en unos años vendo más caro las casas y encima presumo de beneficios extraordinarios ante mis accionistas.

Echevarri y resto de lectores y bloggeros afines, es esta idea una locura mía de fiebre del viernes noche?


Hoy he asistido a las jornadas «Cómo optimizar y positivar los procesos de reestructuración de plantillas» organizado por la Asociación para el Progreso de la Dirección (apd).

Con la participación del DG de Treball del Govern Balear el Sr. Pere Aguiló, representantes de Cuatrecasas, del Creade-Grupo Adecco y del Sr. Héctor Sandoval (RR.HH. de Spanair).

Un tema muy de actualidad, la reestructuración de plantillas, pero no por ello menos difícil; difícil por su complejidad técnica y aspecto multidisciplinar y difícil por lo desagradable del objetivo último: menos trabajadores en nuestra empresa. Una familia más con problemas.

Si, claro que a veces no queda otro remedio si se busca la supervivencia de ese ente al que llamamos empresa, pero muchas veces usado como instrumento de deslocalización industrial o como medio para ganar más dinero.

El DG de Treball nos ha dado algunas cifras muy preocupantes de la CC.AA. de les Illes Balears sobre el tema; en el 2007 se tramitaron 32 ERE y en lo que llevamos de 2008 hay tramitados 58 (un incremento de nada más y nada menos que del 81%).

Está justificada la alarma social en cuanto a los ERE?, se preguntó él mismo; si, se contestó, ya que suponen un signo inequívoco de que las empresas van mal.

También dijo que «lo mejor es enemigo de lo bueno», en referencia al efecto perverso que la nueva Ley Concursal tiene sobre los derechos de los trabajadores de las empresas insolventes.

En los casos de Concurso de Acreedores, el Juez tiene un papel exclusivo y excluyente, lo que significa que el ERE deja de estar en manos de la tutela laboral para pasar a ser competencia del juez del concurso; este cambio de jurisdicción crea un grave perjuicio para los trabajadores:

Se encuentran en un limbo indeseable e indeseado, ya que hasta que el juez no dicta la resolución de extinción de los contratos, el trabajador está en una situación de indefensión al no poder ir al paro y sin cobrar las nóminas de la empresa. Y este período suele ser de nada más y nada menos que de 6 larguísimos meses!

¿hay opciones para evitar esta aberración? de momento NO, si atendemos a lo dicho por el Sr. Pere Aguiló; éste se muestra muy preocupado por esta realidad y lanza tres posibles vías de reforma legislativa para arreglar este desaguisado:

1.- Reformar la Ley Concursal, cosa muy difícil.

2.- Regular una nueva situación de desempleo desde el momento en que la empresa no paga los sueldos y hau un Concurso Voluntario de Acreedores.

3.- Modificar la regulación del FOGASA para que haga frente a más de los 120 días de salarios estipulados.

Esperemos que esta reforma se lleve a cabo cuanto antes mejor, ya que es injusto que los trabajadores abocados a perder su empleo además se tengan que pasar meses y meses sin poder optar al paro y sin cobrar de la empresa insolvente.

Unas jornadas muy interesantes que desde aquí deseamos que continuen, eso si, con temas más optimistas a poder ser.

5.200 millones de euros, el mayor pasivo jamás visto en un concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) en España.

Impresionante, lamentable y muy poco tranquilizador para el sector. Si caen los más grandes, qué le espera a los medianos y pequeños?

Al no conseguir un préstamo de 150 millones de euros que necesitaba imperiosamente para obtener la liquidez necesaria para seguir con su actividad, esta empresa entra en un proceso concursal que puede llevarla a su liquidación definitiva o a un periodo de reestructuración. Veremos.

La compra de Fadesa ha resultado ser una decisión muy desacertada para Martinsa; esta adquisición se realizó en el 2007, justo antes del proceso de caída libre del mercado inmobiliario. Y siempre me pregunto lo mismo: ¿A qué asesores hay que cortar la cabeza? ¿Alguien realmente puede decirnos que no podían prever lo que pasaría unos meses después?

No dejan de sorprenderme las decisiones tan importantes y tan mal asesoradas que se toman algunas veces.

La respuesta es negativa, a tenor de la noticia aparecida en Ultima Hora.

Los Juzgados de lo Mercantil de Palma de Mallorca han rechazado el 95% de las peticiones de concurso de acreedores presentado por personas físicas cuya finalidad era suspender el embargo de los pisos hipotecados por impago.

El concurso de acreedores (antiguas suspensiones de pagos y quiebras) parece ser que incumple lo que orden el art. 56 de la Ley Concursal, concretamente señala que la garantía real (la hipoteca sobre la vivienda) debe afectar a una actividad profesional o empresarial para que la ejecución por impagos quede paralizada.

En pocas palabras, la familia deberá realizar su profesión en su casa para que el concurso de acreedores sea aceptado (caso muy poco frecuente). En otro caso, no tiene sentido acudir a los Tribunales mediante esta figura. Además de que esta vía tiene un gasto mínimo de defensa jurídica de unos 3.000 €.

En resumen, el concurso de acreedores no es una alternativa para retrasar la ejecución de la hipoteca a no ser que nuestra vivienda también sea nuestra oficina / taller de trabajo.