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Gemma Garzón Martín
Perito judicial inmobiliario y de contenido
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Recientemente se ha anunciado la revisión catastral para varios municipios Españoles entre ellos Castellón, Oviedo, Terrassa y Madrid de 4.200.000 viviendas.

El valor catastral nunca puede superar el valor de mercado actual; entre los criterios que determinan la valoración hay “las circunstancias actuales”, que en muchas zonas sigue siendo a la baja, y en los que el precio de venta es limitado administrativamente (el valor no podrá en ningún caso superar dicho precio que viene impuesto por los módulos establecidos en cada comunidad autonómica).

Sobre la referencia establecida, a tal de proceder a la homogeneización de valores, se aplicará un coeficiente de relación de mercado (RM) de 0,5 al valor individualizado resultante de la Ponencia de Valores.
Se supone que la revisión será para aumentar los valores y, en consecuencia, las cuotas a ingresar  del IBI (impuesto municipal conocido por muchos como la contribución municipal). Es importante que se sepa que se puede presentar una valoración por contradicción si no se está de acuerdo con la revisión ofrecida y pedir el desglose de la valoración al catastro.

Por todo esto, los ciudadanos de a pie, nos volvemos a encontrar con imposiciones que afectan nuestro quehacer diario. Bajadas de sueldos, subidas de impuestos, … ¿Qué será lo próximo?

Gemma Garzón Martín
Perito judicial inmobiliario y de contenido
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Son muchas las noticias que surgen en estos tiempos, la última ha sido de nuestro presidente el Sr. Zapatero en su visita a los Estados Unidos donde afirma que la vivienda en España ha tocado fondo.

También son muchos los estudios que se publican en diferentes portales inmobiliarios y tasadoras oficiales, donde publican precios medios por zonas de toda España. Como ejemplos:

Euroval (informe de coyuntura inmobiliaria)

Tinsa (Índice ímie en PDF)

Idealista.com (informes de precios)

Todo hay que decir que en estos estudios se toman inmuebles con características medias, no se aplica a viviendas unifamiliares, locales comerciales, naves u otro tipo de inmueble con características propias y diferenciadas.

El precio de la vivienda ha experimentado una fuerte bajada, en estos últimos años, pero también existen los propietarios que han vuelto a poner el precio de hace 3 o 4 años, hartos de no realizar ventas y de que los bancos cada día endurezcan mucho más los requisitos para acceder a una hipoteca.

Existen zonas, de cada ciudad, donde hemos visto pisos de renta baja a precios por las nubes y donde ahora se encuentran hasta al 70% del valor de hace unos años, y de los cuales no habla nadie. O de zonas residenciales en donde los precios siguen siendo astronómicos y con demanda constante.

Estamos en un momento, en que los precios al final se marcan por la necesidad de compra y venta, en donde los bancos, de su patrimonio actual, están ofertando a precio real de mercado con grandes facilidades hipotecarias e incitando a los clientes a comprar su producto, y los que prefieren esperar a mal vender y aguantar aunque sea alquilando.

La modalidad de alquiler con opción a compra crece cada día más, y sería deseable que se mejorara su regulación , ya que cada día más se cierran contratos de este tipo.

Por concluir, es muy fácil augurar una subida o bajada, como hace un tiempo donde todos gritábamos “qué viene el lobo” (que esto se acaba) y no parábamos de comprar a la alta año tras año y ahora se encuentra al efecto contrario donde la mayoría de expertos anuncia el fondo en los precios de vivienda,

¡se abren apuestas!

Imagen | elgarydaly, Flickr

Acabo de ver en portada de Terra un artículo mío, hecho en nombre y con la colaboración del magnífico equipo de editores de Actibva, para su portal financiero Invertia.

Esta normativa que está pendiente de ser aprobada, elimina la deducción por adquisición de vivienda habitual a partir de 2011 a las rentas superiores a 24.107,20 euros y la rebaja sustancialmente para las que superan los 17.707,20 euros.

Dejar claro que esta modificación afecta a los que adquieran una vivienda a partir del 1 de enero de 2011.

Los que ya tienen una vivienda habitual con derecho a deducción, o la adquieran antes de terminar este ejercicio 2010,  podrán seguir aplicando este beneficio fiscal en el 2011 de la misma forma que lo vienen haciendo hasta ahora, al menos hasta que haya una nueva reforma de la fiscalidad.

Para más información os recomiendo leer el artículo completo:

La codiciada deducción de la vivienda toca a su fin

La semana que dejamos atrás deja en Actibva dos participaciones de este servidor, la subida del IVA y sus efectos sobre el coste de la vivienda y la entrada en vigor de la ventanilla única recogida en la Ley Paraguas y la Ley Omnibus:

Día 1 de este mes ha subido el IVA que grava la adquisición de vivienda del 7 al 8%, al igual que la rehabilitación de ésta hasta finalizar el 2012. Si compramos muebles para la casa, el IVA general se encarece del 16 al 18%. Y los únicos que no verán perjudicada la fiscalidad serán los que adquieran una vivienda en VPO (de protección oficial), cuyo tipo súper reducido se mantiene en el 4%.

Subida del IVA de la vivienda, los precios bajan y los impuestos suben

Este post ha sido meneado, por lo que estaríamos muy agradecidos si nos votáis en Meneame (por si alguien no lo sabe, os podéis conectar a este portal mediante Facebook).

Por otro lado hemos publicado sobre la ventanilla única, que es un portal web que tiene cada estado miembro para que cualquier persona que quiera ejercer una profesión en uno de estos países pueda tener acceso a los trámites necesarios para darse de alta y ejercer el servicio profesional, así como realizar telemáticamente los trámites preceptivos.

Ley Omnibus y profesionales: la ventanilla única de la directiva de servicios

La media del euribor de este junio de 2010 acaba al 1,2813 %.

Lleva por tanto tres meses consecutivos de subida, al cerrar abril a 1,225 % y mayo al  1,249 %. Y lo poco que llevamos de julio está al 1,325%.

Parece claro que la época de euribor por los suelos ha terminado. Veremos si las predicciones de Marc Vidal se cumplen y acabamos el 2011 con un euribor al 4%.

Entre la tendencia al alza de las hipotecas, la reducción o eliminación de la deducción por adquisición de vivienda habitual y la subida del IVA de la vivienda, lo de que tenemos derecho a una vivienda digna consagrado en la Constitución parece una broma de mal gusto.

Pau A. Monserrat
Web de Futur Finances

Nuestra colaboradora Gemma Garzón os responderá a vuestras dudas en el consultorio que Invertia abre para todos.

INVERTIA tendrá durante hoy jueves 17 de junio y mañana viernes, 18 un consultorio a disposición de todos aquellos que estén interesados en aclarar todas estas dudas. La encargada de responder a todas las cuestiones planteadas será Gemma Garzón, experta en tasación y perito judicial inmobiliario y lo hará a través de este nuevo blog de Invertia.

Esta semana y la pasada hemos hablado en Actibva de la exención fiscal por reinversión del importe de la venta de una vivienda habitual en otra vivienda habitual. El tratamiento del 2009, 2010 y a partir de 2011, si no hay modificaciones, es idéntico.

No pasa lo mismo con la deducción por adquisición de vivienda habitual, que desaparece para las rentas medio-altas a partir del año 2011.

Sería un error, desde mi punto de vista, haber tocado la exención, como escribo en el blog de Actibva:

Eliminar la deducción por adquisición de vivienda habitual es una medida dura, pero hacerlo con la exención por reinversión en una nueva vivienda habitual sería dramático. No poder deducirse las cuotas de la hipoteca como gasto deducible en el IRPF por adquisición de vivienda habitual puede suponer unos 1.800 euros anuales más que pagar al fisco, 54.000 euros en treinta años de hipoteca. Lo que ocurre es que es dejar de deducirse, no pagarlo. En cambio tener que tributar por la ganancia patrimonial de la venta de una vivienda habitual supondría pagar, en el caso de vender una vivienda que comprada por 100.000 euros más gastos en el año 2006 y vendida en el 2009 por 200.000 euros, casi 15.000 euros.

No se ha alterado, al menos de momento, la tributación de la reinversión en vivienda habitual a partir de 2011. Opino que se ha hecho bien en mantenerla, ya que tiene un claro sentido social. La vivienda habitual no es una mera inversión inmobiliaria, es un bien básico para las familias y su cambio no tiene una razón clara para ser gravado.

Esta semana que acabamos de dejar atrás nos deja dos artículos propios en Actibva:

La psicología económica trata de identificar el comportamiento económico del ser humano como factor estrechamente ligado a las emociones y aportar la orientación necesaria para mejorar su toma de decisiones.

La psicología de la economía

Veremos que a partir del ejercicio 2011 las rentas media-altas dejan de poder disfrutar beneficios fiscales por la adquisición de una vivienda habitual y una mayoría de contribuyentes sufrirán serias restricciones a la hora de deducirse los gastos de la compra de su hogar. Hay opiniones a favor y en contra de esta reforma.

Deducción por adquisición de vivienda habitual: presente y futuro

Por segunda vez tenemos la oportunidad de colaborar con Invertia, portal financiero de Terra.

A partir de mañana está previsto que los usuarios de este portal intenten despejar sus dudas sobre el mundo de la vivienda a través de un sencillo foro, que no requiere ni darse de alta para resolver sus dudas, de manera totalmente gratuita.

Si quieres conocer nuestra opinión sobre preguntas como las siguientes, te invitamos a visitarnos en Invertia:

¿Es el 2010 el año para comprar su vivienda?

¿Hasta cuando caerá el valor de la vivienda?

¿Por qué no dan hipotecas los bancos?

¿Cómo afectarán los cambios de la fiscalidad de la vivienda?

¿Dudas sobre la escritura de tu vivienda?

Gemma Garzón es una perito judicial inmobiliario y de contenido, amiga nuestra y mejor profesional.

Tiene una extensa experiencia en juzgados y particulares (herencias, divorcios y separaciones, seguros y contencioso entre otros).

Para consultas sobre estos temas os podréis poner en contacto con ella mediante email  o en este mismo blog.

Sin más dilación os dejo con su artículo, esperamos que primero de una larga série:

La Vivienda de Protección Oficial (VPO, también conocida como Vivienda con Protección Pública o Vivienda Protegida) es un tipo de vivienda de precio limitado y, casi siempre, parcialmente subvencionada por la administración pública española.

El objetivo de la VPO es favorecer que los ciudadanos con rentas más bajas puedan adquirir o arrendar viviendas dignas y adecuadas a unos precios asequibles a sus posibilidades.

Son las calificadas como viviendas de protección oficial o, más en general, como viviendas protegidas, por el órgano competente de las Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 3 por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación (2009-2012).

Solamente podrán destinarse a la venta o al arrendamiento y han de constituir el domicilio o residencia habitual y permanente de sus ocupantes, salvo en aquellos supuestos que determina expresamente este Real Decreto.

Con independencia de otras posibles denominaciones por parte de las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla en cumplimiento de su normativa propia, las viviendas protegidas de nueva construcción, para venta o arrendamiento, podrán calificarse o declararse, a efectos de las condiciones y ayudas de este Real Decreto, como viviendas de protección oficial (VPO) de régimen especial, viviendas protegidas de régimen general y concertado.

Referente a las valoraciones de inmuebles de VPO el método a emplear es el de comparación de muestras, a diferencia de los inmuebles de renta libre, la valoración final viene impuesta por el precio de los módulos y superficies, que se aplican según la zona. Este precio viene marcado por cada Comunidad Autónoma quien limita el precio y la superficie a adoptar.

En la actualidad para una vivienda de Barcelona, Girona y Tarragona capital el precio del módulo es de 1.940,48 €/m2, mientras que en Lleida es de 1.576,64 €/m2 (si tenéis  alguna consulta sobre el precio en otras poblaciones estaré encantada de recibir vuestros emails).

La superficie máxima que computa es de 90 m2, si existieran terrazas grandes computarían aparte, lo que hace incrementar valoración final. Para garajes la superficie máxima es de 25 m2 y trasteros de 8 m2.