El mundo de la vivienda en Invertia y algunas respuestas

Parece ser que hay bastante curiosidad sobre el tema de la vivienda en el foro abierto por Invertia para asesorar a sus visitantes.

Podemos hacer dos grandes bloques temáticos en base a las preguntas que nos formulan:

  1. Evolución del precio de la vivienda
  2. Fiscalidad de la adquisición de la vivienda habitual

Evolución del precio de la vivienda

Algunas de las preguntas son del tipo «¿Hasta que año se espera que sigan bajando las casas?, ¿Es posible que suba el precio debido solo a que la gente se esta apresurando a comprar porque este año termina la deducción por adquisición de vivienda habitual? ¿Es posible que el año que viene vuelvan a caer los precios de las casas con fuerza?»

Nuestras respuestas van en el siguiente sentido:

«Os doy mi opinión sobre la evolución del precio de la vivienda, dejando claro que cualquier estimación es solo eso, ya que los economistas no somos adivinos, ni mucho menos.

Entiendo que la vivienda no empezará a subir hasta que la situación económica empiece a mejorar de forma estable y las entidades financieras hayan saneado sus balances y tengan liquidez para conceder hipotecas. Esta conjunción no creo que se de hasta bien entrado el año 2011. Por tanto, hasta este momento el precio de la vivienda seguirá en descenso, moderado a medida que pasan los meses.

Pero esta respuesta no es la misma si lo que se pregunta es cuándo es un buen momento para comprar una vivienda. Si se desea comprar una vivienda como primera vivienda, mi opinión es que el mejor momento es finales de 2010, para poder aprovechar la deducción por adquisición de vivienda habitual.»

De hecho, podría ocurrir que viéramos una subida coyuntural del precio de la vivienda en el último trimestre del 2010, debido al efecto fiscal de la desaparición de la deducción por adquisición de vivienda habitual en el 2011 para las rentas  superiores a 24.107,20 €.

Fiscalidad de la vivienda

Preguntas que hacen referencia a la prevista subida del IVA del 7 al 8% en obra nueva en el próximo mes de julio o a la supresión de la deducción por adquisición de vivienda habitual para rentas medias y altas.

» Este año he iniciado el proyecto de construcción de mi propia casa, que será mi primera vivienda. He firmado una hipoteca tipo autopromotor, en la cual me van dando el crédito según certificaciones. Teóricamente no será hasta el 2011 en el que se concluirá la vivienda con la consiguiente declaración de final de obra. La duda que me planteo es cómo me afecta el cambio de legislación en cuanto a deducción por compra de vivienda habitual, si no me afectará ya que la constitución de hipoteca ha sido en 2010 o sí lo hará ya que el final de obra será en 2011.»

Para conocer los cambios establecidos en el IRPF debemos acudir, hasta que sea aprobado definitivamente, al Proyecto de Ley de Economía Sostenible, en al artículo 133; en esta artículo se regula los cambios en la deducción por adquisición de vivienda habitual. Resumiendo:

 Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros
anuales podrán deducirse el 7,5 por ciento de las cantidades satisfechas en el
período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que
constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. A estos
efectos, la rehabilitación deberá cumplir las condiciones que se establezcan
reglamentariamente.

Por tanto, los que en el 2011 tengan rentas superiores a 24.107 euros, ya no podrán beneficiarse de esta medida fiscal.

Se entenderá por vivienda habitual aquella en la que el contribuyente resida
durante un plazo continuado de tres años. No obstante, se entenderá que la
vivienda tuvo aquel carácter cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho
plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias
que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación
matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más
ventajoso u otras análogas.

El concepto de vivienda habitual, como no podía ser de otra forma, se mantiene.

Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros
anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de
enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la
construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto
de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta Ley en su
redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible
sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales.

La deducción podrá seguirse aplicando a las rentas medias y altas que adquieran la vivienda antes de enero de 2011 o que hayan iniciado su construcción o depositado dinero en cuentas ahorro vivienda.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *