El tercero hipotecante
Tres figuras son relevantes a la hora de valorar un préstamo hipotecario:
- El titular del préstamo hipotecario, propietario y no propietario del bien hipotecado. Recomiendo la guía del préstamo hipotecario editada por iAhorro que he dirigido; en este enlace puedes ver todas las guías gratuitas editadas hasta el momento relacionadas con las finanzas personales.
- El avalista.
- El hipotecante no deudor.
En resumen, se trata de establecer si el tercero hipotecante o hipotecante no deudor tiene la naturaleza de un “avalista real” y puede o no intentar ir contra el deudor principal una vez ha impagado la deuda y el banco ha ejecutado la garantía.Nos dice al respecto Beatriz Sáenz de Jubera Higuero:
… en caso de pago total (evitando la ejecución o a través de la ejecución misma), ese hipotecante no deudor o tercer poseedor adquirente del bien hipotecado se subrogará, ex arts. 1.210, apartado tercero, y 1.212 CC, en todos los derechos y privilegios con los que contaba el acreedor frente al deudor. Igualmente podrá dirigirse contra los demás hipotecantes o terceros poseedores, pero no por la totalidad de la deuda, sino sólo proporcionalmente (cfr. arts. 1.145, segundo párrafo, y 1.844 CC, respecto de los cuales se procede a su aplicación analógica.
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