Buenos dias.
Siendo pareja de hecho, podemos realizar una extincion de condominio sin tener que abandonar uno de nosotros el domicilio y sin realizar un pago en metalico, solo con la clausula que el que recibe el 50 % autoriza a que el que da utilizar la vivienda a modo particular, sin pagar nada a cambio ?
Apreciado Manuel,
Independientemente de si están ustedes casados o son pareja de hecho, lo importante es tener una copropiedad sobre un inmueble; la diferencia se establece en las maneras en que puede tramitarse dicha extinción de la copropiedad puesto que si están casados pueden realizarlo vÃa judicial y si no vÃa notarial.
En la extinción sà que deben proceder a acordar alguna contraprestación a cambio de la adjudicación, pero una vez efectuada la misma los acuerdos que ustedes adopten respecto a la ocupación de la vivienda están sometidos a su libertad de pacto y es perfectamente viable que su ocupación no esté acompañada de ninguna contraprestación si asà lo aceptan las partes intervinientes.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor es abogada de Futur Legal.
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