Buenos d铆as,

Con los datos que nos facilitas consideramos que s铆 es viable la concesi贸n de la hipoteca.

Las hipotecas se conceden siempre y cuando cumplamos 3 requisitos:

  1. Acreditemos al banco que tenemos capacidad de devolver el dinero. Y esto con los datos que indicas lo acreditas.
  2. Aportar al menos los gastos de escritura de compraventa e hipoteca. Creo que lo cumples, pero depende de la comunidad aut贸noma donde compres.
  3. Que la tasaci贸n del inmueble que deseas comprar sea m谩s alta que el precio de compra. Aqu铆 habr谩 que esperar a hacerla.

En hipotecasplus.es, colaboradores de Futur Finances, estamos habituados a obtener hipotecas para clientes con tu perfil. Rellena este formulario de contacto y nos pondremos en contacto contigo.

Buenos d铆as,

Lleva tiempo resolver la situaci贸n en la que te encuentras.

Primero se deben resolver las 2 incidencias que nos indicas que aparecen en CIRBE y posteriormente intentar hacer el pago integro que realizas a trav茅s del juzgado. Esto lo tienes que hacer as铆 porque el pago que realizas al juzgado por el aval supone estar en lista de morosos. Avalar implica hacer frente a las deudas del tercero al que avalaste. Hacerlas frente significa pagarlas en tiempo y en forma y si ha llegado al juzgado quiere decir que no lo hiciste en su d铆a.

Mi recomendaci贸n es que dependiendo del importe que sea, solicites un pr茅stamo personal si no es muy elevado y lo pagues de una vez. De esta manera ya no saldr谩 la incidencia que tienes en el juzgado.

驴Tienes una hipoteca a Euribor + 0,173%? Nunca hab铆a visto un diferencial de este tipo. Para poder responderte necesito que me confirmes estas condiciones de la hipoteca a tipo variable y, si puede ser, me digas en qu茅 a帽o y con qu茅 banco la conseguiste.

En cuanto a una hipoteca fija a un tipo nominal del 2%, son muy buenas condiciones, si bien deber铆as estar atenta a qu茅 no te quieran obligar a contratar productos y seguros vinculados que encarezcan la TAE final.

Saludos cordiales.

Lo que puedes desgravarte es lo que pagaste de hipoteca, entiendo que al 50%, en 2017. Pero no puedes seguir desgravando nada m谩s.

Muchas gracias a ti por compartir una duda que seguro que beneficia a muchas m谩s personas. S贸lo intentamos aportar un peque帽o granito de arena en aumentar el conocimiento en aspectos tan importantes como ahorro, financiaci贸n y fiscalidad.

Much铆simas gracias por tu respuesta. Os felicito por la labor que hac茅is en esta web

S铆, perfectamente puedes. En primer lugar, la normativa tributaria afirma claramente que: “Tambi茅n forman parte de la base de la deducci贸n los gastos y tributos originados por la adquisici贸n que hayan corrido a cargo del adquirente”, por lo que queda claro que s铆 existe el derecho a aplicarlos a su deducci贸n.

A lo que a帽ade que: “Cuando la adquisici贸n o rehabilitaci贸n se realicen con financiaci贸n ajena, las cantidades financiadas se entienden invertidas a medida que se vayan amortizando los pr茅stamos obtenidos. En estos supuestos, formar谩n parte de la base de la deducci贸n tanto la amortizaci贸n del capital como los intereses y dem谩s gastos derivados de dicha financiaci贸n”.

Aqu铆 destaco el plural “pr茅stamos” no es necesario que sea un solo pr茅stamo (aunque sea lo m谩s com煤n), ni tampoco que tengan que ser hipotecarios ni sobre la misma vivienda, puede ser un pr茅stamo personal o como es tu caso un segundo hipotecario, con independencia que la garant铆a sea una segunda vivienda distinta a la habitual.

La forma de pago es independiente mientras que lo que financie sea importe o gastos de adquisici贸n de la vivienda habitual.

Buenos d铆as, s贸lo debes incluir la misma si tiene derecho a alg煤n tipo de deducci贸n, ya que puede darse el caso que tenga derecho en alguna Comunidad Aut贸noma por raz贸n de edad o d贸nde construye su vivienda (por ejemplo, en Castilla y Le贸n en el tramo auton贸mico hay deducci贸n si la casa se adquiere o construye en zona rural).

Si no tiene derecho a ninguna deducci贸n no tiene que informar sobre el mismo.

Buenos d铆as debe comprobarlo dentro Deducciones general de la cuota, en el Anexo A1. Deducci贸n por inversi贸n en vivienda habitual.

No obstante, en los datos fiscales que puede ver en Renta Web o en la app m贸vil tambi茅n deben aparecer dentro de los datos de deducci贸n: cuant铆a (capital e intereses), fecha de constituci贸n de la hipoteca, numeraci贸n e identificaci贸n de la hipoteca.

Buenos d铆as, como bien indica en su propia pregunta s贸lo podr谩 deducirse por el 50% original, ya que la adquisici贸n del 50% de su c贸nyuge fue posterior al 31 de diciembre de 2012 cuando se suprimi贸 la deducci贸n por adquisici贸n de vivienda habitual.

Es indiferente que la adquisici贸n sea por compraventa o como en su caso por una extinci贸n de condominio.