Hola Enrique,
Si tienes 65 años cumplidos y la vivienda es realmente tu vivienda habitual, la venta de la nuda propiedad reservándote el usufructo vitalicio tiene un tratamiento fiscal bastante favorable en IRPF.
La ganancia patrimonial que se genere por vender la nuda propiedad estaría exenta en el IRPF, siempre que se trate de tu vivienda habitual. La Agencia Tributaria admite expresamente esta exención también cuando el mayor de 65 años transmite solo la nuda propiedad y se reserva el usufructo vitalicio, tanto si cobra un capital como si cobra una renta vitalicia.
Puedes consultar la consulta vinculante V1459-25 al respecto.
Si vendes la nuda propiedad por 250.000 €, en principio no pagarías IRPF por la ganancia patrimonial obtenida. Eso no significa que no haya que declarar correctamente la operación en la Renta, pero la ganancia debería quedar exenta si se cumplen los requisitos.
En la opción de la renta vitalicia ocurre algo parecido al inicio: la ganancia patrimonial por transmitir la vivienda habitual también estaría exenta. La diferencia está en lo que cobres después. Si recibes 1.000 € al mes, es decir, 12.000 € al año, una parte de esa renta vitalicia tributará cada año como rendimiento del capital mobiliario. Con 65 años, el porcentaje que se integra en el IRPF es el 24 % de cada anualidad. Es decir, de 12.000 € anuales tributarían 2.880 € en la base del ahorro.
Traducido a números aproximados: si no tienes otros rendimientos relevantes en la base del ahorro, esos 2.880 € tributarían normalmente al 19 %, lo que supondría unos 547 € anuales de IRPF. No tributan los 12.000 € completos, sino solo el porcentaje legal correspondiente.
Además del IRPF, habría que revisar la plusvalía municipal, que es un impuesto distinto. La exención por ser mayor de 65 años afecta al IRPF, pero no elimina automáticamente el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. En una transmisión onerosa, el sujeto pasivo suele ser el vendedor, salvo que pueda acreditarse que no ha existido incremento de valor del terreno.
Fiscalmente, la opción de cobrar un precio único suele ser más limpia: cobras el capital y la ganancia queda exenta. La renta vitalicia puede tener sentido por motivos financieros o personales (asegurarte ingresos mensuales de por vida), pero no porque sea mejor fiscalmente. De hecho, fiscalmente te genera una renta anual parcialmente sujeta a IRPF.
Antes de decidir, no miraría solo los impuestos. Compararía también el valor económico de ambas ofertas: 1.000 € al mes son 12.000 € al año, por lo que necesitarías vivir más de 20 años para superar los 250.000 € brutos de la otra oferta, sin tener en cuenta inflación, fiscalidad anual, garantías de cobro y solvencia de la empresa pagadora.
Un saludo,
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economía y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.
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