Quiero hacer una extinción de condominio de una propiedad de la que tengo de hipoteca el 50%, pero en escrituras tan solo consta que soy propietaria del 10%.
Antes de hipotecar la vivienda (compramos el terreno y la construimos nosotros) aporté unos 32.000€.
La vivienda actualmente nos la han tasado en 530.000€.
Si la otra parte se queda con la casa, ¿cuánto dinero me corresponde a mí?
Todavía queda hipoteca pendiente.
1 Respuesta
Apreciada Lucía,
En un principio del precio de valoración del inmueble se debe proceder a descontar la carga hipotecaria, y de la cantidad sobrante le correspondería el 10 %.
Si usted puede acreditar la aportación de la cantidad inicial, cifrada en unos 32.000 €, le recomendaría que iniciara una negociación tendente a que le compensara con esa aportación inicial que realizó, es decir, que recibiera el importe equivalente a su 10 % de la propiedad, la liberación del préstamo hipotecario y la cantidad aportada inicialmente, si bien debo indicarle que este último concepto es objeto de negociación entre las partes.
Atentamente,
Marina Mullor
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