Apreciado Betrand,
Voy a tratar de contestarte con la ayuda del Compendio de criterios de buenas prácticas bancarias del Banco de España, documento que expone los criterios de buenas prácticas elaborados por el Departamento de Conducta de Entidades.
El capítulo 7 sobre préstamos hipotecarios lo puedes descargar de Futur Finances.
Hay que aclarar que las buenas prácticas fijadas por el BdE no son estrictamente vinculantes para los bancos, por desgracia, lo que de momento supone que puedan desviarse de ellas sin que el cliente pueda “obligarlas” a acatarlas.
Además, para determinar si son prácticas “legales”, tendríamos que interponer una demanda judicial y esperar al análisis del Juez.
En todo caso, sí que te podemos ayudar respondiendo con el análisis hecho por el BdE y mis aportaciones:
El BdE considera que el hecho de que un banco exija la apertura previa de una cuenta instrumental constituye un quebrantamiento de la normativa de transparencia y de las buenas prácticas y usos bancarios.
El banco no puede exigir que abramos una cuenta al pedir la hipoteca. Solo es aceptable que nos pidan abrir cuenta cuando ya hemos aceptado su oferta vinculante o FEIN, antes de proceder a la formalización del préstamo.
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