Guillermo,

Muchas gracias por participar en nuestro foro, que en estos días funciona como consultorio fiscal.

Que hayas bajado tus retenciones a efectos de IRPF, si tus ingresos se han mantenido iguales, supone que mes a mes pagues menos a Hacienda y es lógico que en el momento de pasar cuentas, en el IRPF de 2021 que se presenta ahora, te toque “pagar más”.

Como idea: tienes que mirar el tipo medio de gravamen que te ha tocado pagar, sumando la parte estatal y la de la CC.AA. Si tu retención mes a mes ha sido menor, es lógico que ahora te toque pagar. Eso simplificando mucho, ya que hay que tener en cuenta el mínimo que no tributa, la deducción por adquisición de vivienda, etc.

saludos.

Una de las grandes dudas cuando se hace la declaración de la renta es la consideración que tienen los ingresos cobrados por ERTE o por Cese de actividad del autónomo. Su tributación en la Renta 2021 sigue siendo la de asimilarlos a ingreso de trabajo, como un sueldo más. Esto tiene tres implicaciones.

  • Se suma al resto de los ingresos de trabajo del ejercicio, lo que significa que puedan elevar el tipo impositivo.
  • Se considera como un segundo pagador, por lo que si la suma de ambos supera los 14.000 euros tiene que hacer la declaración.
  • Estos ingresos suelen ser sin retención por lo que el resultado es que sí hay obligación de hacer la declaración suele conllevar que el resultado sea positivo.

Además de ello el cese de actividad genera muchas más dudas al autónomo. El trabajador por cuenta propia tributa sus ingresos como actividad profesional o como actividad económica. Pero, en este caso, y aunque el cese de actividad haya sido transitorio tiene que hacerlo como prestación de trabajo, al igual que lo hace si tiene ingresos por baja médica.

Por todo ello hay que tener muy en cuenta las particularidades de estas prestaciones cuando se hace la declaración.

Me temo que no, por varios motivos, que puede ampliar visitando nuestra página de desgravar hipoteca:

  1. El préstamo hipotecario ha de tener como finalidad la financiación de la compraventa de una vivienda habitual.
  2. Vivienda habitual que ha de haberse adquirido antes del 1 de enero de 2013.
  3. El hipotecado debe ser propietario pleno de la vivienda que se hipoteca.

No cumples ninguno de los requisitos y, por tanto, me temo no tienes derecho a deducción alguna por adquisición de vivienda habitual en el IRPF de 2021.

Saludos cordiales.

Apreciada Silvia,

Ustedes pueden proceder a extinguir la copropiedad recibiendo como contraprestación por la adjudicación la asunción del capital pendiente de amortización.

Es importante que tengan en cuenta el precio de valoración del inmueble que se establecerá en la escritura con la contraprestación a recibir, puesto que no debería haber un exceso de adjudicación entre las partes.

Los gastos que traen aparejados este tipo de escrituras son la minuta notarial, el impuesto de actos jurídicos documentados y la factura del Registro de la Propiedad.

En último lugar, en referencia a la declaración de la renta, le recomiendo que recabe asesoramiento fiscal especializado, si bien el hecho de que se produzco un exceso de adjudicación o no va a influir en la consiguiente tributación de la ganancia patrimonial en el IRPF, a pesar de que no es una cuestión pacífica la interpretación de la misma.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Efectivamente la deducción de la hipoteca por compra de vivienda habitual no se aplica para las adquisiciones de vivienda desde el año 2013 de forma general, pero si hay posibilidad, no general, en algunas comunidades autónomas:

  • Andalucía: viviendas protegidas y personas jóvenes.
  • Aragón: adquisición en núcleos rurales.
  • Asturias: zonas rurales para menores de 35 años, familias numerosas y monoparentales y también adquisición o adecuación para contribuyentes que convivan con cónyuges, ascendentes o descendentes con discapacidad.
  • Canarias: general, con bases imponibles inferiores a 30.000 euros.
  • Castilla-La Mancha: zonas rurales.
  • Castilla y León: jóvenes en núcleos rurales.
  • Extremadura: jóvenes y víctimas del terrorismo.
  • Galicia: por adquisición y rehabilitación de viviendas en los proyectos de aldeas modelo.
  • Murcia: jóvenes de menos de 35 años.
  • La Rioja: zonas rurales y menores de 36 años.
  • Valencia: menores de 35 años.

Son deducciones limitadas, especialmente por su porcentaje, pero si tiene derecho es un beneficio fiscal a largo plazo.

Buenos días, la compra de vivienda no se deduce para adqusiciones posteriores al 31 de diciembre de 2012, manteniéndose de forma transitoria solo para compras anteriores a esa fecha.

La única opción de deducción es el tramo autonómico y no en todas las comunidades autónomas y tampoco de forma general, ya que la que más se repite es solo para jóvenes (menos de 35 años) y con unos límites de renta, de ganancias. También algunas comunidades como La Rioja tienen deducciones por la adquisición de viviendas en zonas rurales.

Si nos proporciona su comunidad autónoma podremos informarle sobre si hay alguna posibilidad de deducción en el IRPF y sus condiciones.

El préstamo hipotecario que ofrece ING para funcionarios de carrera y resto de colectivos que encajan en su perfil de riesgo ha variado considerablemente en lo que llevamos de 2022, debido a la creciente inflación mundial que pronostica tipos de interés al alza (de hecho, casas de análisis como Bankinter ya pronostica un Euribor en positivo en 2022).

Solicitar financiación fija al banco ING implica, ahora, hacer frente a un tipo de interés nominal entre el 1,75% y el 2,55% según vinculación (2,41% a 2,58% TAE). Tipos fijos más caros y poco competitivos.

En cuanto la financiación variable, el diferencial se ha reducido, dejando el tipo nominal entre el Euribor + 0,89% y el Euribor + 1,69% (1,73% a 1,87% TAE). La obligatoriedad de contratar un seguro de hogar y de vida, además de domiciliar la nómina, reduce las ventajas de las hipotecas variables de ING, ya que suponen, al final, tener que aceptar un caro Euribor + 1,69% (el sobrecoste de las primas que nos colocan los bancos se come la supuesta bonificación en el tipo de interés.)

La hipoteca mixta en un escenario de tipos al alza podría tener sentido, si pudiéramos acceder a 10 primeros años al 1,10% y al Euribor + 0,89% en adelante (TAE var del 1,78%). El problema es que si no aceptamos vinculaciones nos encasquetan un fijo a 10 años del 1,90% TIN (aún es aceptable) y un carísimo Euribor + 1,69% en adelante (inaceptable para clientes solventes como los funcionarios).

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Condiciones de las hipotecas ING a marzo de 2022

Miles son las usuarias y usuarios que llegan a este foro gratuito de expertas y expertos en el sector hipotecario, buscando información sobre los préstamos hipotecarios ofrecidos por ING.

A marzo de 2022 ni la hipoteca variable de ING ni la fija están entre las 5 mejores del mercado hipotecario, si tomamos una financiación a 25 años, sin aceptar más vinculación que la nómina y el contrato de hogar.

Hipoteca ING a tipo fijo (marzo 2022)

Si bien todos nos fijamos en primer lugar en el mejor tipo ofrecido, del 1,75% nominal, con una TAE del 2,41% que han calculado para una hipoteca de 150.000 euros a 25 años, el “invitarnos” a contratar un seguro de hogar y uno de vida (con la aseguradora que ellos quieren, Nationale- Nederlanden Vida, Compañía de Seguros y Reaseguros SAE, y de Nationale-Nederlanden Generales, Compañía de Seguros y Reaseguros SAE), con las primas más caras que las pólizas contratadas directamente en el mercado libre y sin el asesoramiento de un verdadero experto independiente, un corredor de seguros, hace que el tipo supuestamente bonificado no valga la pena: lo que te ahorras de intereses, lo pagas de más en la sobreprima de los seguros; eso sin tener en cuenta que si las coberturas no son las adecuadas (algo que hay que verificar con un asesor verdaderamente independiente), puedes creer tener asegurado lo que no está.

En hipotecas a tipo fijo recomiendo siempre comparar los tipos fijos nominales sin bonificaciones o, como mucho, con nómina y seguro de hogar. Si acudimos a las condiciones sin contratar ningún seguro, tenemos: 2,55% nominal, 2,58% TAE.

La hipoteca fija de ING no es muy competitiva. Así a marzo de 2022 tenemos bastantes de mejores:

  1. Hipoteca para funcionarios que ofrecen algunos de nuestros intermediarios de crédito seleccionados (solicitar información): 0,80% nominal, TAE 1,474% TAE a 30 años (hasta 15 de abril de 2022).
  2. Hipoteca COINC (Bankinter) a 25 años: 1,45% nominal, 1,70% TAE.
  3. Hipoteca fija de Evo Banco: 1,59% nominal, 1,85% TAE.
  4. Hipoteca fija de Openbank a 25 años: 1,85% nominal, 1,86% TAE.

La reduflación, del inglés shrinkflation (encoger +  inflación) es el término que se aplica a la reducción del tamaño, peso o cantidad de material que lleva un producto, sin reducir al mismo tiempo su precio. En otras palabras, dar menos por el mismo precio.

Es una forma de esconder al consumidor la inflación, ya que el cliente no ve incrementado el precio nominal del producto que compra, pero al recibir menos, en realidad paga más por unidad. Salvo que esta práctica sea comunicada de forma clara al consumidor, estamos ante una práctica cuanto menos discutible.

En la siguiente entrevista a un servidor en IB3 TV lo explicamos:

Buenas tardes Esther,

Nuestro Tribunal Supremo ha dictado toda una serie de sentencias (sentencias de 12 de noviembre de 2020 o sentencias de 27 de enero de 2022, entre otras) tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la cuestión prejudicial C-125/18, Sentencia de 3 de marzo de 2020 y Auto de 17 de noviembre de 2021, que son totalmente perjudiciales para el consumidor.

El TJUE entiende que este índice, pese a ser legal, publicado y reconocido por el Banco de España, debe someterse necesariamente el doble control de transparencia formal y material de los Juzgados. En opinión del TJUE, de la doctrina mayoritaria y de la propia Comisión Europea, el control de transparencia debe hacerse de manera totalmente extensiva y no cabe hacer interpretaciones restrictivas que es, precisamente, lo que ha hecho nuestro Tribunal Supremo. El Supremo ha entendido que, pese a que el índice pudiera no ser transparente, no es abusivo porque no ha habido desequilibrio con el cliente ni se ha vulnerado la buena fe al ser un índice legalmente publicado.

Desgraciadamente y en base a lo anterior, a pesar de que Europa ha marcado unas directrices muy claras, dudo mucho que el Tribunal Supremo cambie de opinión. Muchos juzgados de primera instancia y Audiencias Provinciales siguen estimando las reclamaciones pero las entidades financieras, sabiendo el criterio del Supremo, están llevando masivamente a los consumidores en casación ante éste.

En tu caso, únicamente podríamos valorar si tu préstamo tenía esa cláusula de cierre que da la posibilidad al banco de aplicar un tipo fijo a partir de la desaparición legal del índice. Este tipo de reclamaciones puede que sí tengan mayor recorrido.

Quedamos a tu disposición,

Saludos cordiales.

Socia abogada de Futur Legal.