Buenos días. Tal y ya como indicas, tu vivenda habitual deja de serlo y por tanto se pierde esa deducción. Si la alquilas, sí puedes incluir como gasto de esa vivienda en alquiler los intereses del préstamo (nunca la devolución del capital) y añadir otros gastos como un porcentaje dee amortización de esa vivienda.

Si regresas y continúas pagando hipoteca por esa vivienda habitual, podrás retomar, desde ese momento, la deducción con las cantidades que aportes al pago de la hipoteca sobre esa vivienda que vuelve a ser la habitual.

Hola Francisco:

Entiendo que no deberías tener problema para adquirirla como primera vivienda ya que la hipoteca pesa sobre la casa de tus padres, no sobre la que te quieres comprar. No comentas nada sobre tu situación laboral ni financiera, recuerda que los bancos no otorgan, a día de hoy, hipotecas por más allá del 80% del valor de tasación o compra (el menor de los dos).

Eso sí, a la hora de evaluar tu solicitud de hipoteca, deberás computar como gasto el préstamo que ya tienes en vigor. Ten en cuenta que los bancos no otorgan hipotecas cuya cuota mensual a pagar suponga más de un 35% de los ingresos netos del solicitante, por aquello de evitar el sobre endeudamiento de los clientes, lo que ya pasó en la pasada crisis de 2008. También están siendo muy estrictos con la estabilidad laboral, buscando perfiles que lleven unos años con contrato indefinido.

Por último, si me permites otro consejo, acude al mejor bróker hipotecario independiente que puedas, ya que cuando se trata de operaciones como la tuya, que se salen un poco de la hipoteca estándar, es mejor que un experto en hipotecas te haga una búsqueda de aquella que mejor te pueda encajar según tu perfil concreto. Además, nadie mejor que él para que te resuelva cualquier duda que puedas tener con respecto a cualquier aspecto de la operación. Y ya de paso, comentarte que dado lo bajo de los tipos de interés en la actualidad, te recomiendo que estudies con tu bróker la posibilidad de acceder a una buena hipoteca a tipo fijo, ya que aunque parece que los tipos de interés seguirán en negativo o muy bajos durante bastantes años, hay que ser previsor y blindarse ante posibles subidas de los tipos en el futuro.

Te dejo información adicional sobre la reunificación de deudas en estos momentos.

Espero haberte ayudado en algo!

Hola Miriam:

Como supongo ya sabrás, la última sentencia del Tribunal Supremo español, tras la sentencia del TJUE, ha dictaminado que a pesar de ver falta de transparencia en la aplicación del IRPH, no considera que estas cláusulas en los contratos de préstamos hipotecario sean abusivas. Obviamente, esta sentencia está siendo muy controvertida en el ámbito de los expertos bancarios ya que incurre en cierta contradicción, como explica la abogada Cristina Borrallo en un artículo sobre la situación del IRPH tras las sentencias del TS.

Entonces, ¿está todo perdido? No, todavía queda la vía de volver al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que normalmente ha mantenido una línea de defensa hacia el consumidor y de varapalo a algunas decisiones tomadas por los tribunales españoles, aunque no debemos dar nada por seguro ni confiarnos.

Contestando a tu pregunta, sobre si empezar a reclamar al banco, acudir a un abogado o esperar, te aconsejo que acudas cuanto antes a un abogado especialista en derecho bancario, y no solo para ganar tiempo y tener toda la documentación preparada si el recurso al TJUE es favorable a los consumidores sino para que te puede orientar sobre qué hacer mientras tanto.

Te lo comento porque una opción que no sé si conoces pero que creo que te podría interesar es la de subrogar tu hipoteca cambiándola de banco, obviamente, sin IRPH y en las mejores condiciones posibles. Si tu situación laboral y financiera es estable, te recomendaría entonces que acudieras a un bróker hipotecario independiente lo antes posible. Esta figura, reconocida y regulada por el Banco de España, es una especie de abogado bancario que te podrá asesorar en tu situación en particular. Él podrá darte las pautas a seguir para iniciar la búsqueda de una hipoteca en mejores condiciones que las que tienes actualmente debido al IRPH, y por otra parte te podrá asesorar del momento exacto en el que poner la demanda por el IRPH en caso de que la sentencia sea favorable para los consumidores.
Así, mientras esperas a que se resuelva el recurso, podrías pagar menos cada mes gracias a una hipoteca en mejores condiciones que la que tienes ahora. Eso sí, recuerda que necesitarás ahorros, ya que a día de hoy los bancos no financian más allá del 80 % del valor de compra o de tasación (el más bajo de los dos).

Si te preocupa que con la subrogación puedas perder el derecho a reclamar lo que has pagado de más debido al IRPH ya te adelanto que no, no pierdes de ningún modo el derecho a reclamar lo que te corresponde a la que sería tu antigua entidad bancaria. Otra cosa muy distinta es que tu misma entidad quiera renegociar tu hipoteca para que te quedes con ellos, y en este caso solo te puedo aconsejar que no firmes absolutamente nada sin que un bróker hipotecario experto te asesore y analice lo que te ofrecen, que ya te adelanto será en beneficio del banco más que tuyo, y además, de lejos. Ahí si que podrían incluir alguna clausula en la que renuncias a reclamar cualquier contrato anterior, por eso te aconsejo que cualquier movimiento de tu banco en ese sentido lo consultes con el mejor experto de tu ciudad.

Un saludo, espero haberte podido aclarar algo el tema!

Efectivamente, tal y como usted indica, si se produjo un traslado de residencia habitual por razones laborales puede retomar la deducción desde el momento en el que vuelve a ser vivienda habitual, declarando en la liquidación del IRPF el uso que tuvo anteriormente en ese ejercicio.

Al haberse deducido antes del 2012 no tendrá ningún problema, aunque es probable que sí le soliciten información sobre ese retorno a la deducción, que con sus datos laborales será suficiente para justificar.

Financieramente el beneficio es escaso, por no decir nulo o incluso en algunos casos negativos. Con tipos tan bajos como los actuales es muy probable que pague más de lo que se ahorre en intereses.

Fiscalmente sí es interesante al maximizar esa deducción, pero teniendo en cuenta que usted está adelantando la misma, y que lo que ocurrirá es que en un futuro no tendrá derecho o en la misma cuantía. Si por sus ingresos quiere adelantar la misma para conseguir mejor resultado fiscal en este ejercicio y en los siguientes hágalo sin problema.

Hola Iván:

No comentas la región desde la que escribes, ya que algunas de ellas ofrecen bonificaciones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y en el de Actos Jurídicos Documentados ITP y AJD. En Andalucía, por ejemplo, el tipo general del IAJD es del 1,5%, pero cuenta con una bonificación que se aplica a personas con un grado de discapacidad superior al 33%, siendo entonces el tipo de gravamen el 0,1% siempre y cuando el valor de la vivienda no sobrepase los 180.000 euros. Así mismo, el ITP en Andalucía es del 8%, salvo en caso de discapacidades superiores al 33% (como es tu caso), en cuyo caso se paga el 3,5%. Otras comunidades cuentan con otras condiciones, así que nos faltaría saber ese dato para poder aclararte el tema de los impuestos.

Teniendo en cuenta que tu pensión, prorrateada en 12 meses sale a 1.948€ al mes y que la política actual de los bancos es la de evitar el sobre endeudamiento de sus clientes, podrías optar a una hipoteca cuya cuota mensual no supere los 680€, es decir, un máximo del 35% de tus ingresos. Esto, siempre y cuando no tengas otros préstamos o gastos. No comentas si pagas pensión a tu hija, en caso de ser así, deberás excluir esa cantidad de tus ingresos y calcular un 35% máximo sobre la cantidad que te quede. La parte positiva es que tus ingresos son fijos, con lo que tu capacidad de pago es previsible y demostrable.

Por otra parte, los bancos no otorgan, salvo excepciones, hipotecas por más del 80% del valor de tasación o de compra (el menor de los dos). En este caso, y suponiendo que la tasación cuadre con el precio de compra, podrás acceder a una hipoteca de 80.000€. Te quedará por pagar el 20% restante + un 10% en concepto de gastos de compraventa, a falta de ver si en tu comunidad existe alguna exención o ayuda para gente con discapacidad. Con los ahorros que dispones, en principio no te llega para realizar la operación, pero dado que la cantidad de la hipoteca no es elevada y que tus ingresos son medio-altos, además de fijos, yo me pondría en manos de un bróker hipotecario independiente (el mejor que puedas conseguir) para que estudie tu caso. Ellos trabajan con todos los bancos que operan España y su especialidad es negociar con ellos operación por operación.

Además, este mismo bróker se conocerá al dedillo las ayudas o bonificaciones a los que puedas tener acceso según la comunidad en la que vivas, así que creo que no está todo perdido y tienes posibilidades.

No te desanimes y mucha suerte!

Es perfectamente posible encontrar un banco que acepte una subrogación de hipoteca junto a una novación para ampliar el importe concedido, siempre que además se le solicite a la entidad el préstamo hipotecario que necesitáis para comprar la segunda vivienda (entiendo que compráis 100% más gastos la segunda hipoteca y será preciso más dinero de la primera hipoteca que se intenta subrogar?).

No es, en todo caso, una operación sencilla y vale la pena valorar la contratación de los servicios de un intermediario hipotecario, que solo os cobrará si se firma la hipoteca.

Hola Sole,

Efectivamente, en el caso de viviendas en terreno rústico los bancos no suelen otorgar hipotecas por encima del 70% del valor de tasación o el de compra (normalmente el menor de los dos). En tu caso, la tasación debería ser de al menos 100.000 € para poder hacer frente a los gastos de reforma que comentas por importe de 70.000 €.

Además, la tasación que necesitas no es para la adquisición de la vivienda, que ya es tuya sino como garantía para obtener crédito para la reforma. Para obtener este crédito existe la hipoteca para reformas, pero no son todas las entidades bancarias las que ofrecen este tipo de hipotecas.

Otra opción sería recurrir a un préstamo personal, pero dado lo elevados de los tipos de interés en estos préstamos, es imprescindible que agotes todas las vías para conseguir una buena hipoteca para reformas.

No has comentado nada sobre tu perfil financiero, ten en cuenta que los bancos no otorgan, salvo excepciones, hipotecas cuya mensualidad suponga más de un 35% de los ingresos mensuales del solicitante.

Con respecto a la tasación, decirte que tienen una validez de 6 meses desde su realización, y lógicamente la tiene que realizar una persona o empresa autorizada. Sobre el precio, pues dependerá de varios factores, pero la horquilla suele moverse entre los 300 y los 600 €, que tendrás que abonar tú, obviamente.

A continuación te detallo las condiciones que te van a pedir en cualquier banco que comercialice hipotecas para reforma:

  1. – Contar con la preceptiva licencia de obra expedida por el Ayuntamiento correspondiente.
  2. – Proyecto visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  3. – Que la reforma abarque al menos el 50% de la superficie edificada.
  4. – Que el coste de la obra alcance el 50% del valor de reemplazamiento bruto de la edificación.

De todos modos, y siendo un caso un poco peculiar, te aconsejo que te pongas en contacto con un bróker hipotecario independiente, incluso él te podrá aconsejar qué empresas de tasaciones son las mejores y por qué.

Espero haberte ayudado, un saludo!

Hola,

Es cierto que una de las cosas que más influyen a la hora de que nos concedan una hipoteca es nuestra estabilidad laboral. Ahora bien, en trabajos como el tuyo hay que entender que estamos hablando de una casuística un tanto especial.

¿Por qué? Pues porque antes de la pandemia del Covid-19 los profesionales sanitarios sin plaza fija ya contaban con un buen ratio de días trabajados al año, dándose casos de gente que lleva muchos años trabajando en diversos hospitales públicos únicamente estando en la bolsa de trabajo, sin necesidad de oposición. Ahora, con la dichosa pandemia, la profesiones del ámbito sanitario son de las más demandadas dentro del mercado laboral, como bien sabrás tú que lo estás viviendo en primera línea.

¿Qué quiero decir con esto?

Pues que aunque un rígido trabajador de un banco te deniegue la concesión de una hipoteca, te aseguro que con un buen bróker hipotecario, que sabe con qué bancos y cómo negociar, sí que tienes bastantes posibilidades de encontrar una hipoteca. Puedes solicitar información sin compromiso rellenando el formulario de Futur Finances.

Además, tu ratio de endeudamiento con las cifras que comentas estaría muy lejos del tope del 40% que impera en la actualidad, y teniendo ahorros superiores al 30%, tienes un buen perfil financiero. Como ya he dicho, creo que un caso como el tuyo debe llevarlo un profesional para no estar dando palos de ciego ni frustrándote ante las negativas de los bancos.

Ah, y si tienes opción, que tu bróker te asesore sobre la conveniencia de un tipo fijo sobre un tipo variable, ya que con el Euríbor en negativo (-0,466% en octubre) y teniendo margen económico, tal vez te convenga buscar algo a tipo fijo y así protegerte ante futuras subidas de los tipos de interés, que aunque no se prevean cercanas, sin duda llegarán algún día. Además, con una hipoteca de poca cuantía como la tuya, el diferencial que pagarías con un tipo fijo sería una cantidad pequeña que seguro podrás asumir.

Suerte!

Estimado Antonio,

Con los datos económicos aportados y argumentando a las entidades tú propósito de que la adquisición va a constituir tu vivienda habitual, veo bastante defendible la financiación del 100% de la compra.

Santiago Cruz, Consultor Hipotecario y CEO en Ibercredit.