Apreciado Juan,
Si usted ya es el propietario en exclusiva de la vivienda est谩 en todo su derecho de cambiar la cerradura de la misma a pesar de que queden objetos del otro copropietario.
El reparto del ajuar dom茅stico se deber铆a haber acordado antes de proceder a la extinci贸n de la copropiedad; si por las razones que fuesen no ha podido hacerse efectivo en dicho plazo, la otra parte deber谩 coordinarse con usted para poder retirar dichos enseres.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
Marina Mullor es abogada civilita en Futur Legal y experta jur铆dica en Futur Finances.
Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Baleares.
Licenciada en Derecho por la Universidad de les Illes Balears (UIB).
M谩ster en mediaci贸n familiar, civil y mercantil (UIB).
“Cuando se decide invertir en vivienda y se realiza a trav茅s de un pr茅stamo hipotecario, tener un equipo de profesionales a tu lado que puedan acompa帽arte en dicha decisi贸n puede evitarte muchos disgustos futuros. En Futur Finances y Futur Legal te ayudamos a acertar en la inversi贸n.”
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