Apreciada 脕ngela,
Debes diferenciar entre las condiciones que la entidad bancaria te ofrezca para que pases a ser deudora hipotecaria en exclusiva al adjudicarte el bien que el procedimiento de extinguir la copropiedad.
Aunque en muchas ocasiones una cosa vaya unida a la otra lo cierto es que son dos escenarios distintos y la extinci贸n de la copropiedad s贸lo afecta a qui茅n se adjudica el bien como propietario exclusivo.
En dicho proceso lo importante es acordar el precio de valoraci贸n del bien inmueble, que puede ser a trav茅s de una tasaci贸n siempre y cuando os compromet谩is las partes a aceptar el resultado de valoraci贸n de la misma, y los costes de tramitaci贸n de dicha extinci贸n, que si se hace por v铆a notarial ser谩 la factura del Notario, el Impuesto de Actos Jur铆dicos Documentados y la inscripci贸n en el Registro de la Propiedad.
Recibe un cordial saludo,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
Marina Mullor es abogada civilita en Futur Legal y experta jur铆dica en Futur Finances.
Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Baleares.
Licenciada en Derecho por la Universidad de les Illes Balears (UIB).
M谩ster en mediaci贸n familiar, civil y mercantil (UIB).
“Cuando se decide invertir en vivienda y se realiza a trav茅s de un pr茅stamo hipotecario, tener un equipo de profesionales a tu lado que puedan acompa帽arte en dicha decisi贸n puede evitarte muchos disgustos futuros. En Futur Finances y Futur Legal te ayudamos a acertar en la inversi贸n.”
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