Buenos d铆as. Voy a contestarte primero seg煤n las alternativas que tienes para transmitir ese 50% de propiedad:
- Donaci贸n: No veo problema para que se haga por varias razones. Se suele considerar donaci贸n encubierta cuando lo que hay detr谩s es una compraventa y se simula donaci贸n. Este no es tu caso y m谩s siendo pareja de hecho (aunque aprovech茅is la venta fiscal de pagar menos impuestos). Conviv铆s y ella hace frente a ese 50% del pago de la hipoteca. No creo que haya problema.
- Compraventa: Aunque la donaci贸n no creo que genere problemas, la compraventa tampoco la veo problem谩tica y es m谩s transparente, especialmente si hay alguna cantidad que hayas pagado t煤 y ella no, para saldarse. La compraventa no tiene porque suponer que pagues al IRPF si lo has hecho por la misma cantidad que la has recibido, lo normal si ha pasado poco tiempo.
Una cosa es declarar la operaci贸n, informar, y otra cosa que haya plusval铆as (beneficios). Lo normal es que en esta operaci贸n haya p茅rdidas. Si, por ejemplo has comprado la vivienda por 200.000 euros y transmites ese 50% por 100.000 euros, al sumar la parte al铆cuota (la mitad) de los gastos de compra al valor de adquisici贸n y restar los gastos de venta al importe entregado te saldr谩n minusval铆as y no tendr谩s que pagar a Hacienda.
驴Cu谩l es la mejor opci贸n? Para mi depender谩 tambi茅n de como constituyas la hipoteca cuando hagas la compraventa al promotor.
Si la hipoteca es 100% a tu nombre, lo mejor es la compraventa. Aprovechas la operaci贸n de compraventa para subrogar el 50% de la hipoteca a nombre de tu pareja, ella asumir谩 en ese momento esa deuda. Adem谩s, cuando calcules la transmisi贸n y el pago restas de la cantidad que recibir铆as por la compraventa ese 50% de deuda. Si tu has pagado otras cantidades que sumadas alcancen el valor de la vivienda ser谩 lo que tendr谩 que pagarte y as铆 regularizar谩s completamente la operaci贸n. Es una operaci贸n 100% transparente que no te genera pago de impuestos como he explicado anteriormente.
Su el banco consiente que ella asuma el 50% de la hipoteca desde el principio aun teniendo tu el 100% de la propiedad, lo mejor es la donaci贸n, con la que igualas al ceder la propiedad el 50% de propiedad a quien ya asume el 50% de la deuda de la hipoteca. No veo problema en considerarse encubierta porque principalmente existe esa deuda que paga tu pareja antes de la donaci贸n y con esta operaci贸n regularizas la situaci贸n.
Sobre el pago de impuestos, quien lo recibe no tributa en el IRPF, ya que ya ha liquidado en el Impuesto de Donaciones. Qui茅n dona, si tiene que declarar la variaci贸n patrimonial al IRPF. Si hubiera incremento patrimonial (entregas el bien con un valor por encima de el de adquisici贸n) si tributar谩s por esa diferencia. Pero no es el caso, no hay plusval铆as, sino p茅rdida patrimonial y no tienes que realizar ning煤n pago. Eso s铆, a diferencia de otras p茅rdidas patrimoniales esta cantidad no ser谩 deducible en el IRPF.
Sobre las plusval铆as municipales, lo mismo, al no existir ganancia y siguiendo el criterio del Tribunal Supremo no hay que realizar pago. Adem谩s si la transmisi贸n se realiza en un plazo inferior a un a帽o la mayor铆a de los ayuntamientos no aplican ning煤n pago a煤n existiendo ganancia.
Licenciando en Administraci贸n y Direcci贸n de Empresas (UAM). Grado en Geograf铆a e Historia (UNED).
Master en M茅todos y T茅cnicas de Investigaci贸n Hist贸rica, Art铆stica y Geogr谩fica (UNED). Doctorado por la UNED.
Experto independiente de Futur Finances. Redactor de contenidos econ贸micos en multitud de portales de Internet y divulgador de finanzas personales en medios de comunicaci贸n.
Investigador de mercados.
“Un consumidor bien informado toma mejores decisiones de financiaci贸n, inversi贸n y relacionada con la fiscalidad. Antes de asumir cualquier obligaci贸n relevante, como contratar una hipoteca, debe acudir a las mejores fuentes de informaci贸n y apoyarse en un asesoramiento independiente experto.”
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