Apreciada Magdalena,

A pesar del esfuerzo que ha realizado en la exposición de los hechos tengo algunas dudas respecto a lo que nos expone. Trabajemos en la siguiente hipótesis:

Por lo que nos ha narrado, se trata de una pareja no casada que firma un contrato de compraventa de una vivienda en una proporción de un 80 % y un 20 %. Han abonado el 20 % de 445.000 €, esto es 89.000 €. La parte que no queda clara es la siguiente: parece que esta pareja desea ahora que el 100 % sea únicamente de una de las partes y, por lo tanto, debe compensar a la otra en su 20 %.

Lo que le han informado es correcto, es decir, quien adquiere el 100 % deberá abonar la totalidad y compensar a la otra por su aportación; tema distinto es que ese 20 % lo hayan abonado en algún tipo de proporción interna entre ustedes y, entonces, variará esa compensación económica.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Buenos días Álvaro,

La sentencia del TJUE contradice de manera clara al Tribunal Supremo, en virtud de que una vez estudiado su caso en particular sí cabe someterse al control de transparencia y determinar si lo supera o no.

Analizando la sentencia del TJUE con mayor profundidad se hace hincapié en que la entidad debió facilitar la comprensibilidad de todos los aspectos básicos y vitales de los que componen el índice IRPH. Así como también la evolución de dicho índice en el pasado, para que el consumidor pudiese ver con claridad la fluctuación de una manera más comprensible y visual. Por ello es importante estudiar con atención cómo se suscribió el IRPH para poder reclamar en virtud de si supera o no dicho control de transparencia.

En cuanto al tipo fijo, La sustitución por ley de aquellos que tuvieran su hipoteca referenciada al índice IRPH de CAJAS debería haber sido a IRPH Entidades. En la Ley 14/2013 de 27 de noviembre no se obliga a modificar el cambio a tipo fijo.

Habrá que esperar las primeras sentencias y determinar la postura que está adquiriendo los magistrados españoles pero desde luego uno de los objetivos de Futur Legal es que dichos préstamos queden sin intereses para el afectado.

El Estado de Alarma anunciado el pasado viernes y que entró en vigor el sábado ha provocado algunos cambios en el análisis, tramitación y formalización de las hipotecas por parte de las entidades.

Se han ralentizado todos los procesos, tanto el tiempo de respuesta de las entidades para realizar el estudio de solvencia, el envío por parte de la entidad de la documentación precontractual y sobre todo las notarías. En este último caso en Madrid se han podido firmar Actas LCI mientras que en Cataluña no se considera de fuerza mayor y han aplazado todas las firmas hasta que concluya el Estado de Emergencia.

En cuanto al análisis de las operaciones por parte de las entidades se está teniendo en cuenta si hay cese en la  actividad del solicitante en el RD del pasado sábado  de marzo, o si la empresa ha anunciado algún expediente de regulación de empleo.

En el apartado de las precauciones que están tomando tasadoras, bancos y notarías, resaltar que las primeras sólo acuden a la visita del inmueble si quién ocupa la vivienda no pone impedimento a que entren en la vivienda por riesgo de contagio y siempre con el encargo del solicitante de la tasación firmado para justificar el desplazamiento del técnico ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en caso de que así se le solicite. En cuanto a las oficinas bancarias, siguen abiertas al público pero manteniendo la distancia oportuna pero con muchos empleados teletrabajando. Las notarías también han tomado medidas preventivas dando solo servicio si hay cita previa e igualmente manteniendo la distancia entre los que intervienen en la firma de una escritura.

Los tipos de interés no han sufrido variación desde la semana pasada y sin saber cuánto tiempo va a durar el estado de alarma es bastante aventurado preveer si es mejor solicitarla ahora o más adelante.

Santiago Cruz es CEO en Ibercredit

Hola Pau,

Precisamente en algún momento del día de hoy tengo pensado escribir un artículo en el blog de Hipotecas Plus hablando al respecto de estas preguntas que formulas. Y digo durante el día de hoy porque seguimos recibiendo solicitudes de información por parte de clientes para la compra de viviendas y desde casa estamos trabajando y atendiendo a todos los clientes.

El ritmo de firma de las hipotecas ha bajado. Y no! la razón no es el coronavirus, la razón es que muchos bancos no están preparados para trabajar en remoto, porque no tienen los equipos adecuados, porque no tienen las licencias de software necesarias, aunque ahora parece ser que las están adquiriendo. Hay unos pocos bancos que sí que están preparados porque desde hace años han invertido en ello y no, no son aquellos continuamente publicitan que tienen la mejor web o app.

Los requisitos de momento no han cambiado y no creemos que cambien. Se concede una hipoteca a quien acredita una serie de requisitos y uno de ellos, que es fundamental, es demostrar que tienes estabilidad laboral y si no la tienes no te la conceden y esto es así con o sin Coronavirus. Cuando esto pase, para que aquellos clientes en los que sus empresas a causa de la situación han realizado un ERTE o ERE, deberán esperar a que vuelva un poco la normalidad.

Las precauciones que están tomando los tasadores son las mismas que nos indican desde sanidad, distancia con el tasador entre 1 metro o 2 metros, dejar abiertas las ventas y puertas para que ellos no tengan que tocar nada. En las notarías lo que están haciendo es espaciar las firmas para que no coincidan tanta gente en la notaria. A su vez están realizando certificados a todos aquellos que lo solicitan para justificar que se están desplazando, indicando que se acude a una firma de una compraventa.

Con los bancos la comunicación es permanente, por mail y teléfono. No tenemos mucha necesidad de acudir a las oficinas salvo el día en que hay que firmar la contratación de los seguros y la firma de apertura de cuentas. Naturalmente, hacen lo mismo que las notarias que es espaciar las visitas entre clientes para que no coincidan muchos en las oficinas.

Los precios de las hipotecas no han cambiado y como comentaba más arriba no creo que cambien como consecuencia del coronavirus. Pueden cambiar como consecuencia de la política de precios del banco y eso entra la normalidad.

Solicitar una hipoteca siempre es un buen momento si ya has visitado el inmueble o estás pensando en cambiar de banco para mejorar las condiciones. Lo que antes de hacerlo debes hablar con la empresa para la que trabajas y que te indique que enfoque va a tomar al respecto y si eres autónomo que tengas claro cuales son tus perspectivas de futuro.

Actualmente hay gente que esta trabajando y le esta yendo bien a pesar de la situación.

Apreciado Jean Joseph,

Como explica el experto en hipotecas de nuestro foro, Antonio Bealtrán, en primer lugar para conseguir una hipoteca hay que cumplir los requisitos que cada banco exige a los potenciales hipotecados, tanto en estabilidad laboral, como en ingresos y ahorros disponibles.

En cuanto a la posibilidad de hipotecar una vivienda en otro país, sea Argentina o sea Francia, no es factible con la legislación hipotecaria actual.

En todo caso, si quieres contactar directamente con intermediarios de crédito inmobiliario seleccionados por nuestro portal, deja tus datos de contacto sin compromiso en este formulario.

Hola Joseph,

Bienvenido a España.

Para que un banco te conceda una hipoteca tienes que cumplir al menos 3 requisitos:

  1. Los bancos conceden una hipoteca siempre y cuando cumplamos al menos 3 requisitos:
  2. Acreditemos que podemos pagar la hipoteca. Para ello no podemos destinar mas del 40% de nuestros ingresos al pago de la hipoteca u otros préstamos.
  3. Debes disponer de un contrato de trabajo indefinido desde al menos 1 año en la misma empresa.
  4. Por lo menos debes aportar el 10% del precio de compra del inmueble que deseas más los gastos de escritura de compraventa.

un saludo,

Antonio Beltrán, CEO de Hipotecas Plus.

Apreciada Chusa.

Lo primero que le tengo que indicar es que si ustedes no están casados, en la demanda que interpongan para acordar las medidas relacionadas con su hijo menor de edad no se podrá incluir la solicitud de ninguna medida relacionada con la extinción del patrimonio común, puesto que no existe régimen económico matrimonial que liquidar. Escenario distinto es que si ustedes son copropietarios de dos viviendas puedan extinguir dicha copropiedad sobre los inmuebles. En un primer lugar nos moveremos en el ámbito del acuerdo extrajudicial, es decir, que ustedes puedan pactar cómo extinguir dicha copropiedad, y en ese escenario sería perfectamente válido el reparto que usted plantea en su consulta. Recuerde que si ustedes son deudores hipotecarios de las hipotecas que gravan las viviendas, una cosa es que ustedes lleguen a un acuerdo de adjudicación cediendo su 50 % a la otra parte y otra cosa distinta es que la entidad bancaria les quite de su posición deudora; propiedad y contrato de préstamo son dos cosas distintas y respecto a este último es la entidad bancaria la que debe acordar si decide eliminar de la posición deudora a una de las partes. Respecto a las compensaciones económicas que pueden negociar y acordar volvemos a estar dentro de un escenario de libre pacto, debido a que la ley no establece ningún artículo específico para valorar dichas cuestiones con detalle. La información que les puede ayudar para negociar puede ser, a modo enunciativo, desde la valoración actual de ambas viviendas, las cargas que gravan a cada una, y las aportaciones realizadas por ustedes para la adquisición de ambas, por ejemplo. Dicha extinción de la copropiedad se llevaría a cabo ante un Notario si media acuerdo entre ustedes. En el caso en que no llegasen a un acuerdo pueden acudir a una vía judicial para la extinción de la copropiedad; la puede interponer cualquiera de los copropietarios pero debe ir presentada mediante abogado y procurador, con los gastos que el procedimiento puede conllevar. Si a lo largo del mismo no llegan a un acuerdo la copropiedad se disoldrá mediante subasta pública. Atentamente le saluda.

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Hola Anna,

Lo primero que voy a hacer es darte una mala noticia que te puede sorprender: no estás diversificando. Tener dos acciones españolas, un fondo pasivo de EuroStoxx (que además tiene esas dos acciones) y un plan de pensiones de bolsa europea (que posiblemente tenga muchos componentes en común que el ETF) es invertir en bolsa europea, sobreponderando bancos y con muy poca tecnología, salud, materias primas, nuevas megatendencias… Es decir te faltan muchos sectores, países y monedas.

Si haces caso al banco y haces el llamado precio medio cometes dos errores de base (ojo, que por casualidad te podría ir bien): el primero es hacer caso al banco y el segundo pensar que recuperarás y mejorarás tu inversión en los activos que te han hecho perder y sin diversificar realmente.

Es verdad que las bolsas están muy baratas: realmente la mayoría de empresas no valen un 35-45% menos hoy que hace un mes, es cierto que van a tener problemas puntuales pero a corto plazo. En este vídeo (está en mallorquín, pero espero que lo entiendas) explico porqué este impacto para las empresas será mucho más limitado que el pánico generado (por consumo posterior, por política fiscales y monetarias expansivas, por petróleo y por “reconstrucción”:

Hablando de pánico, fíjate en este gráfico:

Verás que cada vez que el miedo sube (VIX) se genera una subida fuerte de bolsa, la mayoría de veces de forma inmediata, no creo que el coronavirus sea una excepción.

Si tienes liquidez, puedes plantearte invertir más pero no en lo que sea, tienes que diversificar de verdad y hacerlo con activos de mucha calidad. Si te sirve de algo, nosotros en Sidiclera SICAV hemos aprovechado para hacer inversiones en sector seguros (fondo de Polar), oncologia (fondo de Candriam), cambio climático (fondo de Nordea), inteligencia artificial (fondo de Equichier) y renta fija emergente (fondo de Aberdeen). Aún así, mantenemos liquidez esperando a detectar un suelo más sólido. Como puedes ver no nos volvemos locos ni invertimos en cualquier cosa, que haya bajadas da oportunidades pero hay que saberlas aprovechar.

En este enlace vamos colgando informes actualizados sobre las consecuencias del coronavirus para las bolsas y la economía en general.

Luis García Langa
Corredordefondos.com

Hola Ángel,

Respecto al precio del petróleo, hay que distinguir si se mueve por la oferta, es decir por los productores, o bien por la demanda, es decir los consumidores.

Si el precio baja debido a la que demanda baja se considera un “indicador adelantado” de la economía ya que, se supone, si hay menos consumo de petroleo es porque la actividad económica se para (hay menos transporte). Eso es negativo, claro está.

Si el precio baja porque la demanda sube no indica nada, simplemente se pone de manifiesto la dificultad de prever la evolución de un activo cuya oferta está en muy pocas manos (los países productores).

Actualmente, el petróleo se mueve por los dos motivos: (i) hay menos demanda por coronavirus, y (ii) menos oferta por peleas internas en la OPEP. Realmente, al menos a corto plazo, que el petróleo baje es bueno para la bolsa (no para las empresas con alguna relación directa con él como productores o distribuidores) porque supone un menos gasto y, por lo tanto, mayores márgenes para las empresas y eso hace que “valgan más”.

Si te fijas en el gráfico, verás que no hay mucha correlación generalmente, pero sí verás que cada vez que hay caídas del petróleo (línea blanca) se produce después una subida en las bolsas (a veces, las caídas y subidas coinciden).

Actualmente hay caídas extraordinarias por coronavirus de bolsas, y coinciden con el petróleo. Estas bajadas de bolsa son irracionales: una empresa no vale un 25-40% menos porque vaya a estar uno o dos meses parados. De hecho, ni siquiera serán dos meses perdidos: habrá consumo que se posponga y además habrá ayudas directas (políticas fiscales que ya han anunciado Alemania, Estados Unidos, China e Italia, e incluso España aunque éstas a todas luces insuficientes todavía) e indirectas vía bajada de tipos de interés; y a eso hay que sumarle la comentada bajada del petróleo.

Evidentemente sin conocerte no te puedo decir que compres más, pero al menos tenlo en cuenta, siempre respetando los principios de diversificación y de inversión en activos de calidad (ya sean acciones o fondos).

Si necesitas más info sobre el coronavirus y los mercados aquí vamos actualizando nuestros análisis.

Un saludo.

Luis García Langa
Corredordefondos.com

Conseguir el 100% del precio de compraventa puede ser posible , pero si no tienes ahorros ni doble garantia  , conseguir el 100% más gastos en una sola hipoteca es imposible.
La única solución es conseguir una hipoteca al 100% y el resto en un préstamo personal. Pero solo lo recomiendo si la suma de ambas cuotas las puedes pagar cómodamente. Quizá sea tu caso , ya que compras muy barato y los gastos son asumibles en una cuota de préstamo personal. Debo decirte que la primera vez que compre vivienda, yo utilice esa misma fórmula y pude comprar.

Ricardo Gulias, CEO de RN Tu Solución hipotecaria.