Una hipoteca en negativo se refiere a la situación teórica en la que el índice de referencia de una hipoteca (habitualmente el Euríbor) más el diferencial pactado resulta en un tipo de interés negativo. Aunque esta posibilidad se ha dado en los últimos años con el Euríbor en negativo, veamos qué implicaciones tiene y cómo lo regula la legislación vigente.
¿Qué pasa si el tipo de interés resulta negativo?
Reducción teórica de la deuda: Si el resultado de sumar Euríbor + diferencial es menor que cero, en teoría, el banco debería descontar esa cantidad del capital pendiente del préstamo.
Práctica bancaria habitual: Las entidades financieras suelen aplicar lo que se conoce como cláusula cero, es decir, no aplican tipos negativos y consideran el interés mínimo aplicable igual a 0%.
La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), establece en su artículo 21.4 lo siguiente:
El interés remuneratorio en dichas operaciones no podrá ser negativo.
Esto implica que, para préstamos contratados bajo el ámbito de aplicación de esta ley (es decir, tras su entrada en vigor el 16 de junio de 2019), no se pueden establecer cláusulas suelo pero los intereses nunca podrán ser negativos
Sin embargo, para contratos firmados antes de la LCCI, esta protección no se aplica de forma automática. En estos casos, puede haber cláusulas contractuales válidas (aunque discutibles desde una óptica de equidad) que impidan al cliente beneficiarse de intereses negativos.
👉 En cualquier caso, es recomendable realizar un análisis detallado del contrato hipotecario con ayuda de un profesional especializado (recomiendo mi despacho, Futur Legal)
Un saludo cordial,
Pau A. Monserrat, economista núm. 618 CEIB
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economía y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.
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