Apreciado Salvador,
La duda que nos planteas es muy lógica y es inteligente: ¿Qué me ofrece más un broker hipotecario “de pago” respecto a un broker hipotecario gratis, para qué valga la pena pagar miles de euros más?
Si filtras por el campo honorarios, en nuestro comparador de intermediarios hipotecarios encontrarás brokers con honorarios mínimos de 0€ y otros que cobran al cliente entre 300€ y 6750€. Muchos otros, por desgracia, no son los transparentes que deberían y no explicitan sus tarifas en sus webs.
Para operaciones “sencillas”, por ejemplo una pareja de funcionarios que compran al 80% de compraventa y con un ratio de endeudamiento del 30%, pagar honorarios a un broker solo tiene sentido si el profesional les puede ofrecer una entidad financiera con condiciones muy especiales. Para este tipo de clientes, el pago a un broker se justifica por el ahorro en tiempo de búsqueda, gestión del expediente hipotecario y negociación con los bancos. Lo que hay que buscar es un profesional de confianza, con años en el mercado hipotecario y que verdaderamente esté especializado en el colectivo en cuestión.
Comparadores-brokers gratuitos como iahorro sirven, siempre y cuando tengan acceso a condiciones óptimas para los clientes “sencillos”. Y el cliente esté dispuesto a hacer buena parte del trabajo, ya que básicamente nos asignan un call center y poco más.
Para gestionar hipotecas más “complejas”, sea por el tipo de cliente que solicita financiación (autónomos, no residentes, temporales, indefinidos con una vida laboral inestable, ahorros insuficientes…) o por el tipo de inmueble (viviendas rústicas, hipotecas autopromotor, urbanas con problemas registrales que hay que solucionar antes…), los brokers gratuitos, salvo excepciones que no conozco, no sirven. Vale la pena pagar honorarios a un intermediario profesional y especializado en nuestro tipo de solicitud de financiación.
Para elegir el broker, conviene analizar su cumplimiento normativo (alta en Banco de España, información precontractual en su página web correcta, contrato de intermediación que cumpla escrupulosamente con la Ley 5/2019, etc), la experiencia de la empresa y de los profesionales que gestionan nuestro caso (mirar formación en LinkedIn), así como las reseñas de sus clientes y opiniones de otras webs fiables.
Saludos cordiales!
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