Lejos de pretender ser un gurú de la economía y sin tener la bola mágica, en mi humilde opinión y con la intención de ser de tu ayuda, creo que los valores durante los años 2016, 2017 y 2018 crecieron todo lo que podían hacerlo y no hay lugar para más, teniendo en cuenta mucho factores, el primero y para mí más importante la entrada en vigencia de la nueva ley hipotecaria y que se gestó durante la crisis y se debió al otorgamiento indiscriminado de créditos por parte de las entidades bancarias, hasta el 120% de financiación, antes del 2008; con la actual ley justamente lo que se pretende es conscienciar al consumidor incauto de la responsabilidad que significa contratar una hipoteca por tantos años y los bancos financiar sólo el 80% (hay alguno que financie hasta el 90% pero son los menos).

Además, opino que nuestro país a diferencia de otros de la CE sigue siendo el destino de mucha inmigración, la construcción no está siendo la de antes del 2008, no está soportando la oferta toda la demanda del crecimiento de la población y la llegada de gente de fuera.

Es muy cierto que la tasa de interés debe de subir, la Euribor lleva en niveles negativos de hacen ya algunos años es una cuestión impensable y aunque la subida debiera alcanzar entre 0,5% y el 1%, sin embargo, lejos estará del estallido de la gran crisis en que la tasa de interés (Euribor + diferencial) alcanzó valores tan elevados de 5,35%.

No veo indicios económicos de un estallido de una nueva burbuja de precios en las viviendas en España, todo al contrario, creo que la vivienda subió de precio todo lo podía subir y ahora mismo estamos viendo un estancamiento de sus precios.

Teniendo en cuenta además la diferencia entre CCAA, la de Madrid, Cataluña y Baleares que lideran estas subidas ya están percibiendo ese freno en su aumento y ya nos están llegando noticias de precios (Agora MLS de la que participamos como inmobiliaria) que se están cerrando en un 10 y hasta un 20% menos del precio publicado, creo justamente que la tendencia es al revés más de estancamiento de precios.

Luis Alberto Echegoyen, Gestor administrativo colegiado.

La hipoteca Naranja Variable ING a 9 de diciembre de 2019 sigue ofreciendo un tipo variable nominal de Euribor + 1,11% (TAE variable de 1,60%) si domiciliamos nómina y aceptamos el sobrecoste de sus seguros de hogar y vida (recomiendo leer bien la póliza para evitar contratar un mal seguro y pedir a una aseguradora externa o mediador de seguros que nos haga un presupuesto de seguro, para comparar).

ING ya no es el banco más barato en materia de hipotecas variables y tampoco ofrece una hipoteca ING fija, por lo que recomiendo no quedarse a la primera con este banco y buscar mejores alternativas, que las hay, si se es funcionario.

Los intermediarios de crédito inmobiliario seleccionados por nuestro portal, a cambio de unos honorarios si se firma la hipoteca con una entidad financiera, ofrecen un servicio hipotecario de máximo valor añadido para los funcionarios (si rellenas este formulario sin compromiso te pondremos en contacto con algunos de los mejores intermediarios hipotecarios de España):

  1. Se encargan de gestionar todo el proceso hipotecario por ti, desde la recopilación de documentación a la negociación con los bancos, pasando por la solicitud de la tasación y el acompañamiento el día de la firma.
  2. Te ofrecen las mejores condiciones en préstamos hipotecarios para funcionarios del mercado, por su capacidad de negociación y conocimiento profundo del mercado.

Un “llave en manos” hipotecario.

Apreciada Vicenta,

Las partes sois libres de decidir cuál es la contraprestación económica a percibir a cambio de la adjudicación del porcentaje de copropiedad del inmueble del otro, no estando obligado a abonar una compensación económica en metálico.

Deberéis formalizar la escritura de extinción de condominio ante Notario y los costes a los que deberás hacer frente son la factura del Notario, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados y la inscripción registral de la vivienda.

Para el cálculo del coste de dicha operación se hace necesario conocer el importe de adjudicación que se establecerá en le escritura notarial.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Apreciado José Miguel,

Si dicha propiedad ha constituido el domicilio familiar y no os habéis divorciado judicialmente, podéis incluir en el convenio regulador de divorcio, en el apartado de liquidación del régimen económico matrimonial, la adjudicación a favor de uno de vosotros de dicho inmueble.

Si realizáis la adjudicación por esta vía, el testimonio de la Sentencia junto con el convenio regulador que se acompaña sería el documento a inscribir en el Registro de la Propiedad. Para ello deberéis aportar dicho testimonio junto con una certificación literal de matrimonio en la que conste inscrito el divorcio, y el testimonio debe liquidarse previamente en la Agencia Tributaria y en Plusvalía Municipal, si bien, al realizarlo por esta vía, se está exento del pago de transmisiones patrimoniales al igual que de la plusvalía, con lo cual los costes son los honorarios de abogado y procurador por la tramitación del divorcio y el coste de la inscripción de la propiedad en el Registro de la Propiedad a favor de uno de vosotros.

Si no podéis realizarlo por la vía anteriormente explicada, debéis acudir a un Notario para formalizar la escritura de extinción de la copropiedad. En este segundo supuesto los costes a los cuales tenéis que hacer frente son: la factura del Notario, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y el coste de la inscripción de la propiedad en el Registro.

En ambos casos deberéis acordar el precio de dicho inmueble a través de cualquier método que decidáis, ya sea una tasación, un estudio de mercado de viviendas análogas en la zona y de las mismas características etc….pero que os debéis asegurar que estaréis conformes en el resultado de dicha valoración.

Respecto a la repercusión fiscal de dicha operación os aconsejo que os dirijáis a un profesional especializado en la materia.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Lo veo muy complicado.

Ves con las escrituras a un notario y que te diga si hay posibilidad de hipotecar un bien en estas condiciones.

saludos.

Buenas tardes,

Al no estar casados sólo puede extinguir el condominio acudiendo a un Notario. Respecto a los gastos deberá abonar el impuesto de actos jurídicos documentados, que varía en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre, la factura del Notario y la inscripción registral.

El cálculo de los impuestos va en función de la valoración que se le otorgue a la mitad de la propiedad que quiere adquirir.

Reciba un cordial saludo,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Hola,

Los bancos conceden las hipotecas siempre y cuando cumplamos al menos 2 requisitos: El primero que demostremos que podemos hacer frente al pago de la hipoteca y el segundo que aportemos a la compra como mínimo el 10% del precio más los gastos de escritura.

Dado que no disponéis del dinero necesario pero sí que disponéis de otra vivienda en propiedad con una hipoteca residual, sí que es una buena opción lo que propones y no deberías tener ningún problema en que te concedan la hipoteca.

Te recomiendo que consultes con un broker hipotecario ademas de con tu banco, ya que estoy muy seguro que un broker te ofrecerá mejore condiciones que tu banco y con menores vinculaciones. Esto es debido a que dado que de entrada no cumples con los requisitos mínimos te ofrecerán una hipoteca con mayor precio.

Antonio Beltrán Moreno
CEO | Hipotecas Plus
Tel.: 932 153 300
Móvil: 639 667 225
www.hipotecasplus.es

Hola,

En la pregunta no indicas cuál es el precio del inmueble que deseas comprar así que es difícil indicarte si el banco os concederá la hipoteca o no.

Mi recomendación es que esperéis a ver la evolución del negocio de tu pareja, ver que cada mes podéis contar con unos ingresos fijos de al menos 1.000 €. Para ello deberíais esperar 2 años en realizar la compra. Este es el plazo que los bancos consideran que un autónomo tiene mas o menos consolidado su negocio.

Que tu suegra os pueda ayudar es estupendo y llegado el momento ira muy bien, pero obtener una hipoteca contando de forma esencial con la ayuda de tu suegra, es ponerte en un compromiso que a la largo si las cosas no van bien, habida cuenta de vuestros ingresos os podéis acabar arrepintiendo. Piensa además que la dificultad en relación a tu pareja no es que no gane dinero sino que necesite poner dinero para cubrir los gastos.

Antonio Beltrán Moreno
CEO | Hipotecas Plus
Tel.: 932 153 300
www.hipotecasplus.es

Buenos días. Aunque me faltan datos y no soy un experto en derecho inmobiliario lo que planteas me genera muchas dudas. Tal y como lo describes parece que el caserío original si tenía sus licencia y era legal, pero la subdivisión que señalas está fuera de la ordenación o no tuvo licencia. Por ello, al considerarse un bien indivisible, cualquier compraventa tiene que ser por la totalidad.

Que sea tolerada no da seguridad jurídica ninguna ya que lo que suele significar es que ha prescrito el plazo de reclamación pero esto no significa que la administración desista en que vuelva a su estado original y por ello la tendencia o actuación más común es dejar que el inmueble se “arruine”, no permitiendo obras de rehabilitación.

Sí puede que un constructor le interese para derribarlo y hacer otra construcción. En tus cálculos está que para satisfacer a todas las partes pagarán un precio alto ¿Y si es insuficiente o no quiere otra de las partes?

Por todo ello creo que debes considerar la compra porque es un inmueble que no deja de estar en una situación irregular y la operación es bastante especulativa y de un riesgo elevado.

Apreciado Ruben,

Un intermediario hipotecario experto analizará tu caso y te dará una respuesta profesional al respecto, sin compromiso.

Si rellenas nuestro formulario te pondremos en contacto con un intermediario de Barcelona.

saludos cordiales.