Estimado Matías,
En su caso nos encontramos por un lado, con una cuestión jurídica en cuanto a la voluntad de obtener la GOLDEN VISA por medio de la adquisición de un bien inmueble con una inversión de al menos 500.000€ y por otro, en cuanto a la hipoteca que va a solicitar, que se encuentra dentro de las denominadas hipotecas en moneda extranjera regidas por la Ley 5/2019 de Contratos de Crédito Inmobiliario al percibir sus ingresos en una divisa diferente al Euro.
Hay entidades financieras que pueden atender sus dos necesidades y hacerlas compatibles simultáneamente, financiando la diferencia entre el precio de venta y los 500.000€ que se exigen de inversión mínima. Es decir, si adquiere una vivienda cuyo valor es de 1.200.000€, como máximo puede hipotecarla con un capital de 700.0000€ y aportar la diferencia y los gastos de compraventa con fondos propios.
Esta tipología de hipotecas no las comercializan todas las entidades debido a su complejidad jurídica y a los derechos que otorga la normativa al prestatario, sobre todo el relativo al de conversión a la divisa donde aquel tenga su principal centro de intereses en el momento de la concesión. Las entidades que sí conceden estas hipotecas no suelen superar como máximo el 70% de financiación sobre el valor de compra, siempre y cuando la divisa del país del solicitante sea considerada fiable para el banco -sólo suelen entrar con el dólar americano, dólar canadiense, franco suizo, libra esterlina y las coronas de los países nórdicos-. De forma minoritaria alguna entidad bancaria también acepta el Peso Mexicano o las divisas de Arabia Saudí y Emiratos Árabes.
Santiago Cruz del Pozo, Colaborador de Futur Finances y CEO en Ibercredit Consulting Hipotecario.
Consultor Hipotecario y CEO de Ibercredit Consulting Hipotecario.
La intermediación de un bróker hipotecario se basa en la elección de la entidad bancaria que mejor se adapte a las necesidades y preferencias del consumidor. No entiendo la intermediación sin saber lo que necesita y busca el consumidor y sin conocer de forma exhaustiva a las entidades bancarias por parte del intermediario. La inscripción del ICI en Banco de Españas otorga garantías a las dos partes, consumidor y banco.
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