Apreciada Verónica,
Si usted quiere quedarse el porcentaje de copropiedad de su pareja y la misma está gravada con un préstamo hipotecario, si usted se va a hacer cargo del préstamo hipotecario, la contraprestación económica por la mitad de la propiedad de su pareja es precisamente el capital pendiente de amortización.
Respecto a los gastos que lleva aparejados una extinción de la copropiedad son la factura del Notario, el Impuesto de Actos JurÃdicos Documentados y la factura del Registro de la Propiedad.
Respecto a los posibles problemas fiscales que pudiese haber, le aconsejo que recabe asesoramiento fiscal especializado, si bien lo que se debe tener en cuenta es que entre la valoración económica del bien objeto de división y la cantidad a compensar económicamente por dicha adjudicación no se produzca un exceso de adjudicación a una de las partes.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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