Buenas tardes. Yo no incluiría en los gastos el de cancelación, ya que su destino no ha sido el pago de la vivienda habitual, los otros son más “defendibles”, pero pueden ser discutidos por la Agencia Tributaria, ya que si es cierto que el origen de la hipoteca es financiar una compra de vivienda habitual, ya desgravaría por ese concepto.
Con respecto a la segunda pregunta, la Agencia Tributaria permite introducir más de un préstamo, identificando cada uno de ellos. De hecho muchos contribuyentes lo hacen todos los años porque por ejemplo su primera hipoteca proviene de un préstamo subrogado que luego ampliaron y por tanto tiene dos códigos de identificación.
Licenciando en Administración y Dirección de Empresas (UAM). Grado en Geografía e Historia (UNED).
Master en Métodos y Técnicas de Investigación Histórica, Artística y Geográfica (UNED). Doctorado por la UNED.
Experto independiente de Futur Finances. Redactor de contenidos económicos en multitud de portales de Internet y divulgador de finanzas personales en medios de comunicación.
Investigador de mercados.
“Un consumidor bien informado toma mejores decisiones de financiación, inversión y relacionada con la fiscalidad. Antes de asumir cualquier obligación relevante, como contratar una hipoteca, debe acudir a las mejores fuentes de información y apoyarse en un asesoramiento independiente experto.”
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