Buenos d铆as,
De la informaci贸n facilitada en su consulta lo primero que le aconsejo es que verifique si la hipoteca estaba cubierta por un seguro de vida, puesto que la muerte de uno de los prestatarios har铆a que el seguro cubriese la garant铆a de lo que asegura, en el presente caso, parte del pr茅stamo hipotecario (las coberturas dependen del clausulado pactado).
Independientemente de lo comentado en el p谩rrafo anterior, una de las partes prestatarias ha fallecido, con lo cual la parte que adeuda deber谩 ser cubierta por los herederos, en este caso, su madre, independientemente que el banco actualice sus datos o no.
Usted seguir谩 como parte prestataria del pr茅stamo junto con la heredera de su expareja, es decir, su madre, y si alguna parte deja de pagar, la obligaci贸n de pago del cr茅dito hipotecario es solidaria, es decir, que el banco, ante una situaci贸n de impago, le puede reclamar el mismo a cualquiera de las dos partes obligadas.
Y todo lo expuesto es independiente de qui茅n resida en la vivienda, puesto que se debe diferenciar entre la propiedad de dicha vivienda, su uso y el contrato de cr茅dito hipotecario.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada experta en herencias de Futur Legal.
Marina Mullor es abogada civilita en Futur Legal y experta jur铆dica en Futur Finances.
Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Baleares.
Licenciada en Derecho por la Universidad de les Illes Balears (UIB).
M谩ster en mediaci贸n familiar, civil y mercantil (UIB).
“Cuando se decide invertir en vivienda y se realiza a trav茅s de un pr茅stamo hipotecario, tener un equipo de profesionales a tu lado que puedan acompa帽arte en dicha decisi贸n puede evitarte muchos disgustos futuros. En Futur Finances y Futur Legal te ayudamos a acertar en la inversi贸n.”
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