Apreciada Carmen,
Del contenido de tu consulta entiendo que si en la sentencia de divorcio no abordasteis el tema de la liquidación del régimen económico matrimonial, y por lo tanto, la división y posterior adjudicación de la vivienda que ha constituido el domicilio familiar, podéis suscribir un nuevo convenio que recoja dicho punto y homologarlo judicialmente.
Dicho convenio, una vez expedido el testimonio por parte del Juzgado que conozca del asunto, podrá ser presentado en el Registro de la Propiedad para inscribir el acuerdo de adjudicación respecto a la propiedad.
Recibe un cordial saludo,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
Marina Mullor es abogada civilita en Futur Legal y experta jurídica en Futur Finances.
Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Baleares.
Licenciada en Derecho por la Universidad de les Illes Balears (UIB).
Máster en mediación familiar, civil y mercantil (UIB).
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