Aprovechando mi participación hoy en Ona Mallorca, junto a Carlos Hernández, la radio de [M], intentaré definir de qué hablamos cuando mencionamos la prima de riesgo de España.

En YaEncontre, el comparador de productos financieros iAhorro.com nos explica con bastante claridad la prima de riesgos y sus posibles efectos en el coste de las hipotecas.

La prima de riesgos es el diferencial de rentabilidad que se paga por los bonos de España a 10 años (deuda pública), respecto al bono a 10 años alemán, en el mercado secundario.

Por una parte se puede comprar deuda pública directamente acudiendo a una de las subastas que hace el Tesoro Público (hoy ha habido una subasta de deuda a 3 años y 4 años en la que la rentabilidad exigida por los inversores ha alcanzado el 4,81%) o comprando y vendiendo deuda pública en el mercado secundario (esta rentabilidad es la que se toma para calcular la prima de riesgo, que hoy está al 6,2%, 393 puntos básicos de prima de riesgo).

A más diferencia entre la rentabilidad que tenemos que pagar por nuestra deuda respecto a la alemana, más riesgo de insolvencia (no pagar en tiempo y modo) perciben los inversores (los mercados).

Carlos Hernández se hace eco de las acusaciones que se hacen a las agencias de rating y sus errores. Sin entrar a negar sus argumentos, me quedo con la versión de Daniel Lacalle en Cotizalia: El Mercado no ataca. Se defiende.

Dos temas muy relacionados han sido tratados en la semana FinancialRed:

La intervención de la CAM, otro desastre financiero nacional encubierto hasta el final. ¿No es extraño que las entidades quebradas no presenten pérdidas en sus cuentas anuales?

Los contribuyentes estamos pagando la crisis financiera, en gran parte propiciada por la mala gestión de las entidades financieras. ¿Y pagan algo los culpables directos e indirectos de ésta?

Inspirado en el post de Marc Garrigasait, buen amigo y excepcional gestor de fondos, trato la injusticia de que los que han quebrado las entidades financieras con su gestión, los directivos intermedios que han ejecutado esas políticas de riesgos desastrosas, los compradores de cuotas participativas (accionistas en una caja de ahorros, para entendernos) y demás responsables no pagan por sus errores.

El FROB, financiado con dinero presente y futuro de todos los contribuyentes, no muestra la transparencia que debería, y además no parece que esté controlando adecuadamente lo que hacen las entidades financieras con nuestro dinero.

Dado que se inyecta dinero público, quiero saber qué parte de mis impuestos han ido a qué bancos, para saber el porcentaje de cada uno que poseo.

Imagen | gnuckx

Las herramientas que pone Internet a nuestra disposición para encontrar la mejor hipoteca, que en resumen son:

  1. Los buscadores. Sin duda Google es el inicio de cualquier búsqueda de información. No es un canal de información en sí mismo, vendría a ser al directorio clasificado más potente del mundo.
  2. Blogs y portales financieros cuya temática se centre en el mundo hipotecario. Utilicemos directorios de blogs como Wikio.es nos ayudarán a encontrar los mejores contenidos, y si nos suscribimos a los más interesantes recibiremos las últimas novedades.
  3. Comparadores de hipotecas, como sería iahorro.com; Este tipo de herramientas online han introducido mayor competencia entre las entidades financieras, que promueve mejores condiciones de sus productos. Es un escaparate cualificado e independiente que permite que los bancos proporcionen la información detallada de sus mejores hipotecas. Y el cliente puede obtener una selección de las que mejor se adaptan a su perfil introduciendo algunos datos sobre sus requerimientos de financiación.
  4. Foros y comunidades financieras. Con las anteriores herramientas hemos obtenido una información muy valiosa sobre el producto, de fuentes independientes. Ahora toca contrastar esta información con gente como nosotros que han contratado una hipoteca con un banco determinado. Uno de los foros que suelo visitar para estos menesteres es el foro de Euribor.
  5. Redes sociales específicas de finanzas (al estilo Unience o Impok) y generalistas (Facebook, Twitter, Google +). En las redes sociales se puede obtener fuentes de información hipotecaria útiles (en determinados grupos o páginas de Facebook, siguiendo algunas cuentas de Twitter, por ejemplo) y, además, contactar con personas que han contratado la hipoteca que nos interesa o se ha informado sobre ella.

Espero que la lectura de estos contenidos económicos sea de vuestro interés.

David Soler es un consultor 2.0 muy reputado en la Red y fuera de ella.

Mediante su perfil en Facebook he descubierto esta entrevista sobre la creación de comunidades virtuales que me parece será muy útil para todos, profesionales o aficionados del mundo online.

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Tres han sido los temas tratados en Euribor Blog esta semana por un servidor:

Resumiendo la utilización profesional de varias redes sociales, comentar:

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Leyendo el artículo de mi compañero Pau A. Monserrat, ¨la responsabilidad individual importa para salir de la crisis¨ en Euribor Blog, recuerdo mis años de estudiantes en que en la Facultad de Ciencias Económicas me inculcaron una sola idea: la de la Ley del mercado y, salvo escasas excepciones de intervención estatal, sólo lo privado funciona. En este sentido la banca es el mejor ejemplo de que las actividad financieras alcanzan su mayor esplendor si son guiadas por manos privadas y no públicas (sin embargo existen las cajas).

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De la crisis se sale con esfuerzo.

Sin duda esta crisis económica no la hemos iniciado ninguno de nosotros ni vamos a salir de ella individualmente. Hay agentes económicos externos que apenas podemos entender. Grupos de poder que manejan los hilos del mundo, fuera de nuestro control.

La responsabilidad individual la hemos dejado de lado, aceptando que no podemos influir en un mundo globalizado. Acatamos como borregos lo que ocurre a nuestro alrededor, y los chacales controlan el mundo porque les dejamos. Y no al revés: no es cierto que debido a que los chacales nos controlan no podemos hacer nada.

Es porque no hacemos nada que los chacales lo hacen por nosotros.

La psicopatía y la empresa.

Los criterios principales para el diagnóstico psiquiátrico del trastorno antisocial de la personalidad (psicopatía) son:

Un patrón general de desprecio de los derechos de los demás presente ya desde los 15 años, que se podrá inferir si cumple al menos 3 de los siguientes ítems:

 

  1. fracaso para adaptarse a las normas sociales en lo que respecta al comportamiento legal, como lo indica el perpetrar repetidamente actos que son motivo de detención.
  2. deshonestidad, indicada por mentir repetidamente, utilizar un alias, estafar a otros para obtener un beneficio personal o por placer.
  3. impulsividad o incapacidad para planificar el futuro.
  4. irritabilidad y agresividad, indicados por peleas físicas repetidas o agresiones.
  5. despreocupación imprudente por su seguridad o la de los demás.
  6. irresponsabilidad persistente, indicada por la incapacidad de mantener un trabajo con constancia o de hacerse cargo de obligaciones económicas.
  7. falta de remordimientos, como lo indica la indiferencia o la justificación del haber dañado, maltratado o robado a otros.

Y finalmente, esta semana en Euribor Blog también hemos hablado de la nueva hipoteca Bankinter con cláusula de dación en pago incorporada (y la hemos cuestionado).

Como parte del equipo del comparador de depósitos, hipotecas y otros productos financieros, iahorro.com, he tenido la posibilidad de participar en el portal financiero de primer nivel Invertia.

Por una parte hemos opinado sobre la nueva hipoteca que permite la dación en pago. Bankinter se adelanta a sus competidores anunciando una hipoteca en que el cliente salda la deuda entregando la vivienda habitual.

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Ayer  15 de julio de 2011 la EBA daba a conocer los resultados de las pruebas de estrés efectuadas a los bancos y cajas de toda Europa.

90 entidades, después de la deserción a última hora del banco alemán Helaba, entre las cuales 25 son españolas, han sido sometidos al examen de solvencia.

La crítica básica que podemos hacer de estas pruebas de estrés es que se basan en hacer proyecciones de la evolución de las magnitudes de los balances presentados por las entidades financieras, un escenario de magnitudes macroeconómicas base y un escenario adverso:

  • Caída del PIB del 2,1% en dos años.
  • Se estima que la vivienda caería un 21,9% adicional, pese a que ya lleva un ajuste del 21,4% desde el pico de la burbuja.
  • Las pérdidas hipotecarias subirían un 106,3%.
  • La morosidad en el crédito al consumo aumentaría las pérdidas bancarias en un 152,9%.
  • Y las pérdidas por financiación de empresas ascenderían un 123%.

Aparte de las críticas de los bancos y cajas españolas de que no se incluyan las provisiones genéricas, hay un problema de base: si los balances bancarios, en cuanto a la valoración de los activos y los pasivos, no reflejan adecuadamente la realidad, cualquier conclusión que se saque en base a ellos pierde sentido y credibilidad.

Sin ir más lejos, los capitales exigen rebajas del 50% del valor en libros (balances) para participar en la OPS de Bankia. Si los mercados no se creen los balances bancarios, ¿nos tenemos que creer los resultados basados en ellos?

Resultados individuales test estrés España

4 cajas y un banco no has superado la línea de corte, marcada este año en el 5% de core Tier 1 (capital básico):

  1. Banca March: 23,3% de core Tier 1 / 27,8% con provisiones genéricas no computadas para el test.
  2. Kutxa: 10,1% / 10,5%
  3. Unicaja: 9,4% / 12,2%
  4. BBVA: 9,2% / 10,2%
  5. BBK: 8,8% / 11,3%
  6. Caja Vital Kutxa: 8,7% / 9,2%
  7. Banco Santander: 8,4% / 8,9%
  8. Caja España-Caja Duero: 7,3% / 8,4%
  9. Effibank: 6,8% / 8,3%
  10. Ibercaja: 6,7% / 7,3%
  11. La Caixa: 6,4% / 9,1%
  12. Colonya: 6,2% / 8%
  13. Mare Nostrum: 6,1% / 9,3%
  14. Banco de Sabadell: 5,7% / 8,0%
  15. Banca Cívica: 5,6% / 9,4%
  16. Ontinyent: 5,6% / 7,2%
  17. Bankia: 5,4% / 6,5%
  18. Banco Popular: 5,3% / 7,4%
  19. Bankinter: 5,3% / 6,8%
  20. Novacaixagalicia: 5,3% / 6,5%
  21. CatalunyaCaixa: 4,8% / 6,3%
  22. UNNIM: 4,5% / 6,2%
  23. Caja 3: 4% / 6,6%
  24. Banco Pastor: 3,3% / 5,6%
  25. CAM: 3% / 5,1%

Una duda bastante frecuente entre los no residentes (españoles o extranjeros que no residen en España) se refiere a la apertura de cuentas corrientes en nuestro país: las cuentas de no residentes (non resident accounts).
José Luís López, buen amigo y experto en banca, nos ha dejado transcribir el contenido de su blog LaBancaPrivada.com en la gran familia de blogs que es Financialred.

Criterios para ser considerado no residente

  • Permanencia durante más de 183 días. Se entenderá que una persona tiene su residencia habitual en territorio español cuando permanezca en España más de 183 días durante el año natural. Para determinar el periodo de permanencia en España se computarán las ausencias esporádicas, salvo que el contribuyente acredite su residencia fiscal en otro país.
  • Centro de intereses económicos. Una persona se entenderá residente cuando radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.
  • Residencia del cónyuge e hijos menores. En tercer lugar, y salvo prueba en contrario, se presumirá que el contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando, de acuerdo con los dos criterios anteriores, el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de aquél residan habitualmente en España.
  • Las personas de nacionalidad española, su cónyuge no separado legalmente y sus hijos menores de edad que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por su condición de miembros de oficinas diplomáticas o consulares, titulares de cargo o empleo oficial del Estado español o funcionarios en activo que ejerzan en el extranjero cargo o empleo oficial.
  • No perderán la condición de contribuyentes las personas físicas de nacionalidad española que acrediten su nueva residencia en un paraíso fiscal durante el periodo impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y los cuatro periodos impositivos siguientes, con la salvedad de que se trate de trabajadores asalariados que adquieran su residencia fiscal en el Principado de Andorra, cumpliéndose una serie de requisitos

He de comentar que a efectos fiscales lo que realmente importa es la residencia, no la nacionalidad. A tal efecto nos podemos encontrar para este tipo de cuentas con:

  1. Personas extranjeras que no residen en España
  2. Personas españolas con residencia en otro país.

Requisitos para la apertura de una cuenta o depósito a plazo de no residentes

Dependerán si son de una característica o bien de otra de las arriba indicadas.
En el primer caso, según la ley, con la identificación de cliente a través de su pasaporte o documento de identidad ( por ejemplo de un país comunitario ) sería el principal documento requerido.

Para el segundo de los casos, es decir el de españoles con residencia en otros países haría falta el DNI español y un certificado de residencia emitido por el Consulado de España del país de residencia del titular.

Además se requerirá los siguientes documentos en todos los casos:

  • Declaración de residencia fiscal en impreso que le proporcionara la misma entidad financiera.
  • Y posiblemente algún documento como referencias bancarias, carta de presentación emitida por su entidad financiera en el extranjero o similar, a fin de facilitar el conocimiento del cliente.

Las cuentas podran ser aperturadas en cualquier divisa que se desee, siendo completamente operativas.

Aspectos a tener en cuenta

  • Tanto el certificado y la declaración de residencia se ha de renovar cada dos años.
  • El incumplimiento de la no renovación del certificado de residencia implicaría el bloqueo de la cuenta hasta la presentación del nuevo o su cancelación y apertura de una cuenta residente española en caso de residir ya en España.
  • Si es la declaración de residencia fiscal la que nos falta renovar, los intereses de la cuenta se abonarían con la retención de 19% que marca la ley.
  • Por último en caso que el Ministerio del Interior detectara que el titular de la cuenta reside ya aquí, y por lo tanto tiene la residencia española, se procedería también a su bloqueo hasta su regularización

Otros aspectos:

  1. Todos los titulares de las cuentas han de tener la naturaleza de no residentes.
  2. En caso de haber un autorizado ha de formalizarse con poderes notariales a excepción de:
  • Que el titular de la cuenta sea una persona física española no residente.
  • Que las personas autorizadas por el titular para disponer de la cuenta sean el cónyuge o familiares del titular en primer grado, y que residan en España.

José Luis López