Buenas tardes Raul, el valor de compra de ese 50% es lo que usted ha pagado por ese 50%, con lo que además de la deuda que haya asumido tiene que sumar los 28.000 euros que ha desembolsado a la deuda que quede pendiente del la vivienda.
Lo que ocurre es que en este caso, al adquirir ese 50%, usted no tiene aún una ganancia o pérdida patrimonial, si la tiene su ex conyuge, porque usted está comprando la vivienda no la está vendiendo, no tiene ningún resultado. Pero sí debe considerar ese desembolso como mayor valor de adquisición para futuras ventas.
Licenciando en Administración y Dirección de Empresas (UAM). Grado en Geografía e Historia (UNED).
Master en Métodos y Técnicas de Investigación Histórica, Artística y Geográfica (UNED). Doctorado por la UNED.
Experto independiente de Futur Finances. Redactor de contenidos económicos en multitud de portales de Internet y divulgador de finanzas personales en medios de comunicación.
Investigador de mercados.
“Un consumidor bien informado toma mejores decisiones de financiación, inversión y relacionada con la fiscalidad. Antes de asumir cualquier obligación relevante, como contratar una hipoteca, debe acudir a las mejores fuentes de información y apoyarse en un asesoramiento independiente experto.”

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