Apreciat Sergi,

Lo primero confesar que soy poco futbolero, razón por la cual mis conocimientos de los efectos económicos del ascenso del Real Mallorca a primera se limitan a la teoría de cómo afecta que una empresa radicada en Mallorca vaya a ganar más dinero (o al menos a ingresar más dinero). Para profundizar en el tema te recomiendo escuches a Luis García Langa (experto de este foro) en Canal 4, aquí.

El Mallorca va a ingresar más dinero, lo que se supone redundará en el pago de más tributos a las Illes Balears. También entiendo supondrá contratar más gente y/o sueldos más altos, con el efecto positivo que ello conlleva.

Que el Mallorca esté en primera supondrá más publicidad para las Illes, al verse los partidos por todo el mundo. Es un beneficio promocional que beneficia a nuestra industria turística.

Hola Doris,

Todas las hipotecas para no residentes tienen en común los siguientes aspectos:

  1. Que se debe aportar mínimos el 30% del precio de compra mas los gastos de escritura.
  2. Que la cuota no debe superar el 40% de los ingresos de los compradores, teniendo presente otros préstamos en el país donde resida incluyendo el alquiler.

A partir de estas dos premisas, en función de sus ingresos, renta disponible que le sobra después de pagar la hipoteca, actividad profesional a la que se dedique la mayoría de los bancos españoles ofrecen una hipoteca a medida. Para encontrar que banco es el mas adecuado es necesario solicitar la hipoteca y la forma mas rápida y clara es a través de un broker hipotecario. Te aconsejo rellenar el formulario de Futur Finances si quieres que contactemos contigo.

Antonio Beltrán Moreno
CEO | Hipotecas Plus
Tel.: 932 153 300
Móvil: 639 667 225
www.hipotecasplus.es
email: ab@hipotecasplus.es
C/ Rambla de Catalunya, 66, 5 G – H
Barcelona CP 08007

Lo primero que hay que tener claro es que un español que trabaja fuera del país y, por tanto, tiene la residencia fiscal fuera, para los bancos es un no residente. Es importante, por tanto, saber en qué país resides, qué tipo de ingresos tienes y los ahorros que vas a poder aportar para comprar una casa en España.

También sería importante saber si algún familiar en España puede avalar la operación.

A la espera de que alguno de los intermediarios de crédito inmobiliario del panel respondan, te invito a:

saludos cordiales.

En estos momentos (julio de 2019) no hay ningún banco que vaya por encima del 80% del valor de tasación y, normalmente, además solo financian el 80% del valor de compraventa, con algunas excepciones como la hipoteca 100% de compra de ING.

Solo conozco una entidad financiera que concedía hipotecas al 120% del valor de tasación en la época de burbuja inmobiliaria precedente a la gran crisis que hemos vivido: DB Credit, como explico en este artículo de El País.

Disculpa que no te haya respondido nadie antes. Se les habrá pasado a nuestros expertos hipotecarios contestarte. Verás en el artículo que te enlazo a continuación los profesionales que pueden prestar un servicio de asesoramiento hipotecario tras la Ley 5/2019.

Pueden ser asesores de crédito inmobiliario los prestamistas inmobiliarios (si asesoran sobre préstamos hipotecarios de otros prestamistas, aparte de los suyos), los intermediarios de crédito inmobiliario y sus representantes designados. La Ley 5/2019 entiendo permite que las inmobiliarias, si cumplen con los requisitos de formación y transparencia de la Ley, también pueden ser asesores hipotecarios (si bien me aseguraría siempre de la formación de la persona que nos atiende). Otros profesionales, como economistas o abogados, se supone podemos ser asesores hipotecarios, cumpliendo con los requisitos de la Ley 5/2019, si bien no queda muy claro el mecanismo.

Para profundizar sobre la nueva normativa hipotecaria recomiendo el libro de Wolter Kluwers en el que he participado: Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario.

Si quieres contactar con asesores hipotecarios seleccionados, rellena este formulario, sin compromiso.

Veamos las condiciones de la hipoteca Naranja de ING tras la Ley 5/2019, que obliga a ofrecer las condiciones que ofrecen los bancos con vinculación y sin vinculación:

  • Si contratamos la hipoteca de ING y domiciliamos la nómina y contratamos el seguro de vida y de hogar con su aseguradora (Nationale-Nederlanden): Euribor + 1,11%. Después del primer año de un tipo fijo del 1,99% nominal, las cuotas varían semestralmente.
  • Si domiciliamos nómina y contratamos el seguro de hogar: Euribor + 1,51%.
  • Si no nos vinculamos en absoluto con ING: Euribor + 1,91%.

El inmueble ha de valer al menos 50.000 euros y el plazo va de 8 años a 40 años.

Siguen financiando el 80% del valor de tasación. Hasta la fecha (julio de 2019) sigue limitando el importe total concedido al 100% de compraventa, si bien ahora los gastos que ha de pagar el cliente son menores (ya que los gastos de registro, notaría, tasación, gestoría y el IAJD correspondientes a la hipoteca los paga ING, de acuerdo con la Ley 5/2019).

Si buscas la mejor hipoteca al 100%, solicita información a los intermediarios de crédito inmobiliario que colaboran con Futur Finances rellenando este formulario sin compromiso.

Hay unos límites inembargables. Consulta al administrador concursal y según te diga, nos comentas.

Apreciado Santiago. Hace apenas unos días presenté un informe pericial de una hipoteca de cuota creciente cuyas cuotas crecían a razón de un 2,5% anual respecto a la primera mensualidad, siempre que el resultado de este cálculo no produjera una cuota inferior a la cuota de intereses, en cuyo caso se aplicaba la cuota de intereses.

No conozco ninguna calculadora de cuotas crecientes que se adapte a la multiplicidad de casos que existen en el mercado.

Podría hacer una simulación si me dijeras el euribor que toma el banco en cada revisión y la primera cuota que en su día cobró el banco.

Nosotros no ofrecemos este tipo de negociación extrajudicial con los bancos. Busca una asociación de consumidores o abogados que estén especializados en negociaciones de este tipo.

Saludos cordiales y suerte!

Hasta el año 2020 (declaración del 2019) no tiene que informar sobre el cambio de vivienda habitual, no tiene que informar sobre la compra, ya que como muy bien indica, la Agencia Tributaria al incluirla sabe de su propiedad. Lo que tiene que hacer es señalar la situación en el año 2018 de la segunda vivienda al imputarla como renta inmobiliarias, en concreto, si no la tiene alquilada como clave 2. A disposición de sus titulares:

Inmuebles cuyo único uso o destino en el ejercicio 2017 ha sido a disposición de sus titulares y solamente han generado rentas inmobiliarias imputadas. Si está arrendada, indiquelo en la clave correspondiente.

En 2020 (declaración del 2019) al tener dos años de plazo para beneficiarse de la reinversión de vivienda habitual, si tendrá que señalar su nueva vivienda y en la variación patrimonial indicar la exención.