Hola,
en mi caso se obtuvo la hipoteca en junio de 2010 y siempre se ha deducido en la declaración. Se obtuvo un préstamo que también se utilizó para pagar gastos derivados de la hipoteca. Hace 5 anos cuando nació mi primera hija se dejó de deducir y la explicación que nos dieron es que no nos habían retenido, yo estaba ya en el paro pero mi pareja no. Hace dos años se hizo una regulación porque el porcentaje destinado al préstamo era un 72,78. Mi pregunta es si en estas circunstancias y siendo pareja de hecho en Castilla la Mancha tendríamos derecho a deducir ese gasto que nunca se ha dejado de pagar. Gracias
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Buenos días. En primer lugar señalarle que, aunque no le retuvieran y no diera derecho económico a devolución, una de las circunstancias económicas que obligan a hacer la declaración es precisamente tener una deducción por compra de vivienda habitual, por lo que debería haber hecho la declaración.
Sobre los importes, solo puede deducirse sobre aquellos que estén directamente relacionados con la compra de vivienda. Si se amplió posteriormente la hipoteca para otros fines, aunque sea para poder hacer frente a pagos del préstamo, no puede incluirlo como deducción y tendrá que hacerlo por el porcentaje que corresponda a la compra de la vivienda.
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