Ayudas para autónomos por el Coronavirus
La pregunta que se están haciendo todos los autónomos de España en estos momentos: ¿Que ayudas para autónomos por el Coronavirus vamos a tener?
Sabido es que la situación del Covid 19 se resolverá para los empresarios y empleados con los ERTES, pero ¿qué futuro le depara al tan castigado y sufrido colectivo de los autónomos?
Pues bien, la siguiente es información un poco resumida, para dar respuesta a todos los que me estáis preguntando a diario en mi gestoría. Teniendo en cuenta que en una situación nunca antes vivida y que la información llueve desde todos los francos voy a tratar de resumir lo que los autónomos podrán solicitar o pedir hasta ahora:
Ante la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) mejor conocida como Hacienda (la estatal): aquí es importante saber que no se interrumpen los plazos para las presentaciones de los trimestrales, básicamente tendremos que liquidar y presentar los modelos 303 de IVA 1T (1er Trimestre 2020) y el IRPF modelo 130 1T 2020, recordar por favor que para los domiciliados el plazo termina el 15/04/2020 y no el 20/04/2020. En este enlace de la Agencia Tributaria encontrarás las medidas tributaria COVID-19.
Lo significativo acá será el aplazamiento, el gobierno dio la posibilidad de aplazar los pagos, 6 meses, o sea que se podrá pagar en setiembre de 2020 y además se podrán solicitar en plazos; por ejemplo, si solicitamos pagar en plazos y nos lo aprobaran en 12 plazos pues este IVA y/o IRPF del 1T 2020 se pagaría en 12 plazos mensuales desde setiembre 2020 hasta agosto de 2021.
Seguridad Social para autónomos en este caso se aprobaron ayudas, por ejemplo CATA (Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos) que se asimila a un pago de un paro para autónomos, novedoso y por única vez.
Importante: se solicitará a través de la Mutua que os corresponda, no a la Seguridad Social. Algunas de ellas ya lo han colgado en sus páginas webs.
Aquí la solicitud y el acceso a esta ayuda se divide en 2 casos:
¿Qué autónomos puedes solicitar esta nueva prestación?
1. Trabajadores autónomos que hayan tenido que cerrar su negocio, estamos ante el caso de autónomos con locales abierto al público, en cumplimiento de las restricciones operadas por el estado de alarma, y que no pudieran continuar su actividad la prestación de servicios en la modalidad de trabajo a distancia. Ejemplos incluidos: cafeterías, restaurantes, tiendas de ropa, ferreterías. Ejemplos no incluidos: tiendas on-line, mercados, gestorías (salvo que acrediten la imposibilidad de teletrabajar), farmacias, ópticas, etc. Este otro grupo caería entre los segundos que se describen a continuación.
2. Trabajadores autónomos que aun pudiendo mantener abierto su negocio, acrediten un descenso en sus ingresos del último mes superiores al 75% de los que tuvo, en promedio, en el último semestre.
¿Qué documentación ha de presentar el autónomo?
En todos los casos deberá presentar:
- Solicitud de prestación por cese de actividad
- DNI / NIE / Pasaporte.
- Tres últimos boletines de cotización.
- Certificado de la TGSS de estar al corriente del pago de sus cuotas.
- Modelo 145 IRPF – Comunicación de datos al pagador.
- En el caso de declarar hijos a cargo, el libro de familia.
A lo largo de la tramitación de su caso, podría requerirse otra documentación.
En el segundo de los supuestos (pérdidas de ingresos superiores al 75% en el último mes respecto al promedio del último semestre) deberá presentar la solicitud de prestación por cese de actividad, en este caso la fecha de cese de la actividad será el último día del mes en que esté acreditando la disminución del 75% de los ingresos respecto al último semestre.
Además, en este segundo supuesto, deberán remitirse adicionalmente:
- Modelo 130 – de los cuatro trimestres de 2019.
- Modelo 131 – del último trimestre de 2019.
- Cuenta de pérdidas y ganancias desglosada mes a mes de todo el año 2019.
- Cuenta de pérdidas y ganancias desglosada de enero, febrero y marzo de 2020.
Como pueden ver este segundo caso es mucho más lento y requiere de más documentación.
Ayudas para autónomos por el Coronavirus que tramitamos en la gestoría y cuyas dudas puedes resolver en el foro de expertos de forma gratuita.
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