Este pasado martes el Consejo de Ministros aprobó una nueva ampliación de 9 meses (total máximo de meses que se puede estar sin pagar deudas) para las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios, así como de crédito al consumo para personas físicas en situación de vulnerabilidad, a la vez que se ha extendido el plazo para solicitar estos aplazamientos hasta la fecha tope de 30 de marzo de 2020. Veremos los puntos básicos de esta moratoria hipotecaria y crediticia aprobada.
Esta resolución, que ha sido aprobada este miércoles en el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico. La moratoria total de 9 meses que fija el RDL 3/2021 se refiere a la moratoria hipotecaria establecida en el RDL 8/2020 y a la moratoria de préstamos y créditos personales del RDL 11/2020. También afecta a las moratorias y suspensiones legales del RDL 25/2020 y 26/2020.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (octubre 1997) y en Administración y Dirección de Empresas (julio 1999) por la UIB. Master Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (enero 2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet): La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo La educación financiera desde el sector privado (Libro La prevención del sobreendeudamiento privado, Aranzadi, 2017); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); capítulo Un análisis práctico de la toma de decisiones de un consumidor medio (Perspectiva legal y económica del fenómeno FinTech, Wolters Kluwer, 2021); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y restos del sistema financiero, Aranzadi, 2022); Los puntos de conexión entre el reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero y el reglamento sobre los mercados de criptoactivos, y la regulación del mercado de valores (Comentarios sobre la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y de los Servicios de Inversión, Aferre, 2024).
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