Guía La Protección de Datos en las Relaciones Laborales (II)
Repasemos lo que nos dice esta Guía sobre La Protección de Datos en las Relaciones Laborales sobre los diversos controles empresariales de sus trabajadores.
Lo primero es destacar que el Estatuto de los Trabajadores es la ley habilitante que permite éste control al empresario en cuanto al desarrollo de la prestación laboral. Estos controles cada vez son más sofisticados, como dice la AGPD: controles biométricos como la huella digital, la videovigilancia, los controles sobre el ordenador, -como las revisiones, el análisis o la monitorización remota, la indexación de la navegación por Internet, o la revisión y monitorización del correo electrónico y/o del uso de ordenadores-, o los controles sobre la ubicación física del trabajador mediante geolocalización.
Principios que rigen el control empresarial:
1.- No se requiere consentimiento del trabajador en cuanto deriva de la existencia de una relación laboral (por ejemplo, el empresario puede contratar un empresa acreditada por la DGP para instalar unas cámaras de vigilancia en las oficinas, sin tener que pedir el consentimiento de sus empleados, si bien debe informarles, entre otros requisitos).
2.- Principio de proporcionalidad: no tiene sentido poner un geolocalizador a una oficinista, por ejemplo.
3.- La finalidad del tratamiento debe ser «verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales».
4.- Los datos deben ser exactos, puestos al día y se debe fijar un plazo de conservación limitado.
5.- Se debe cumplir el deber de información a los trabajadores; nada de controlar el correo electrónico o lo que hace el trabajador por internet sin la preceptiva comunicación al afectado antes de iniciar dicho control.
La AGPD recomienda informar también a los representantes sindicales. Es interesante leer como dice que hay que plasmar por escrito claramente lo que puede y no puede hacer el personal con la web. ¿Se puede tener conectado Facebook, leer blogs, buscar fotos en Flickr, etc?. Más de un jefe rancio debe estar llevándose las manos a la cabeza.
Esta guía trata también temas tan interesantes como la comunicación empresar-trabajadores-sindicatos, la cesión de los TC2 de los trabajadores de subcontratas a las empresas contratistas o el deber de secreto y seguridad de los trabajadores que acceden a datos personales tratados por la empresa.
Un documento útil, si bien creo que se queda un poco en la superficie de las relaciones laborales y la complejidad de las interacciones. Pero vamos avanzando.
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