Apreciado Ramon,
La consulta que nos planteas debe ser analizada desde dos supuestos:
- Si has procedido a extinguir el condominio a trav茅s del convenio regulador de divorcio ratificado ante el Juzgado, indicarte que dicho documento es inscribible en el Registro de la Propiedad, una vez que el Juzgado te expida el testimonio de la sentencia y del convenio. Si lo efect煤as por esta v铆a est谩s exento de abonar el Impuesto sobre Actos Jur铆dicos Documentados y solo abonar铆as el coste de la inscripci贸n registral de dicho documento.
- Si por el contrario no lo hiciste constar en dicho convenio puedes optar por realizar la extinci贸n por v铆a notarial, si bien indicarte que el precio de valoraci贸n del inmueble no tiene por qu茅 coincidir con ese porcentaje que nos indicas, es decir, se debe valorar el inmueble objeto de divisi贸n y se tributar谩 por el 50 % de dicha valoraci贸n.
Recibe un cordial saludo,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
Marina Mullor es abogada civilita en Futur Legal y experta jur铆dica en Futur Finances.
Miembro del Tribunal Arbitral de Consumo de las Illes Baleares.
Licenciada en Derecho por la Universidad de les Illes Balears (UIB).
M谩ster en mediaci贸n familiar, civil y mercantil (UIB).
“Cuando se decide invertir en vivienda y se realiza a trav茅s de un pr茅stamo hipotecario, tener un equipo de profesionales a tu lado que puedan acompa帽arte en dicha decisi贸n puede evitarte muchos disgustos futuros. En Futur Finances y Futur Legal te ayudamos a acertar en la inversi贸n.”
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