Apreciado Diego,
Si se ha firmado la extinción de condominio, tu hija es propietaria del piso, por lo que no tiene que preocuparse de que la ex-pareja pida otros préstamos y no los pague, ya que no le pueden tocar el piso.
Eso sÃ, la hipoteca del piso hay que pagarla escrupulosamente, ya que de no pagarse, el banco se quedarÃa la casa y podrÃa, de no ser suficiente con el valor d ela vivienda al 70%, ir contra los otros ingresos y bienes de tu hija (del total de la deuda, aunque esté a nombre de dos, responde cualquiera de los titulares, a efectos del banco).
saludos
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de EconomÃa Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en EconomÃa (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en AsesorÃa Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artÃculos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capÃtulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancÃa a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economÃa y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanÃstico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, asà como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.
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