Empecemos por explicar brevemente qué es la Ley Helm-Burton:
Es una Ley aprobada en 1996 y firmada por Bill Clinton llamada Ley de la Libertad Cubana y Solidaridad Democrática, más conocida por los nombres de sus principales promotores: el senador por Carolina del Norte, Jesse Helms, y el representante por Illinois, Dan Burton. Se aprobó tras el derribo por parte del ejército cubano de dos avionetas de un grupo de cubanos en el exilio que sobrevolaban la isla.
El 4 de marzo de 2019, Donald Trump abrió, por primera vez de 1996, la posibilidad de que se entablaran demandas en las cortes de Estados Unidos contra las empresas cubanas incluidas en una lista unilateral elaborada por Departamento de Estado por su supuesta vinculación a las Fuerzas Armadas y el sector de la seguridad nacional en Cuba.
El 17 de abril de 2019, El secretario de Estado de Estados Unidos, Mike Pompeo, anuncia que la administración de Donald Trump implementará por completo el Título III de la Ley Helms-Burton contra Cuba a partir del 2 de mayo de 2019.
Efectos de la activación de la Ley Helms-Burton:
Las empresas que operen en Cuba de Europa, Canadá y otros países pueden ser demandadas en EE.UU. por operar en “tierras confiscadas” durante la revolución Cubana. Los cubanos emigrados a EE.UU. (con nacionalidad americana) en teoría podrían reclamar tierras expropiadas durante la revolución.
Demanda contra hoteleros en Mallorca:
Ha llegado una demanda en los juzgados de Palma contra la cadena hotelera Melià por el supuesto aprovechamiento de una finca costera expropiada en 1960 por el régimen de Fidel Castro a la familia de Lucas Sánchez Hill. En todo caso, se alega el código civil español, no la Ley Helms-Burton. Leer noticia en Diario de Mallorca.
En las zonas turísticas de Cuba operan las cadenas hoteleras mallorquinas Meliá, Iberostar, Barceló, Be Live (Globalia), Blau, Valentín y Roc. Como explica esta noticia de Ultima Hora, las empresas han intentado llegar a acuerdos económicos con los herederos de las tierras expropiadas. Además de la imposibilidad de llegar a acuerdos cuando las pretensiones económicas son excesivas, se le une la amenaza de sanciones económicas por parte del gobierno de EE.UU.
En definitiva, hay un riesgo legal que los empresarios españoles deben tener muy en cuenta a la hora de operar en Cuba.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de Economía Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en Economía (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en Asesoría Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artículos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capítulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancía a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economía y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanístico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, así como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.
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