No es obligatorio en absoluto y puedes domiciliar la nómina en el banco que desees. Otra cosa es si has pactado alguna bonificación en el tipo de interés, que deberÃa figurar en la escritura; de ser asÃ, el banco te aplicará unos intereses mayores.
Te aconsejo mires bien la escritura y, si no hay bonificación por tener la nómina domiciliada, cambien de banco si asà lo deseas. Lo que puede ocurrir, en todo caso, es que la cuenta corriente tenga más comisiones si no tienes domiciliada la nómina, claro.
Economista colegiado hace más de 25 años en el CEIB. CEO de Futur Finances. Perito financiero de Futur Legal.
Contactar con Pau A. Monserrat: monserrat@economistas.org.
Profesor de EconomÃa Financiera (UIB) y director de Máster (UNIR). Consejero del Consejo Económico y Social de Illes Balears. Patrono de la Fundación Finsalud.
Licenciado en EconomÃa (1997) y en Administración y Dirección de Empresas (1999) por la UIB. Máster Universitario en AsesorÃa Fiscal por la UNIR (2022).
Autor de libros y artÃculos académicos (ver en Dialnet). Entre otros, La Banca Culpable (Esfera de los Libros, 2013); capÃtulo Intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y prestamistas inmobiliarios (Comentarios a la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario, Wolters Kluwer, 2019); Del dinero mercancÃa a las criptomonedas (Situación, tendencias y retos del sistema financiero, Aranzadi, 2022).
Pau A. Monserrat considera la economÃa y las finanzas no solo como una profesión, sino como una forma de entender el mundo. Su enfoque humanÃstico combinado con un análisis matemático le permite abordar las relaciones entre los distintos agentes económicos. Se ha mostrado activo en la promoción de la educación financiera y la intermediación hipotecaria, asà como en la defensa de los derechos del consumidor en el sector financiero.
Comentarios recientes