Hola, José Carlos.

Efectivamente, la política hipotecaria de ING ha estado experimentado diversos cambios en el último año. A día de hoy, La Hipoteca Naranja ING sólo ofrece hasta el 80 % del valor de tasación para primera vivienda y hasta el 75 % en caso de segunda residencia. ING está ofertando a sus clientes hipotecarios la obtención de un préstamo personal para pagar el 20 % restante. En el caso de que pudieras aportar un segundo aval, sí es posible estudiar la concesión del 100 % del valor de tasación.

También hay un límite en cuanto a la edad del solicitante: este no podrá ser mayor de 75 años a fecha de vencimiento de la hipoteca.

Te aconsejamos, antes de tomar ninguna decisión, que te asesores bien con un bróker hipotecario a efectos de evitarte un sobre endeudamiento que te supondría un pesado lastre financiero. Un estudio exhaustivo de cada caso en particular es, si no imprescindible, muy recomendable. Puedes dejar los datos de contacto, sin compromiso, en este formulario.

Tienes información detallada sobre los últimos cambios de la Hipoteca Naranja de ING en nuestra entrada del blog, en la que explicamos que recientemente ha mejorado las condiciones financieras, a Euribor + 0,99% si nos vinculamos con nómina y seguro de vida y hogar.

En puridad, salvo que el traslado se produjera por razones de trabajo, en la que puede volver a beneficiarse por la deducción una vez regresa a la que fue su vivienda habitual, ha perdido ese derecho. En ese caso, incluso alquilando esa vivienda puede, pero para ello tiene que demostrar el traslado de localidad de forma obligatoria. Si no es el caso, tal y como ya señala usted en su consulta, habrá perdido ese derecho, ya que entiendo que en los años en los que vivió (hasta el 2005) si se aplicó la deducción de vivienda.

En definitiva, no es por no haber hecho deducción sino por la pérdida de derecho al cambiarse de vivienda sin que mediara una situación de obligatoriedad.

Sí, por supuesto, sin ningún tipo de problema, a la hora de determinar tus bienes inmuebles lo haces con la fecha de uso y, por tanto, queda claro el momento que deja de ser tu vivienda habitual y los días de alquiler.

No te olvides que en la determinación de las ganancias de ese arrendamiento si puedes continuar incluyendo los intereses del préstamo (no el capital) y reducir esos ingresos y por tanto lo que vayas a tributar.

Apreciado Pedro,

Ustedes pueden extinguir la copropiedad de la vivienda habitual, pero el acto jurídico por el cual su hijo le cede la propiedad del apartamento de Murcia debe ir acompañada de su acto jurídico correspondiente, puesto que se está transmitiendo la propiedad.

Si ustedes hubiesen sido copropietarios de ambas viviendas sí que podrían extinguir la copropiedad de ambas, adjudicárselas, valorarlas económicamente y compensarse para que no se produzca un exceso de adjudicación.

Para la propuesta de su consulta les recomiendo acudir a un Notario y exponerle los actos jurídicos a realizar; por un lado la extinción de la copropiedad y por otra la transmisión del apartamento. El Notario elaborará la escritura que reúna dichos actos jurídicos para que posteriormente sean inscribibles en el Registro de la Propiedad y deberán valorarse económicamente ambas propiedades.

Atentamente le saluda,

Marina Mullor, abogada de Futur Legal.

Efectivamente, Ana, en hipotecas crecientes los primeros 10 años aproximadamente se paga menos que con el sistema francés, lo que supone que NO has pagado de más en comparación a una hipoteca de sistema francés, sino de menos.

Solo un perito puede hacerte los cálculos (yo lo soy), pero ya te digo que para pasar al sistema francés que te correspondería desde el principio, en lugar de cobrar deberías pagar al banco.

Lo que menos te perjudicaría, a priori, entiendo que sería que con la deuda pendiente actual, recalculen el préstamo con el sistema francés y a partir de ahora calculen las cuotas correctamente.

En todo caso, solo con un abogado y un perito podrías saber exactamente la mejor opción a tu alcance.

Más información:

Hipoteca cuota creciente, ¿es abusiva?

Pues no tiene por qué, es decir si la quieres variable, es una buena hipoteca, pero hoy en día ING intenta no superar el 80% de tasación y el 90% de compra. Es decir que puedes tener problemas para conseguir el 100% de financiación.

Hay otras entidades que te pueden dar el 100% y mejorar las condiciones de ING, pero como bien dice mi compañero deberías contratar a un intermediario de crédito, que son expertos en el sector y te pueden ayudar a encontrar lo que necesitas, que parece que es más porcentaje de financiación a precio.

Ricardo Gulias es Director General de RN Tu Solución Hipotecaria.

Buenos días, a pesar de que las refinanciaciones no son un producto que le guste a la banca excesivamente, si que hay posibilidades. Los requisitos son, estabilidad laboral, que pagues todo al día y que vayamos de tasación por debajo el 70%, cosa que parece que sucede en tu caso. Eso sí estas operaciones no suelen hacerse en la oficina tradicional, y deberás utilizar un experto en intermediación hipotecaria.

Ricardo Gulias, Director General de RN Tu Solución Hipotecaria.

En un principio, si tenéis estabilidad laboral, tal y como dices, y tenéis dinero para los gastos de la operación sí que sería viable conseguir aún hoy en día el 100% del precio de compra, pero a estas alturas ya deberías tener la operación aprobada, o pendiente de aprobación. No te esperes al último momento, ya que las oficinas bancarias están colapsadas por las moratorias hipotecarias y por la tramitación de ICOs. Ponte en manos de un profesional de la intermediación de crédito, o habla con la promotora que te dio el Ok al 100% de la hipoteca para que te de los datos de la entidad, pero ponte ya en marcha o se echará el tiempo encima.

Ricardo GUlias, Director General de RN Tu Solución hipotecaria.

Sergio, varias son las entidades que ofrecen mejores hipotecas a los funcionarios, aparte de ING.

El caso de las hipotecas hay varios puntos a analizar pero en prácticamente todos es evidente que el funcionario público es el más aventajado.

Lo primero a tener en cuenta es la doble restricción a la que esta supeditada todo tipo de hipoteca, el 80% de la tasación y el 80% de la compra venta (precio de escrituración). No es que cualquier entidad financiera esté obligada por ley a prestar el 80% de la tasación (BBVA lo explica aquí), pero es un requisito para poder titulizar sus hipotecas y conseguir después liquidez, aparte de que es una forma de conceder crédito responsable. Normalmente ese 20% faltante se puede resolver con una doble garantía, teniendo en cuenta que en este último caso se tienen que tasar las 2 propiedades, pero en cuanto al valor de escrituras es donde juegan los banco y cuanto más estabilidad menos riesgo y es cuando se atreven a prestar el 90% y hasta el 100%.

No hay que olvidar que justamente con lo que trabajan los bancos es con riesgo y los funcionarios son los que menos riesgos tienen por su estabilidad laboral.

Así las cosas y sabiendo el porcentaje al que me financiarán siendo yo un funcionario hay que analizar a las condiciones a la que me prestan en dinero, y aquí entran a jugar la tasa fija y variable. En la mayoría de los casos en que me ofrecen tasa fija doblega prácticamente a la variable (si hablamos de tasa variable de euribor + 0,60 y teniendo en cuenta que la euribor lleva tiempo en niveles negativos nos encontramos con una tasa que me aplicarían de casi el 0,50%, la fija será normalmente del 1,10%). En el caso de los funcionarios estas tasas mejoran bastante con respecto a las tasas del mercado debido a su estabilidad.

Luego las vinculaciones, normalmente la nómina y el seguro de hogar y hasta tarjetas y demás seguros como el de vida pero que de nuevo mejora para el caso de los funcionarios.

Sí, Sergio! Existe la hipoteca 100% para ti que eres funcionario pero no sólo en ING y en este sentido te recomiendo ponte en manos de buenos profesionales (como los intermediarios de crédito inmobiliario de Futur Finances) que te ayudarán a negociar cada punto del contrato de hipoteca que debe ser uno de los contratos más importantes de tu vida y que seguramente te acompañará gran parte de tu vida.

Luis Alberto Cabezas Echegoyen, gerente de Futura Propiedades.

Solo un intermediario de crédito inmobiliario que analice tu caso puede darte una respuesta exacta. Puedes consultar tu caso rellenando este formulario, sin compromiso.

Te daré algunas orientaciones generales sobre la reunificación de deudas en 2020:

  • La variable fundamental es el Loan to Value, el porcentaje de deuda pendiente respecto al valor de tasación. Nos comentas que tienes una hipoteca con una deuda pendiente de 62.000 euros, pero no sabemos el valor de tasación de la garantía.
  • Comentas que tienes un piso alquilado, y entiendo que es el hipotecado. Va a ser muy difícil que el banco estudie una reunificación de deudas sobre un piso alquilado que no es, por tanto, tu vivienda habitual. ¿Tienes otra vivienda libre de cargas que se pueda hipotecar?
  • Hay que valorar el ahorro mensual de unificar los pagos en una sola hipoteca con los costes financieros de la operación: gastos, comisiones, honorarios del intermediario hipotecario si lo hay, importe que se pagará en intereses alargando el plazo de los préstamos…
  • En cuanto a los ingresos, solo analizando la documentación económica y sabiendo cómo plantear la hipoteca y las condiciones que puedes obtener, se podría valorar si la cuota no supera el 30% de los ingresos netos. También habrá que ver el ingreso de alquiler como lo valoran los bancos.
  • Antes de la crisis de 2007-2008 existían entidades de crédito especializadas en reunificar deudas, como GE Money Bank, Celeris, DB Credit, incluso Santander Consumer Finance o la propia UCI. Hoy en día no operan en España entidades especializadas, lo que implica que solo podemos acudir a un banco tradicional, que normalmente no está interesado en estas operaciones. Te aconsejo empieces tanteando el banco en el que tienes la hipoteca, a ver si está abierto a estudiar la reunificación de deudas.