Cálculo del perjuicio económico de una hipoteca multidivisa

Pau A. Monserrat y otros profesionales financieros

Cuando un cliente afectado por una hipoteca multidivisa me encarga un informe pericial de parte, una de sus principales dudas es saber el daño económico que ha sufrido, es decir, qué dinero le tiene que devolver el banco si gana la demanda por hipoteca multidivisa. Para estimar el cálculo del perjuicio económico de una hipoteca multidivisa hay que realizar dos cuadros de amortización: (i) el que efectivamente ha pagado el cliente endeudado en una divisa (para este artículo vamos a suponer que se endeudó en yenes japoneses -JPY-), en su contravalor en euros -EUR- y (ii) el cuadro de amortización simulado que se habría producido si el cliente hubiera pedido la hipoteca en euros.

Comparando ambos cuadros de amortización podemos obtener las cantidades mensuales que el cliente ha ido pagando de más, además de calcular la deuda pendiente que tendría el cliente si el clausulado multidivisa no hubiera existido. Además de estas cantidades, el banco debería devolver las comisiones de tipo de cambio aplicadas cada mes (que suelen fijarse en un mínimo de 6 o 9 euros) y se devengarían los correspondientes intereses legales.

Esquema del cálculo del perjuicio económico de una hipoteca multidivisa

El perjuicio económico producido por la declaración de la nulidad parcial del clausulado multidivisa supone calcular las siguientes magnitudes:

  • La diferencia entre las cuotas efectivamente pagadas en € (calculadas por Bankinter en cada momento en base al tipo de cambio EUR/JPY aplicado a las cuotas en yenes japoneses) y las mensualidades que habría pagado el cliente de haber contratado la hipoteca en euros, con las condiciones de tipo de interés pactadas para este supuesto en la escritura. El cliente realmente ha pagado unas mensualidades en euros, que sumadas dan el importe abonado por el cliente. Hay que simular el cuadro de amortización que se habría producido de haberse contratado la hipoteca en euros, cuadro que refleja las mensualidades que habría pagado en este caso. El cliente ha pagado unas cuotas mensuales por tener la hipoteca en JPY que suman A €, pero de considerarse la nulidad parcial del clausulado multidivisa, habría pagado unas mensualidades que suman ‘B €’. La diferencia es el perjuicio económico sufrido por el cliente en cuanto a las mensualidades pagadas (A – B).
  • En cuanto a la deuda pendiente que el banco reclama, que se calcula aplicado a la deuda pendiente que tiene en cliente en yenes japoneses Y JPY el tipo de cambio EUR/JPY vigente en cada momento (en el cuadro siguiente la aplicación del tipo de cambio supone un importe en euros de C €). Si el cliente hubiera contratado la hipoteca en euros, simulando el cuadro de amortización tendríamos una deuda pendiente de ‘D €’. La diferencia entre la deuda pendiente que reclama la entidad financiera y la que habría si se hubiera contratado la hipoteca en euros, es el perjuicio económico fruto de la deuda pendiente (C – D).
  • Las comisiones de tipo de cambio, que aplica el banco cada mes para pasar de euros a yenes japoneses el dinero necesario para pagar las mensualidades, supone otro perjuicio económico de E €.
  • Finalmente, las diferencias mensuales entre lo que el cliente efectivamente pagó (contravalor en euros de las mensualidades en yenes, al tipo de cambio que en cada mes ha tomado el banco) y lo que habría pagado de haber contratado la hipoteca en euros, devenga un interés legal, que sumado supone un perjuicio económico de F €.

Resumiendo, el esquema del cálculo del perjuicio económico de una hipoteca multidivisa es el siguiente: (A – B) + (C – D) + E + F:

Esquema del cálculo del perjuicio económico de una hipoteca multidivisa