Buenos días. Debería dejarle hacer la deducción, siempre que esa vivienda continúe siendo su vivienda habitual. Cada uno puede hacer la deducción de forma individual y en su caso y si tiene la custodia de su hija la puede incluir sin problema a la hora de aplicar la deducción. Cada contribuyente propietario podrá deducirse hasta 9.040 euros sin ningún tipo de problema. Siempre puede hacer una solicitud de ingresos indebidos para que le devuelvan esta deducción, pero debería poder aplicarlo sin problema. Consulte si es que no tiene retenciones o son bajas y aunque incluya esta cantidad lo que ocurre es que no se modifica el resultado de la declaración ya que insisto, no debería tener ningún problema en incluir estas cantidades.

Un saludo.

Si realizan una extinción de condominio, con independencia de que sea voluntaria o tras una sentencia, si no hay ningún beneficio para ninguna de las partes, que el que venda reciba lo mismo que le costó, solo tendrá que pagar Actos Jurídicos Documentados, dependerá de las comunidades autónomas pero estará alrededor del 1%-1,5%.

Si no fuera así, que no se compensara esta diferencia tendría que pagar impuestos. Si recibe menos de lo pagado se podría considerar una ganancia encubierta con lo cuál podría considerarse una donación. Por el contrario si recibe por encima del valor (porque se haya incrementado el valor de la propiedad) habría un incremento patrimonial y como tal tendría que tributar en el IRPF.

Hola!

Aunque lo ideal para conseguir una hipoteca inmejorable es que ya tengas tu plaza fija, si llevas al menos 2 años (veo que sí) trabajando de manera casi ininterrumpida con las administraciones públicas, a día de hoy hay posibilidades de conseguir una hipoteca en unas buenas condiciones.

Además, indicas que tienes ahorros para cubrir el 20 % del precio de la vivienda, y eso es una buena noticia, ya que lo bancos están dando un 80 % del valor de tasación, aunque según el caso y los avales que se presenten, se puede llegar al 90 o incluso al 100 %.

Te voy a dar mi consejo particular: acude a un asesor hipotecario independiente a ver qué hipoteca te puede conseguir, que te haga los cálculos con tu situación laboral actual, y un simulado en el caso de que ya tuvieras la plaza de trabajo fija. Si no hay mucha diferencia en las condiciones, y te interesa comprar ahora, adelante. Si por el contrario, tu asesor te aconseja que esperes un poco hasta que consigas plaza fija, hazle caso. Puedes contactar con brokers hipotecarios seleccionados dejando tus datos de contacto en este formulario, sin compromiso.

Ah, y no olvides que la cuota a pagar mensualmente de hipoteca no debe superar el 30-35 % de tu sueldo, tanto como por requisito de los bancos, como por tu salud financiera.

A la espera de que alguno de los profesionales que trabajan en los brokers de hipotecas contesten, os sugiero pedir información, sin compromiso, dejando vuestros datos de contacto.

saludos.

Es perfectamente legal que financies la compra de tu vivienda concediendo un préstamo hipotecario con la garantía real de la hipoteca sobre la casa vendida.

Eso sí, hay que seguir todos los trámites legales pertinentes: firma ante notario e inscripción en el Registro de la Propiedad.

Acude a un abogado especializado para que te asesore y prepare los contratos.

saludos.

Buenas tardes,

Por su condición de funcionario puede acceder al 100% del valor de compra, por tanto, teniendo en cuenta su ahorro, el precio de la vivienda al que puede acceder, sin contar los impuestos, es de 250.000€, si realiza la compra ahora.

Si espera a obtener el aumento de sueldo podría llegar al 275.000€

Santiago Cruz, CEO en Ibercredit.

Actualmente ING no es la mejor opción para funcionarios en cuanto a porcentaje de tasación se refiere.

Existen en el mercado otras entidades que ofrecen el 100% del valor de compra en condiciones muy competitivas, pudiendo llegar a un tipo fijo nominal a 30 años del 1% y si elige el tipo variable se puede conseguir un eur+0,75%.

Para acceder a esta financiación le recomiendo la contratación de un intermediario de crédito inmobiliario autorizado por el Banco de España.

Santiago Cruz, CEO en Ibercredit.

Por regla general, efectivamente, las entidades bancarias suelen llegar al 50% del valor de compra, pero como comenta Antonio Beltrán, se puede aumentar este porcentaje en función de la solvencia del solicitante.

El límite en la actualidad estaría entre un 70% y un 80% del valor de compra sujeto al 60% LTV. Si la financiación requerida es superior tendrá que contar con otra garantía real adicional.

Santiago Cruz, CEO en Ibercredit.

Hola Mª Angeles,

Desde hace unos años este tipo de operaciones de financiación no encajan en los bancos. Mi recomendación es que primero te dirijas a tu entidad y les expliques tu situación. Digo a tu entidad porque es la que te debe conocer mejor y en principio te pondrá menos problemas. En cualquier caso, en paralelo, si lo deseas podemos mirar de encontrarte una hipoteca.

Antonio Beltrán, CEO de Hipotecas Plus y broker hipotecario seleccionado por este portal.

¿Necesitas una hipoteca?

Hola Núria,

Actualmente UCI tiene la oferta más sencilla en cuanto a hipotecas puesto que no te obliga a nada. A lo sumo te solicitara que durante que 5 años tengas contratados los seguros de hogar y vida. Pero te permite continuar trabajando con tu banco y no te obliga a que tengas contratado ninguna tarjeta de crédito o plan de pensiones o médico. Otra ventaja que tiene, es que te financia casi el 100% del precio de compra al 100% de tasación, es decir, no es necesario que la vivienda que compres se valore por un importe superior. Lo negativo, como indica Pau, es que sus precios son superiores a la media.

Como brokers hipotecarios podemos financiar el 90% del precio de compra con condiciones muy ventajosas, a partir de 1,15% a tipo de interés fijo. Solicita información rellenando el formulario de Futur Finances, sin compromiso.

Antonio Beltrán es CEO de Hipotecas Plus y broker hipotecario seleccionado por este portal.