Avalista
El avalista de un préstamo hipotecario adquiere una obligación muy importante a cambio de nada. Se compromete ante el banco a pagar la deuda en caso de que haya impagos del titular hipotecario. Dado que la vivienda hipotecada solo responde ante el banco por un 50% o 70% (si es la vivienda habitual de los deudores hipotecarios) del valor de tasación a efectos de subasta plasmado en la escritura de préstamo, es posible que se subaste la casa y aún quede deuda. Un remanente de deuda que el banco reclamará a los avalistas si son solventes.
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El avalista firma una escritura de préstamo hipotecario en la que renuncia a los beneficios de orden, división y excusión. Además es un aval solidario; todo ello implica que la entidad financiera puede decidir cobrar primero del avalista que ir contra el hipotecado, además de poder exigir el total de la deuda a cualquiera de los avalistas (y después ellos tendrían que intentar recobrar la parte que no les corresponde de la deuda del resto de avalistas e hipotecados). Como estas renuncias pueden ser abusivas, recomendamos que en caso de problemas de pago de la hipoteca, el avalista se adelante y consulte a un despacho de abogados especializados para saber las opciones judiciales que podrá usar en su defensa:
Destacar la sentencia de la Audiencia de Gipuzkoa de fecha 30 de septiembre de 2015 que considera abusivo la renuncia a los derechos del avalista si no se ha informado adecuadamente al afectado, si bien el aval sigue vigente. Para los abogados consultados “esta información sobre la extensión y características del aval debe ser entregada al cliente en la información precontractual de toda operación bancaria“.
El avalista de un préstamo hipotecario, por tanto, responde de una deuda que no le da ningún beneficio, ya que la propiedad del bien no es suya y, además, no avala con su nómina o ingresos solamente, sino que se podrían embargar también sus propiedades. Es absurdo no querer entregar copia de las escrituras de los bienes inmuebles en propiedad al banco, pensado que así no se los podrán embargar. Con una simple búsqueda en el Registro de la Propiedad el banco sabrá todas nuestras posesiones.
En el caso concreto y más habitual, que se avala el préstamo hipotecario para que los hijos compren su primera vivienda habitual, hay que tener en cuenta que, en caso de impago, la entidad financiera subastará la vivienda. Si la subasta queda desierta, el banco puede adjudicarse el bien por el 70% (modificación realizada por la Ley 1/2013). Si este 70% no basta para cubrir la deuda principal, los intereses de demora (establecidos en un máximo del triple del interés legal del dinero) y las costas del procedimiento de ejecución hipotecaria, lo habitual es que el banco subaste también algún inmueble del avalista para recuperar su deuda y gastos.
Por todo ello, decimos que el avalista, al igual que el titular hipotecario, responde de la deuda con todos sus bienes presentes y futuros. Dado el calibre del aval personal, es muy importante que se sea consciente del compromiso que se va a contraer y, en caso de duda, no firmar. Muchas veces es mejor firmar como hipotecante no deudor, limitando la responsabilidad a la parte de su vivienda hipotecada como segunda garantía.
Avalar “por amor”
No es extraña la situación en que un hijo o nieto acude a nosotros para pedirnos el “favor” de que les avalemos, ya que el banco no les concede la hipoteca sin avalistas. Nuestra recomendación es que jamás caigamos en la trampa de mezclar nuestra economía con nuestro cariño a los nuestros. Si el banco no les concede la hipoteca sin avalistas, seguramente es porque teme que en algún momento tengas dificultades de pago.
Además, si avalamos a un hijo y tenemos más hijas, hijos o incluso nietos, estaremos comprometiendo la herencia si por desgracia fallecemos antes de que se acabe de pagar la hipoteca: el aval no se extingue por fallecimiento, se traspasa a los herederos.
Finalmente, tengamos en cuenta que la mejor manera de garantizar la felicidad de la familia es protegiendo nuestra vivienda: si en un futuro los hijos hipotecados no pueden pagar el préstamo y hemos tenido la precaución de no avalarles, siempre tendrán nuestro hogar para vivir si lo necesitan.
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