Ya a la mitad del mes de enero, algunas entidades parece que se han dado cuenta de que no solo hay que ofrecer préstamos hipotecarios a tipo variable a los potenciales clientes, sino que el tipo fijo puede ser un gran producto para ambas partes.
Kutxabank se desmarca de la atonía de ofertas hipotecarias a interés fijo con un producto al 3,89% TIN (no nos ofrece el TAE en la nota de prensa) fijo durante los 20 años de plazo máximo que ofrece. Para alcanzar este interés hay que vincularse con:
  1. Nómina domiciliada.
  2. Contratación de tarjetas
  3. Contratación de seguros (no específica cuales, si solo el de hogar o también de vida y protección de pagos, por ejemplo).
  4. Contratación de un plan de pensiones. había que ver qué aportación mínima anual exige y la rentabilidad que sus fondos de pensiones alcanza, para saber hasta qué punto es una condición gravosa o no.
Si no nos queremos vincular de esta manera, el tipo fijo quedaría en un 5,24% TIN, que tendríamos que ver cómo queda al calcularlo TAE, con el coste de seguros, planes, la comisión de apertura del 0,25%, etcétera.Este préstamo también ofrece la posibilidad de un año en blanco, periodo inicial que no se pagaría cuota alguna, para que la familia pueda hacer frente a otros pagos iniciales que conlleva la compra de una vivienda. No es una opción recomendable en la mayoría de casos. Además hay que tener en cuenta que si no pagamos nada, al final del año la deuda pendiente es mayor que al principio, ya que los intereses no pagados engrosan la deuda pendiente.

Más interesante me parece la siguiente opción:

En el caso de que el cliente opte por una fórmula de alquiler con opción de compra, Kutxabank podrá avalar las rentas de alquiler y se comprometerá a estudiar la formalización de la hipoteca en el momento de ejercitar la opción de compra de la vivienda“.

La opción del alquiler con opción de compra debería ser una fórmula generalizada de acceso a la vivienda, con la ayuda de las entidades financieras. Cuando trabajaba en Bankimia, con un gran equipo y una dirección cuya política no compartía, escribí varios contenidos sobre el alquiler con opción a compra que pueden ser de vuestro interés:

Artículos sobre el arrendamiento con opción de compra: Introducción, modalidades, riesgos, problemas jurídicos y económicos y fiscalidad.

Ventajas de las hipotecas fijas

En el siguiente artículo de El Confidencial he opinado sobre la mencionada hipoteca a tipo fijo y las virtudes de este tipo de endeudamiento, tan poco ofrecido por los bancos. Por ejemplo comento:

Para Pau Monserrat, director editorial del portal de finanzas personales iAhorro y director de Futur Finances, “un préstamo a tipo fijo competitivo que puede ser interesante para una familia que no quiere arriesgarse a futuras subidas del Euribor”. No obstante, advierte de que “la mayor pega es que los ingresos familiares han de ser lo suficientemente altos para poder pagar cómodamente una cuota calculada a un máximo de 20 años. Un ratio de endeudamiento del 30%-35% sería lo ideal. En todo caso, una iniciativa en la buena dirección, incentivar el endeudamiento a tipos fijos”, concluye.

En las anteriores declaraciones se resume mi opinión del tipo fijo:

  • Permite que la familia sepa en todo momento la cuota que va a pagar que, además, se supone supondrá una menor carga al pasar los años, por el mero paso del tiempo y la inflación.
  • Al concederse a plazos menores que sus equivalentes variables, la cuota es mayor, pero nos obliga a ser más prudentes al elegir la vivienda, efecto colateral muy saludable.
  • Los bancos suelen ofrecer tipos demasiado altos. Una oferta menor del 5% sí que empieza a ser interesante. Por otra parte tienen una gran pega, el coste de cambiarnos de banco, ya que tienen compensaciones por riesgo de tipo de interés que muchas veces son del 4% del total que subrogamos.

Desde mi punto de vista, se debería legislar para promover los préstamos fijos, por encima de los variables. Pero como a las entidades financieras no les interesa, nuestro legislador y supervisores no lo hacen.

Obviamente, no nos referimos a lo más leído en toda la Red, que para eso tenemos al todopoderoso Google. En esta ocasión os indicamos los 10 artículos de la web oficial de Futur Finances más leídos en el año 2013 que hemos dejado atrás:

En primer lugar, copa el interés de los visitantes de la web un artículo sobre la desgravación del préstamo hipotecario solicitado para financiar una vivienda habitual, en los años 2013 y 2014. Una deducción que se debería haber eliminado antes del inicio de la burbuja inmobiliaria o, al menos, equipararla con la del alquiler y limitarla en base a la renta.

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El notario Luís Bustillo, con el que he tenido el placer de coincidir en algún programa discutiendo sobre la problemática de las hipotecas, explica de forma muy clara las diferentes formas de constituir un negocio. La Sociedad Limitada suele ser la mejor opción, si bien hay que asesorarse correctamente con notarios y expertos en estos aspectos.

Os dejo un vídeo didáctico y útil:

Más que pedir, negociar. Al banco no se le pide nada, ya que el dinero que nos puede conceder hay que devolverlo, más las comisiones e intereses correspondientes. Tan importante es saber qué pedir como conocer nuestra capacidad de devolver lo pedido. Sea una tarjeta de crédito, un préstamo personal o uno con garantía real, el banco puede ir a juicio y exigirnos la devolución de la deuda, costas e intereses de demora, contra todo nuestro patrimonio, presente y futuro.

Los profesionales de El Confidencial me han pedido mi opinión sobre un tema relacionado con determinadas “ofertas” que hacen los bancos para que cambiemos el referencial de nuestra hipoteca. El artículo publicado, con varias fuentes expertas, se titula ‘Quédate con el Euribor de tu hipoteca si el banco te ofrece cambiarlo por el IRPH‘.
Os dejo una serie de información muy útiles sobre el tema:

El banco me ofrece cambiar de referencial

En caso de que la entidad te ofrezca un cambio de tipo de interés debes informarte debidamente del tipo de interés alternativo, siempre y cuando no estés de acuerdo con el que tengas vigente. Para ello, es bueno visitar el portal del propio Banco de España o buscar asesoramiento independiente en la materia, como podría ser mediante el portal iAhorro.com, donde podrás recibir un asesoramiento gratuito con la mayor independencia por expertos en la materia o a través de los expertos jurídicos y económicos de Futur Finances.
Debes partir de la idea base de que el banco no te va a ofrecer un tipo de interés que te beneficie, sino al contrario, por lo que debes estudiar la operación minuciosamente en caso de que te interese.
Hay que tener en cuenta actualmente dos aspectos:
  1. La baja cotización del Euribor en el mercado, cosa que debe beneficiarte en tu cuota mensual de cada mes (a no ser que tengas alguna cláusula suelo en tu hipoteca que te lo impida).
  2. La desaparición legal y automática que ha sufrido el IRPH Cajas y el tipo CECA a través de la Disposición adicional decimoquinta de la Ley de Emprendedores 14/2013, de 27 de septiembre de Apoyo a los Emprendedores y a su internacionalización, de forma que a partir del 1 de noviembre han dejado de actualizarse y publicarse y han desaparecido oficial y completamente.
Los índices de tipo de interés que quedaran vigentes en España serán:
  1. Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España (IRPH).
  2. Tipo medio de los préstamos hipotecarios entre uno y cinco años, para adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en la zona euro.
  3. 3Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo entre dos y seis años.
  4. Euribor a un año.
  5. Permuta de tipo de interés o Interest Rate Swap a cinco años.
  6. El Mibor sigue vigente para las hipotecas contratadas antes de enero de 2000.
También es aconsejable que en el momento de la suscripción del préstamo hipotecario, contemples no solo la cuota a asumir al principio, sino la importancia del diferencial que te vayan a aplicar durante toda la vigencia del mismo.

No es lo mismo tener IRPH que Euribor

Euribor y IRPH son tipos de interés diferentes. El tipo de interés más común es el Euribor, sin embargo, el 11% aproximadamente de hipotecas en España iban referenciadas al IRPH. Ambos han sido durante su vigencia tipos de interés completamente legales y reconocidos por el Banco de España.
Como norma general el IRPH ha tenido un valor superior al Euribor, y la gran diferencia entre ambos tipos de interés ha girado en torno a que los movimientos que ha realizado el IRPH han sido más pausados y constantes, sus oscilaciones han sido más naturales en el mercado.
Las entidades bancarias se han mostrado más predispuestas a utilizar el Euribor como índice de referencia, ya que las fluctuaciones que registra durante la duración del préstamo son menores.
Asimismo, y a diferencia del Euribor, al IRPH no se le suele aplicar ningún tipo de diferencial o margen, y en el caso de que si se le aplique este suele ser muy bajo.
Actualmente y tras el cambio normativo anteriormente señalado, el IRPH Cajas y el tipo CECA han desaparecido legalmente, por lo que ya no serán aplicable.

¿Es una práctica habitual de la banca?

Ha sido una práctica habitual entre aquellos clientes que tenían en su escritura hipotecaria referenciada al Euribor y que tenían como sustitutivo el índice IRPH. No al contrario, debido a la baja cotización del Euribor de los últimos años. Con el cambio normativo, se limitara esta practica (algo abusiva a mi modo de ver) enormemente.
Si necesitas mas información al respecto, no dudes en dejarte aconsejar por expertos en la materia.

¿Es necesaria siempre la autorización del cliente?

Obviamente, en estos casos en que el tipo de interés es legal y esta vigente, publicado regularmente en el BOE y en el Banco de España, como es el Euribor, la Entidad no puede unilateralmente aplicarte otro tipo de interés según sus intereses y en su propio beneficio. En caso de que así lo hiciera, seria una actuación completamente ilegal.
Sin embargo, todos aquellos titulares de prestamos hipotecarios referenciados al antiguo IRPH cajas o CECA han visto como automáticamente y sin posibilidad legal de reclamación se les ha empezado a aplicar el IRPH del conjunto de Entidades, según la previsión legal recogida en la mencionada ley, la cual ha señalado en los puntos 3 y 4 de la Disposición que la sustitución de los tipos implicará la novación automática del contrato, sin suponer una alteración o pérdida del rango de la hipoteca inscrita y que las partes carecerán de acción para reclamar la modificación, alteración unilateral o extinción del préstamo o crédito como contrapartida de la aplicación de lo previsto en la ley.
Aprender a contratar productos de ahorro e inversión es muy importante si queremos evitar contratar deuda subordinada pensando que era un depósito a plazo fijo.

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Estamos acabando 2013 y entrando en un año 2014 que parece ser que nos deparará alguna pena menos, si bien no hay expectativas de creación de empleo demasiado halagüeñas, aún. El paso de año no parece que nos vaya a traer demasiadas novedades en materia hipotecaria.
En el último tramo del 2013 han mejorado levemente las condiciones de las hipotecas más competitivas, con entradas destacables como la de Triodos Bank o la hipoteca con dación en pago de Bankinter, por ejemplo. La oferta hipotecaria para el inicio de 2014 no parece que vaya a cambiar, al menos hasta que pasen algunos meses.

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Primero dejar claro que los mercados financieros determinan las políticas de los países soberanos por muchas razones, algunas naturales a la dinámica de un mercado libre y otras a intereses inconfesables de determinados centros de poder. Evidentemente, esta segunda razón, esta mano negra, queda fuera de la opinión pública, en muchas ocasiones.
Que nuestros acreedores influyan de forma transparente en las decisiones de nuestros políticos, nos puede gustar o no, pero no se aleja del saber popular “quién paga, manda”. Para evitar que los prestamistas de países soberanos manden, hay que ser autosuficiente en materia financiera. Es decir, ingresas igual o más recursos que los que gastamos.

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La figura del broker hipotecario o intermediario de financiación con garantía real ha sido considerada, por muchas asociaciones de consumidores, como poco más que aprovechados o piratas que, a cambio de honorarios injustificables, cavaban un poco más hondo el pozo de los crédulos hipotecados.
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Alcides Ramos, gran programador, mejor amigo e inmejorable persona, ha concedido una entrevista sobre la seguridad de la moneda digital privada Bitcoin a iAhorro.com.
Recientemente un procesador de pagos con Bitcoins ha sufrido un ataque cibernético que se ha apoderado de un botín de más de 1.200 Bitcoins (cerca de un millón de dólares). Este ataque no compromete el protocolo Bitcoin, sino la seguridad de los monederos online (podemos tener monederos físicos, más seguros, en un USB, por ejemplo). No son pocos los que sospechan que estemos ante el fin del Bitcoin.

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