En Octubre del 2019 mi pareja y yo firmamos la extinción de condominio por que habíamos decidido separarnos, al final esto no ha sido así y seguimos juntos pagando la hipoteca al 50% ambos.
En la firma de la extinción se puso que en el plazo de un año yo le daría el dinero que que él había puesto en la entrada del piso, aún no se lo he pagado, si no se lo pago se podría anular la extinción de condominio o más bien me podría meter yo en un jaleo.
Nosotros queremos que las cosas estén como antes de firmar la Extinción de condominio, como lo podemos hacer.
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Apreciada Ingrid,
De su consulta extraigo que cuando ustedes se separaron extinguieron su copropiedad y su esposo se adjudicó la totalidad de la vivienda; como contraprestación usted supongo que quedaba liberada del pago de la cuota hipotecaria y le abonaría en el plazo de un año el dinero que él hubiese puesto para la entrada del piso.
Debemos diferenciar dos cuestiones:
El hecho de que usted no haya cumplido con parte de lo acordado en su día no anula el acto jurídico que ustedes realizaron, que es la extinción de la copropiedad, sino que usted habría incumplido un aspecto de dicho acuerdo y la parte que se ve perjudicada por ello se lo podría reclamar judicialmente.
Hecho distinto es que ustedes hayan superado su crisis matrimonial y deseen dejar las cosas como antes; para ello deberán realizar un acto jurídico consistente en que su marido, actual propietario de la totalidad de la vivienda, le venda a usted la mitad de la misma, y de esa forma vuelvan a ser copropietarios.
Atentamente le saluda,
Marina Mullor, abogada de Futur Legal.
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