Estimados:
Mi pregunta es, si puedo solicitar al banco la compensación de la hipoteca con el saldo activo de otra cuenta en el mismo banco ante de una quiebra bancaria y si me ampara una ley en ello. Según estoy informada, en caso de una quiebra del banco, los saldos activos de los clientes en las cuentas se “confiscan” para pagar las deudas del banco, sin embargo las hipotecas siguen siendo nuestras deudas. Lo justo fuera que se haga una compensación antes de quedar con deuda pero sin saldo como cliente. Muchas gracias.
3 Respuestas
En estos momentos las situaciones de dificultades de entidades financieras se gestionan por el Banco Central Europeo, como en el caso de Banco Popular, en el que la JUR intervino el banco, para después venderlo por 1 euro a Banco Santander. El mecanismo de resolución bancaria busca evitar, en la medida de lo posible, que los depositantes de los bancos pierdan el dinero de sus cuentas y depósitos, haciendo asumir primero a los accionistas y después a otros créditos de peor prelación, como puedan ser las obligaciones subordinadas.
El Fondo de Garantía de Depósitos español garantiza hasta 100.000 euros por titular y banco. Lo que correría peligro en caso de una resolución de una entidad financiera en una muy mala situación serían los depósitos que superasen esta cantidad.
En cuanto a tu pregunta de si es posible compensar saldos activos (pasivos para el banco) con deudas de préstamo hipotecario (activo para el banco), me temo que no, al menos no conozco ningún caso en el que se haya conseguido llevar adelante. De todos modos, sería un caso para gestionar con un abogado experto en este tipo de situaciones, como Fernando Zunzunegui o Cristina Borrallo.
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