Buenas tardes,
Yo hice la compra de mi vivienda en 2008 a través de una cooperativa y por problemas se retraso la entrega de la misma hasta 2013 por lo que mi hipoteca fue firmada en Abril de 2013, me gustaría saber si tengo derecho a la deducción por vivienda ya que aunque firme la hipoteca después la compra la realice en 2008.
Muchas gracias por la ayuda
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Buenas tardes. La hipoteca no es la condición que determina el derecho de la deducción, sino que se haya realizado deducción en un ejercicio anterior al 2013 por compra de vivienda habitual por haber realizado pagos, ya sea por hipoteca (que no es su caso) pero si por haber realizado otro tipo de abonos como entradas o pagos a la promotora. Si es su caso, que entiendo que sí lo es, podrá continuar con el régimen transitorio y continuar con la deducción por la compra de vivienda habitual.
En concreto la Ley 16/12 estipula claramente que “Podrán aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual en los términos previstos en el apartado 2 de esta disposición los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma”. Es decir si usted hizo pagos antes y se dedujo, aún no siendo de la hipoteca, puede continuar con esta ventaja fiscal.
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