yo adquir铆 mi vivienda en el 2006 con mi ex pareja y llevo deduciendome la hipoteca cada a帽o desde entonces. En abril del 2013, hacemos una disociacion de condominio donde yo me quedo con el 100% de la hipoteca y me desgrabo solamente el 50% de la hipoteca. Estoy haciendo lo correcto? tengo derecho a deducirme ese 50% o no tengo derecho a deducirme nada?
muchas gracias
3 Respuestas
Tenemos mucha suerte en Futur Finances de contar con expertos en fiscalidad del nivel de Antonio Gallardo. Sus respuestas a lo largo del tiempo se pueden consultar aqu铆.
Por otro lado, Natalia, la desgravaci贸n de hipotecas solicitadas a partir de 2013 para adquirir una vivienda habitual efectivamente no dan derecho a deducci贸n, pero s铆 las solicitadas anteriormente si se cumplen estos requisitos para desgravar la hipoteca.
genial, muchas gracias por la aclaraci贸n y la ayuda me quedo m谩s tranquila, ya que me han comentado algunas personas que las hipotecas ya no se pueden deducir aunque se hayan hecho con anterioridad al 1 de enero del 2013
Buenos d铆as. Est谩 haciendo lo correcto.
El 50% original lo adquiriste antes del 31 de diciembre de 2012, por lo que con el r茅gimen transitorio vigente al aplicarte deducciones antes del ejercicio 2012 puedes continuar con la deducci贸n.
El restante 50% no deja de ser una adquisici贸n, aunque sea por extinci贸n de condominio, por lo que al ser posterior al 31 de diciembre de 2012 no da ning煤n derecho a deducci贸n.
La Resoluci贸n Vinculante de Direcci贸n General de Tributos, V3318-13 de 12 de Noviembre de 2013 plantean un caso id茅ntico al suyo y lo explican muy claramente:
“En el supuesto planteado y de acuerdo con los datos aportados por la consultante, 茅sta ya hab铆a adquirido el 50 por ciento de su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013, habiendo practicado deducci贸n por la adquisici贸n de ese porcentaje de la vivienda en el ejercicio 2012 o anteriores, por lo que le ser谩 aplicable el r茅gimen transitorio anteriormente citado y podr谩 practicar en 2013 la deducci贸n por las cantidades satisfechas para la adquisici贸n de ese 50 por ciento de la vivienda en los t茅rminos previstos en la LIRPF vigente a 31 de diciembre de 2012. No obstante, por las cantidades que satisfaga destinadas a la adquisici贸n del otro 50 por ciento de la vivienda en 2013 no podr谩 practicar la deducci贸n ya que la adquisici贸n de dicho porcentaje se llevar铆a a cabo a partir de 1 de enero de 2013”.
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