Buenas,
voy hacer la declaracion, y me encuentro con que no se si tengo que deducir la adquisicion de la vivienda, hice la hipoteca en mayo del 2019, y era vivienda de opcion a compra de la comunidad de madrid, pasaron los 7 años, y en mayo del año pasado ya tuve la opcion y pude hipotecarme, ¿puedo meterlo en declaracion? me aparece con la casilla rellena, y mi contrato realmente con la opcion a compra estaba desde diciembre del 2012
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Es complejo. Por un lado, sí. Si firmó el contrato antes del 31 de diciembre de 2019, según una sentencia del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 2019, si puede deducirse por las cantidades que haya satisfecho en la compra ya que afirma que “resulta aplicable la deducción a una situación como ésta, en las que las rentas abonadas lo son a cuenta de la adquisición comprometida”.
Pero, el problema que tendrá si quiere justificarlo es que según lo que adelanta no se aplicó esta deducción en el ejercicio 2012 o anteriores, por lo que según estipula el régimen transitorio no tenía derecho.
En definitiva, podría haberse deducido, pero al no hacerlo la Agencia Tributaria se lo va a denegar. Puede reflejar esa deducción pero con casi total seguridad se la van a denegar por no haberse acogido a la deducción anteriormente.
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