Buenas tardes
Le explico mi caso
En 2005 firme una hipoteca con un banco y en dicha hipoteca se me cobro una cantidad abusiva en un pago unico en concepto de seguro de proteccion de la hipoteca.
He reclamado judicialmente a dicho banco esta cantidad asi como los gastos hipotecarios y se ha dictado sentencia a mi favor. Despues de varios recursos por parte de la entidad la justicia finalmente me ha dado la razon.
Tienen que devolverme tanto los gastos hipotecarios como la parte no consumida de dicho seguro ademas de los intereses generados.
Mi pregunta es, tengo que declarar estas cantidades en la proxima declaracion de la renta?
Gracias
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Buenos días, según ha señalado la Agencia Tributaria: “la devolución por parte de la entidad financiera de algunos gastos pagados por la formalización del préstamo hipotecario en virtud de la anulación por sentencia judicial de las cláusulas que establecen que dichos gastos deben ser por cuenta del prestatario no supondrá rendimiento o ganancia para el contribuyente al considerarse que su pago constituyó únicamente una aplicación de renta siempre que dichos gastos no hayan sido objeto de deducción de los rendimientos de capital inmobiliario o de los rendimientos de actividades económicas.”.
Es decir, no tiene que tributar por estos gastos, a no ser que se haya deducido por los mismos por la compra de vivienda habitual en cuyo caso tendrá que devolver las cantidades percibidas por esta deducción.
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