Hacienda me ha mandado el borrador de mi declaración, y al ir a modificarla para posteriormente confirmarla por internet, me pide “el porcentaje del importe total del préstamo hipotecario que se ha destinado efectivamente a la adquisición de la vivienda”, algo que jamás me había pedido antes. En mi caso la hipoteca está a medias con mi pareja. Y ahora vienen las preguntas:
– ¿Cómo calculo ese porcentaje? Si la hipoteca la hice en 2005, tiro de hemeroteca para calcular gastos de entonces? No tiene mucho sentido.
– y al tener la hipoteca a medias, en la casilla de los gastos deducibles tengo que poner mi parte proporcional de lo que hemos pagado, es decir el 50%, ¿he de hacer lo mismo en la casilla del porcentaje del préstamo destinado a la adquisición de la vivienda? Gracias de antemano.
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Buenas tardes, solo debe reducir el porcentaje si ha hecho algún tipo de ampliación y ha destinado parte de este dinero a un fin distinto que la compra de vivienda. Por ejemplo si debía 80.000 euros y ha pedido una ampliación a 100.000 euros, solo debe deducirse por los 80.000 euros, un 80% del total de la hipoteca, que al ser entre dos sería un 40% del total de la cuota. Si no es el caso es el 50% que es la cantidad que como ya adelanta usted debe consignar. Ese porcentaje lo normal es que venta determinado en los datos fiscales, aún así copmpruebelo con sus pagos.
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