Buenas tardes. Soy uno de los numerosos afectados por la compra por 1 euro del Banco Popular. He visto en prensa que el Banco Santander ha hecho una propuesta. Hoy no me he podido acercar a la oficina y voy a estar el fin de semana nervioso. Me puedes explicar si es buena para nosotros o bien es un chanchullo más del banco.
Es que no me fío en absoluto
Hola,
Tras leer detenidamente el documento, paso a puntualizar los factores a tener en cuenta que describí en el mes de julio:
– ¿A quién le corresponden?
Definitivamente únicamente a los afectados por la última ampliación dependiendo de qué cantidad invirtieron:
– Hasta 100.000 euros le dan ell equivalente al 100%.
– De 100.000 a 500.000 el equivalente al 75%.
– De 500.000 a 1.000.000 el equivalente al 50%.
– Más de un millón no le dan nada.
De esta forma se elimina a muchos de los afectados por las acciones del Popular que no les quedará otro remedio de reclamar por otras vías si lo consideran oportuno.
– Rentabilidad
Como ya comentamos, el 1% a 7 años es algo ridículo. A partir del séptimo año, se pagará el Midswap rate a 5 años más un 5,947%. Este referencial es un poco extraño y poco habitual para el gran público; se trata de una media de precios de oferta y demanda del IRS a cinco años, es decir será muy similar a éste. Podemos ver la evolución de este tipo en la web del Banco de España; así por ejemplo ésta es la evolución de este año (ya digo que difiere un poco del IRS a 5 años pero debería ser similar):
– Fidelidad
Es otro de los requisitos, algo que yo veía difícil materializarlo en un folleto de emisión de deuda. Finalmente veo que hay que mantener posiciones equivalentes a las que se tenía en Popular en el momento de solicitar la adquisición de estos bonos. Por lo tanto, como no podía ser de otra manera únicamente se exige en ese momento, posteriormente se puede deshacer la posición en el banco y se mantendría la inversión.
– Amortización anticipada
Poca novedad a lo comentado, el banco a partir del séptimo año podrá amortizar si lo desea. Evidentemente sólo lo amortizará si está pagando un tipo de interés más alto que el de mercado, algo que parece difícil. Realmente también se podría amortizar antes, pero en base a unas condiciones algo extrañas (si dejasen de considerarse elegibles para el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles…), vamos que no se puede amortizar antes de los 7 años.
Ojo, que incluso amortizando después de los 7 años, hay que pensar que el banco lo haría a un precio del 100%; evidentemente si al banco le interesa es porque los bonos han subido mucho de precio y no lo pagarían a precio de mercado.
– Venta en mercado secundario.
El propio folleto me da la razón en lo que expliqué del precio, de hecho parece que incluso me quedo corto; si yo dije que cotizaría algo por debajo del 80% (viendo otra deuda similar), veo valoraciones de InterMoney y de AFI que lo valoran entre un 68 y un 75%. Es decir, ante el arma comercial de “se podrá vender a partir del primer día”, que sepa el afectado que perderá automáticamente entre un 32 y un 25% de su inversión; sin derecho a reclamación alguna.
– Renuncia de reclamaciones posteriores
Es un punto fundamental; se confirma quién acepte estos bonos, ya no podrá reclamar por la colocación que le hicieron en su momento (a no ser que un abogado me contradiga, pero al menos lo pone en el folleto).
– Conclusión:
En mi opinión es una oferta ridícula a los afectados por las acciones del Popular:
– La remuneración del 1% a 7 años es ridícula.
– A partir del 7º si Santander ve que es demasiado atractivo el midswap rate a 5 años + 5,947% lo amortizará, ya que podrá emitir deuda más barata.
– Se renuncia a futuras reclamaciones.
En definitiva, parece que se trata de una oferta de Popular a los afectados más desesperados, los que actuaron de forma financieramente irracional (motivados por lo que sea) y compraron acciones de una empresa cotizada, sin diversificar y con necesidades de liquidez. Seguramente este grupo tendrá que aceptar perdiendo el 25-30% cuando venda en mercado secundario; aún así espero que no haya nadie en esa situación y que todo el mundo pueda, al menos, hacer una consulta a un abogado especialista para valorar las posibilidades de recuperar el 100% de su inversión más los intereses legales.
Un saludo,
Luis García Langa
Aulafinanzas.com
Poco que añadir más que lo que ya anticipó con éxito Luis García Langa, es una oferta para muy pocos y poco atractiva. Aunque a partir del 2024 se pase a una remuneración variable, ese 1% hasta esa fecha no le hace para nada atractiva, ya tenemos otras suscripciones de Deuda del Santander cuyo precio se desplomó y atrapó a muchos ahorradores (como los convertibles). Yo me asesoría antes de forma adecuada, ya que pierdes tu derecho a reclamación judicial por una remuneración limitada y con riesgo.
Hoy el Banco de Santander acaba de registrar en la CNMV la Nota de Valores y el Resumen relativos a la oferta pública de venta de las obligaciones subordinadas contingentemente amortizables de Banco Santander (los “Bonos de Fidelización”).
El periodo de aceptación de la Oferta comprenderá desde el día de mañana hasta el 7 de diciembre de 2017.
A la espera de que Luis García Langa y los demás expertos en mercados financieros lean el folleto completo (descargar en pdf), para que nos den su opinión profesional sobre la “oferta” a clientes minoristas afectados por la colocación de acciones del Banco Popular, una recomendación: NO firmar nada con el banco sin haber acudido antes a un abogado experto en derecho bancario, como Cristina Borrallo de Futur Legal. Una consulta os puede ahorrar mucho dinero y valorará si vale más la pena demandar al banco (lo cual en muchos casos puede ser mejor que aceptar esta “oferta”).
Hola Marcos,
Lo primero que te diría es que tengas paciencia ya que ni siquiera ha salido el folleto de los bonos que ofrecen, así que pasa el fin de semana lo más relajado que puedas.
Precisamente, debido a que el folleto no ha salido no voy a poder explicar a ciencia cierta que ofrecen, pero te lo voy a resumir lo mejor que pueda, siempre con las reservas que me da el no tener la documentación:
– Parece que solo será para compensar las acciones adquiridas en la ampliación de capital de 2016.
– Se trata de un bono perpetuo del Santander con una rentabilidad del 1%. Es decir lo podrías llegar a tener toda la vida. Un argumento comercial del banco podría ser “un 1% es mucho con los actuales tipos de interés”; pues es ridículo para un producto a tan largo plazo, imagínate lo ridículo que será cuando suban tipos y ese 1% sea la mitad de lo que paga un depósito.
– Tienes que serle fiel al banco y mantener las posiciones que tenías en Popular pero ahora en Santander. No sé bien cómo se incluirá esta cláusula en el folleto de emisión de un bono.
– Santander se reserva la opción de cancelar este bono en 7 años. He leído en algún medio que es muy probable que lo amorticen ya que tienen que subir la remuneración, sin embargo no he sido capaz de encontrar a cuánto se comprometen a pagar. Aunque suba al 4% seguiría siendo un chollo para el Santander y no lo amortizaría, piensa que hay emisiones de preferentes del Santander pagando el 5,75% (este bono es muy similar a una preferente).
– Se podrá vender en mercado secundario. Siendo cierto, no pienses que inmediatamente después de dártelo te lo comprarán al 100% (cuidado que puede ser otra argumentación comercial). La emisión más parecida de preferentes de Santander que hay en el mercado es una que actualmente paga EL 0,309% y el precio en mercado secundario es de 82,50% (es decir casi un 20% de pérdidas). Considero que el que ofrecen a los afectados del Popular es peor que ésta ya que aunque ahora pague solo el 0,309 éste es un tipo de interés variable, por lo tanto cuando suban los tipos la rentabilidad también subirá y pronto se verían rentabilidades por encima del 1%. Para que veas lo volatil que son este tipo de activos te dejo un gráfico de la emisión que te comento, donde además verás que casi no hay volumen (la parte de abajo del gráfico), es decir casi nadie compra ni vende:
– Los que acepten renuncian a presentar más demandas por este caso, es decir no te podrías beneficiar si salen sentencias u otros pactos a favor de clientes. Los frentes abiertos por varios despachos de abogados hacen referencia a tres posibles causas por las que se debería devolver todo el dinero: falsedad del folleto, mala praxis en la valoración de Popular y mala comercialización.
Ves quedándote con estos conceptos pero ten paciencia ya que hasta septiembre no saldrá el folleto y además en este periodo tal vez se avanza más en cuestiones legales y sabemos si el folleto era falso o bien si las valoraciones fueron erróneas.
Saludos,
Luis García Langa
Aulafinanzas.com
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