¿Qué tengo que hacer para reclamar los gastos de mis hipotecas y las de mis familiares, igual que los de comisión de apertura?
¿Hasta que fecha puedo reclamar?
No todos tenemos los documentos de pago de los gastos y comisiones. ¿Se puede reclamar así mismo?
He leído que la Unión Europea está estudiando estos temas. ¿Se puede reclamar ya o hay que esperar?
gracias!
1 Respuesta
Buenas tardes Pablo Antonio,
Soy Cristina Borrallo, Directora del departamento jurídico de Futur Legal.
En primer lugar, le agradezco su pregunta en el foro.
Necesitaríamos ver la documentación a fin de poder darle respuesta a sus preguntas y valorar la viabilidad del asunto. Es importante que, a la hora de reclamar este tema, se cuente con la escritura de préstamo hipotecario y con las facturas de gastos y, en concreto, con las de gestoría, notaría, registro de la propiedad, tasación. Si no disponemos de facturas es muy difícil conseguir la devolución en el Juzgado.
Por otro lado, tenemos que analizar los plazos que tenemos para reclamar ya que si las hipotecas son muy antiguas puede que la reclamación dineraria, con la actual jurisprudencia, esté prescrita.
No obstante, si se viera en esa circunstancia de prescripción, existe cuestión prejudicial presentada ante el TJUE precisamente sobre este tema. Una opción sería esperar a que llegara tal resolución ya que pudiera ser que el TJUE acabe resolviendo que esta cuestión no está sujeta a plazo alguno.
Quedo a la espera de sus noticias y si quiere, sin ningún compromiso, vemos con la documentación si pudiera ser viable reclamar ya (expedientes@futurlegal.com)
Quedamos a su disposición,
Saludos cordiales,
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